Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2005 (12/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G35/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 12 de julio de 2005 Los contribuyentes que no se encuentren al día en el pago de los tributos correspondientes al ejercicio 2005 al 30 de junio del 2005, podrán realizar el pago de sus tributos sin reajustes ni intereses moratorios. 2.2. DEUDAS POR INFRACCIONES ADMINISTRA- TIVAS: Condónese el 50% del importe por concepto de San- ciones Administrativas impuestas hasta el 30 de juniodel 2005, excepto aquellas Sanciones Administrativas referidas a infracciones por obras públicas y privadas; asimismo, el pago del porcentaje no condonado de laSanción Administrativa deberá realizarse al contado. Condonación del 100% del importe de la Sanciones Administrativas, impuestas hasta el 30 de junio del 2005,respeto de aquellas infracciones que hayan sido sub- sanadas dentro del mes siguiente de constatada la in- fracción e impuesta la Papeleta de Sanción, para locual el administrado deberá presentar el documento (en copia autenticada) que acredite la subsanación de la infracción. El pago de la Sanción Administrativa, no implica la interrupción del procedimiento que importe sanciones no pecuniarias, o la ejecución de éstas, según sea elcaso. 2.3. DEUDAS FRACCIONADAS Condónese el 100% de los reajustes e intereses moratorios que se hayan generado respecto a las cuo- tas impagas de los Convenios de Fraccionamientos sus- critos por Obligaciones Tributarias y Administrativas al30 de junio del presente año. 2.4. GASTOS Y COSTAS PROCESALES En caso la deuda se encuentre en proceso de cobranza coactiva, el contribuyente previamente can- celará el monto de las Costas que se hubieran genera- do como producto del procedimiento de cobranza coac-tiva, con lo cual, Ejecutoría Coactiva dará por concluido el procedimiento de cobranza, siempre que además del pago de los Costas el deudor pague al contado el totalde la deuda materia de cobranza. Artículo Tercero.- DESISTIMIENTO DE CONVENIO DE FRACCIONAMIENTO: Los contribuyentes podrán desistirse del convenio de fraccionamiento suscrito con esta Corporación Edilpara acogerse al presente beneficio, siempre que reali- ce el pago al contado del saldo de la deuda del conve- nio de fraccionamiento desistido. Los pagos realizados con las cuotas del convenio de fraccionamiento desistido, serán atribuidas en or- den de antigüedad del vencimiento del tributo, comen-zando por la deuda más antigua. No podrán desistirse al convenio suscrito aquellos contribuyentes que hayan realizado el fraccionamientode sus deudas dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 005-MDSA. Artículo Cuarto.- EXTINCIÓN DE DEUDAS Y VALO- RES La Municipalidad dejará sin efecto de oficio por considerar cobranza dudosa, las deudas contenidas en Resoluciones de Determinación, Resoluciones de Multa Tributaria u Órdenes de Pago siempre que seencuentren en estado de cobranza ordinaria; así como de todas de aquellas deudas tributarias que a la fecha no hayan sido notificadas correspondientes a los años1996 y 1997, por no ser exigible su cobranza por haber transcurrido el plazo legal. Artículo Quinto.- PLAZO PARA ACOGERSE AL BENEFICIO Los contribuyentes se podrán acoger al presente Beneficio del 12 al 25 de julio del año en curso; vencido el plazo establecido, la Administración procederá a co- brar el íntegro de la Deuda Tributaria y Administrativareajustada a la fecha de pago, además de las sancio- nes que se deriven por el incumplimiento de la obliga- ción formal del contribuyente, en el caso de obligacio-nes tributarias.Artículo Sexto.- DESISTIMIENTO Y RECONOCI- MIENTO DE LA DEUDA El pago al contado o en forma fraccionada de las deudas señaladas en la presente Ordenanza, implicael desistimiento automático de la reclamación, reconsideración o apelación, según sea el tipo de obli- gación, que pudiera existir respecto de ellas. De la misma manera, el pago de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligación; por lo cual, el deudor no podrá presentar reclamos futuros,respecto de ellas. Artículo Sétimo.- SISTEMA DE PAGO Los contribuyentes que se acojan al presente benefi- cio, podrán realizar el pago de la siguiente forma: 1. Al contado, o 2. En forma fraccionada, para lo cual, el deudor de- berá abonar una cuota inicial mínima del 10% del mon-to de la deuda, debiendo de cancelar el saldo hasta en 12 meses, tomando en consideración el monto de la deuda. La deuda a fraccionar no deberá ser menor al5% de la UIT vigente. Artículo Octavo.- PAGO EFECTUADO Los pagos realizados al contado o en forma fraccionada por los contribuyentes por obligaciones Tri- butarias y Administrativas con intereses, moras o san-ciones correspondientes, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza; no podrán ser por ningún motivo materia de devolución. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Secretaría General, Geren- cia de Administración, Gerencia de Rentas y Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento de la presenteOrdenanza. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones comple-mentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como también para esta- blecer la prórroga de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANI Alcalde 12437 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2005-MDSMP San Martín de Porres, 30 de junio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES Visto, que el 28 de julio de 1821 se proclamó la Inde- pendencia del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, con persone- ría jurídica de derecho público, con autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; Que, el artículo 38º de la Constitución Política del Perú, establece que "Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y elordenamiento jurídico de la Nación";