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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2005 (17/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G30/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 17 de julio de 2005 José Eduardo Brandes Salazar (del 18 al 28 de julio de 2005) Pasajes Lima-Miami-Bruselas-Lima : US$ 3 366,00 Viáticos Miami (US$ 220,00 x 5 días) : US$ 1 100,00 Viáticos Bruselas (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los funcionarios cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las accio-nes realizadas y resultados obtenidos en las reuniones alas que asistirán. Asimismo, presentarán la rendición decuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Encargar el Despacho del Viceministro de Comercio Exterior al señor Franklin Ramiro Salas Bravo, Viceministro de Turismo, a partir del 17 de julio de 2005 yen tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libe- ra ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua-neros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 12704 ENERGÍA Y MINAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G61/G7A/G6F/G6E/G65/G73/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G2D/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G61/G73 /G69/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G48/G69/G64/G72/G6F/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G4D/G61/G72/G61/GF1/GF3/G6E/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G2E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2005-MEM/DM Lima, 27 de junio de 2005VISTO: El Expediente Nº 11116301, organizado por Hidroeléctrica Marañón S.R.L. sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléc- trica en la futura central hidroeléctrica Marañón; y la solici-tud de modificación de Contrato de Concesión; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 112-2001- EM, publicada el 10 de junio de 2001, se otorgó a favor de Hidroeléctrica Marañón S.R.L. concesión definitiva paradesarrollar la actividad de generación de energía eléctricaen la futura central hidroeléctrica Marañón, que se ubicaráen los distritos de Llata y Jacas Grande, en la provincia deHuamalíes, y en el distrito de Quivilla, en la provincia de Dos de Mayo, en el departamento de Huánuco, utilizando los recursos hídricos del río Marañón, con una capacidadinstalada de 96 MW; aprobándose el Contrato de Conce-sión Nº 189-2001 que fue suscrito el 17 de julio de 2001; Que, conforme a dicho Contrato, la titular se obligó a iniciar la ejecución de las obras en julio de 2001 y culminar con la Puesta en Servicio de la Central el 20 de marzo de 2005, tal como aparece en el Cronograma de Ejecución deObras, el cual forma parte integrante del Contrato; Que, con fecha 30 de diciembre de 2004 fue publicada la Ley Nº 28447 que modificó, entre otros aspectos, elinciso b) del artículo 36º de la Ley de Concesiones Eléctri- cas, para establecer que la concesión caduca cuando el concesionario no ejecute las obras e instalaciones en losplazos establecidos en el contrato de concesión, salvocaso fortuito o fuerza mayor, o razones técnico-económi-cas debidamente acreditadas y aprobadas por el Ministeriode Energía y Minas; Que, la referida incorporación legislativa de una nueva excepción a la causal de caducidad por incumplimiento delcronograma de ejecución de obras, ha servido de amparolegal para que la titular, con fecha 28 de enero de 2005,solicite la modificación del Contrato para prorrogar el Cro-nograma de Ejecución de Obras, de manera que la puesta en operación comercial de la Central se produzca en el plazo de sesenta y un (61) meses desde la fecha de apro-bación de la modificación; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete y deberán venirelaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIOOFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU