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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2005 (10/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G34/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 10 de julio de 2005 cientos Cinco y 00/100 Dólares Americanos). Incluido IGV e Impuesto a la Renta de Proveedor no Domiciliado,señalando además que es el único proveedor autoriza-do para brindar el servicio de información monetaria y financiera a nivel mundial; Que, el costo antes indicado incluye el servicio de New York Stock Exchange, el cual debe ser contratadonecesariamente a través de la empresa REUTERSLIMITED, por ser condición necesaria para la prestacióndel mismo; Que, lo expuesto en el considerando precedente se encuentra debidamente fundamentado mediante la car-ta de fecha 5 de mayo de 2005, remitida por la empresaREUTERS LIMITED, a través de la cual alcanza a estaSuperintendencia su propuesta económica para la reno-vación de los Servicios Noticiosos Reuters por el perío- do anual 2005 al 2006, la cual asciende a la suma de US$ 58 905,00 (Cincuenta y Ocho Mil NovecientosCinco y 00/100 Dólares Americanos), los cuales se sub-dividen de la siguiente manera: Facturación Anual REUTERS LIMITED USD 57 031,67 Facturación Anual NEW YORK STOCK EXCHANGE USD 1 873,33 TOTAL ANUAL USD 58 905,00 Que, conforme lo señalado por el Departamento de Logística en su Informe Nº 012-2005-DL, la empresaREUTERS LIMITED se constituye en proveedor único, toda vez que es la única empresa autorizada para brin- dar el servicio de Información Monetaria y Financiera yen tal sentido el literal e) del artículo 19º del TUO de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,señala que las contrataciones de servicios que no admi- ten sustitutos y donde exista un proveedor único, se encuentran exoneradas de los procesos de selecciónde Licitación, Concurso Público o Adjudicación Directaque le correspondan en función a su cuantía; Que, en concordancia con la precitada norma legal, el artículo 144º del Reglamento de la antes mencionada norma, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM es- tablece que en los casos en que no existan bienes oservicios sustitutos a los requeridos por el área usuariay siempre que exista un solo proveedor, la Entidad podrácontratar directamente. Señala la norma además que seconsiderará que existe proveedor único en los supues- tos que por razones técnicas o relacionadas con la pro- tección de derechos, tales como patentes y derechosde autor, se haya establecido la exclusividad de un pro-veedor; Que, de acuerdo a su costo, la contratación de los Servicios Noticiosos Reuters y del acceso a New York Stock Exchange-NYSE (Bolsa de New York), requeri- rían de un proceso de Adjudicación Directa Pública y unproceso de Adjudicación de Menor Cuantía respectiva-mente; sin embargo y dado que dichos servicios sonbrindados en el Perú únicamente por la empresa REU-TERS LIMITED, constituyéndose como servicios úni- cos que no admiten sustitutos, resulta de aplicación lo señalado en el Artículo 19º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,que precisa que están exonerados de los procesos deLicitación Pública, Concurso Público, o Adjudicación Di-recta, según sea el caso, las adquisiciones y contrata- ciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, de otro lado, hay que indicar que el artículo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado prevé que las adquisiciones o contratacionesderivadas de una exoneración se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante una Re- solución de Titular del Pliego de la Entidad, en el presentecaso del Superintendente de Banca, Seguros y Adminis-tradoras Privadas de Fondos de Pensiones, previo In-forme Técnico Legal que sustente la exoneración y se-rán publicados en el Diario Oficial El Peruano; una copia de la mencionada Resolución deberá ser remitida a la Contraloría General de la República y al Consejo Supe-rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajoresponsabilidad, dentro de los diez días hábiles siguien-tes a la fecha de su aprobación; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros - Ley Nº 26702 -; de conformidad con lo dispues-to en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y de- más normas complementarias; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del pro- ceso de Adjudicación Directa Pública que le correspondeen función a su cuantía para la contratación de la empre-sa REUTERS LIMITED a fin que preste el servicio deinformación monetaria y financiera especializada para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, el mismo que incluyeel servicio de New York Stock Exchange, cuyo valorreferencial total por el servicio asciende a la suma deUS$ 58 905,00 (Cincuenta y Ocho Mil Novecientos Cin-co y 00/100 Dólares Americanos), incluidos todo con- cepto, gasto y tributo. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar el men-cionado servicio mediante acciones directas con cargoa los recursos propios de la Institución, por el plazo deun año. Artículo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General remita copia de lapresente Resolución y del Informe Técnico y Legal quesustenta esta exoneración a la Contraloría General de laRepública y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas deFondos de Pensiones 12290 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G52/G65/G73/G75/G65/G6C/G76/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G72/G73/G65/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65 /G6C/G69/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G22/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G41/G6C/G69/G63/G6F/G72/G70/G20/G32/G30/G30/G34/G22/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G42/G57/G53/G20/G53/G6F/G2D/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20 /G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G75 /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C /G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 041-2005-EF/94.45 Lima, 5 de julio de 2005 VISTOS: El Expediente Nº 2005007524 presentado por la Bol- sa de Valores de Lima S.A., el Informe Interno Nº 096-2005-EF/94.45.2 del 30 de junio de 2005 y el Acuerdo deDirectorio de fecha 15 de junio de 2005. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 301º y 314º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado deValores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, la sociedad titulizadora que actúa como fiduciario deun fideicomiso de titulización puede emitir valores repre- sentativos de derechos respaldados en el patrimonio fideicometido; Que, mediante sesión de Directorio de Alicorp S.A.A. llevada a cabo el 30 de noviembre de 2004 se aprobó laparticipación de dicha sociedad en operaciones de tituli-zación de activos y consecuente emisión de obligaciones por oferta privada hasta por un monto máximo de US$ 68 000 000.00 (sesenta y ocho millones y 00/100Dólares de los Estados Unidos de América); asimismo,se delegó en los señores Leslie Pierce Diez Canseco y/