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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G34/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 10 de julio de 2005 Salud Chachapoyas, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les, establece que las Ordenanzas Regionales normanasuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, es procedente aprobar los documentos de ges- tión Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Di-rección de Red de Salud de Chachapoyas, con el objetivode establecer la organización y lograr la recuperación de lasalud en forma oportuna, siendo necesario que el personal que labora cuente con documentos para su organización y desempeño de sus funciones, es decir, administrar los re-cursos humanos, materiales, económicos y financieros parael logro de su misión y sus objetivos en cumplimiento a lasnormas vigentes, mejorando la calidad en la atención de lasalud, estableciendo las normas y los parámetros con va- lores y actitudes hacia la satisfacción de las necesidades y expectativas de los usuarios que lo requieran; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordina- ria Nº 010 de Consejo Regional del Gobierno Regionalde Amazonas, mediante Acuerdo Nº 137-2005 de fecha25 de mayo del 2005, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus atribuciones que les otorga la Constitución Política del Estado y el Art.37º, Inc. a) de la Ley Nº 27867 y su modificatoriaNº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR; Cuadro para Asigna- ción de Personal (CAP), documento de Gestión, de laDirección Red de Salud de Chachapoyas el mismo queforma parte de Ordenanza Regional en ocho (8) folios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, al primer día del mes de junio del año2005. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regional de Amazonas 12270 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G22/G56/G69/G72/G2D/G67/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/GE1/G74/G69/G6D/G61/G22/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G61/G63/G68/G61/G70/G6F/G79/G61/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 102-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, el Consejo Regional tiene la atribución de nor- mar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo pre-visto en el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 queseñala: Aprobar, modificar o derogar las normas queregulen o reglamenten los asuntos y materias de compe-tencia y funciones del Gobierno Regional. Así mismo, es atribución del Consejo Regional aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Hospital Regio-nal "Virgen de Fátima", Chachapoyas, en concordanciacon el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica deGobiernos Regionales, establece que las OrdenanzasRegionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, es procedente aprobar los documentos de gestión Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Hospi-tal Regional "Virgen de Fátima"-Chachapoyas, con el objeti-vo de establecer la organización, defender la vida y protegerla salud de las personas desde su concepción hasta la muerte natural, previniendo los riesgos y daños, brindando atención especializada de los recursos humanos mejoran-do cada día la calidad y eficiencia en la atención de la saluden concordancia con los dispositivos vigentes y de los pro-gramas establecidos para tal fin, siendo necesario que elpersonal que labora cuente con documentos de gestión parasu organización, debido a la delicada labor que les toca desempeñar; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordina- ria Nº 010 de Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, mediante Acuerdo Nº 138-2005 de fecha 25 de mayo del 2005, contando con el voto unánime delos Consejeros Regionales y en uso de sus atribucionesque les otorga la Constitución Política del Estado y el Art.37º, Inc. a) de la Ley Nº 27867 y su modificatoriaNº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR; el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), documento de Ges-tión del Hospital Regional "Virgen de Fátima" deChachapoyas, el mismo que forma parte de la Ordenan- za Regional en treinta y cuatro (34) folios. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a un día del mes de junio del año 2005. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regional de Amazonas 12271 /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/GED/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G61/G70/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 104-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenan-zas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar, modifi- car o derogar las normas que regulen o reglamenten losasuntos y materias de competencia y funciones del Gobier-no Regional; asimismo es atribución del Consejo Regionalaprobar la Institucionalización de Celebración del Día Regio-nal de la Papa, en concordancia con el Art.38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carác-ter general en la organización y la administración del Gobier-no Regional; Que, en el Perú existen gran variedad de especies de cultivo de papas conocidas en el mundo contemporáneo constituyendo una importante fuente genética, por ello la Cultura Andina y la papa son inseparables, producto domes-ticado y diversificado en los andes, seguro alimentario ynutritivo, medicinal, rodeado de tecnologías campesinas ycon su potencial en la elaboración de productos derivados, yvalorizado como fuente casi inagotable de genes; En la actualidad la ciencia reconoce 199 especies de papas (Solanum SPP) de las cuales 191 son silvestres y8 son papas cultivadas, éstas están distribuidos a lolargo del territorio y con el propósito de revalorar al Perúcomo indiscutible centro de origen, diversidad y culturade la papa, se debe llevar a cabo acuerdos intersecto- riales, gubernamentales, no gubernamentales, comités de productores y otros relacionados a la conservaciónde la agrobiodiversidad; Que, mediante Resolución Suprema Nº 009-2005-AG- de fecha 23 de febrero se esta constituyendo la Celebra-ción del Día Nacional de la Papa, el 30 de mayo de cada año e incorporando al calendario institucional dicho acto, siendo procedente constituir en la Región Amazonas laCelebración del mencionado producto agropecuario; Estando a lo acordado en Sesión Ordinaria Nº 010 de fecha 25 de mayo del 2005, mediante Acuerdo Nº 124-2005, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art 37º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica deGobiernos Regionales y su modificatoria Nº 27902; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: