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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2005 (17/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G30/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 17 de julio de 2005 para docentes; a los principios generales del derecho y demás leyes y normas vigentes sobre la materia para do- centes y estudiantes; Estando a lo glosado; al Informe Nº 362-2005-AL reci- bido de la Oficina de Asesoría Legal el 29 de marzo de2005; a la documentación sustentatoria en autos; y, enuso de las atribuciones que le confieren los Arts. 153º y161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE:1º INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCI- PLINARIO, al estudiante EDGARD RICARDO VELÁSQUEZ SÁNCHEZ, Código Nº 932003-B de la Facultad de Cien- cias Administrativas, Escuela Profesional de Administra-ción, por las consideraciones expuestas en la presenteResolución, proceso que será conducido por el Tribunal deHonor de la Universidad Nacional del Callao. 2º DISPONER, que el citado estudiante procesado, para fines de su defensa, debe apersonarse a la Oficina del Tribunal de Honor de nuestra Universidad, dentro de losdiez (10) días hábiles que corren a partir de la notificaciónde la presente Resolución, a efectos de recabar el pliegode cargos para la formulación de su descargo, el cual debepresentar, debidamente sustentado, dentro de los cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de la notifica- ción del pliego de cargos; asimismo, si el estudiante proce-sado no se ha apersonado al Tribunal de Honor, o no quisorecibir el pliego de cargos o el mismo no ha sido absuelto ocontestado dentro de los plazos señalados, el procesadoes considerado rebelde, y se resolverá la causa con la documentación que obra en el Tribunal de Honor en cum- plimiento de los Arts. 25º y 27º del Reglamento de Proce-sos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estu-diantes de nuestra Universidad. 3º Transcribir, la presente Resolución a los Vicerrecto- res, dependencias académico-administrativas de la Univer- sidad, representación estudiantil e interesado, para cono- cimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese.ALBERTO ARROYO VIALE Rector 12689 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 OSINERG /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G22/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G2D /G70/G65/G72/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G6E/G6F/G72/G2D/G6D/G61/G73/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G72/G74/G65/G20/G79/G20/G72/G65/G63/G6F/G6E/G65/G78/G69/GF3/G6E/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G72/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G22 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 161-2005-OS/CD Lima, 13 de julio de 2005 VISTO:El Memorando Nº GFE-445-2005 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Ener- gía, la aprobación del "Procedimiento para la supervisióndel cumplimiento de las normas vigentes sobre corte y re-conexión del servicio público de electricidad"; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Regu-ladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, lafunción normativa de los Organismos Reguladores, entreellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a sucargo, normas de carácter general referidas a actividadessupervisadas o de sus usuarios;Que, el artículo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM, establece que la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el ConsejoDirectivo a través de resoluciones; Que según lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institu-cional de OSINERG, el Consejo Directivo está facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Función Supervisora; Que, de acuerdo al artículo 180º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, OSINERG establece losimportes máximos de corte y reconexión correspondientesy la periodicidad de su vigencia, sobre la base de los crite- rios y procedimientos que establezca al efecto; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el referido Reglamento, OSINERG estableció, mediante la Resolu-ción de Consejo Directivo Nº 095-2004-OS/CD, los preciosmáximos de cortes y reconexiones, en donde además seseñaló que posteriormente se aprobaría un procedimiento que permita supervisar y fiscalizar su cumplimiento; Que, en ese sentido, OSINERG prepublicó el 31 de mayo de 2005 en el Diario Oficial El Peruano el "Procedi-miento para la supervisión del cumplimiento de las normasvigentes sobre cortes y reconexión del servicio público deelectricidad" en concordancia a lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento General de OSINERG aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, con la finalidad derecibir los aportes del público en general, los mismos quehan sido objeto de comentarios en la exposición de moti-vos de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y la Ge- rencia de Fiscalización Eléctrica. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el "Procedimiento para la supervi- sión del cumplimiento de las normas vigentes sobre corte yreconexión del servicio público de electricidad" contenidoen el anexo adjunto y cuyo texto forma parte integrante dela presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS VIGENTES SOBRE CORTE Y RECONEXIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD I. OBJETIVOS Establecer los lineamientos a seguir en la supervisión del proceso de cortes y reconexiones del servicio públicode electricidad que realizan las empresas concesionarias de distribución en sus respectivas zonas de concesión. A través del presente Procedimiento se establece: a. Los requerimientos, plazos, formas y medios de en- trega de información por parte de las concesionarias aOSINERG para efectos de la supervisión del proceso de corte y reconexión. b. Los criterios a aplicar por OSINERG en la supervisión del proceso de corte y reconexión. II. ALCANCES El presente Procedimiento se aplicará obligatoriamente a todas las empresas concesionarias de distribución y en-tidades que atiendan el servicio público de electricidad enel Perú y dentro de todo el ámbito de su concesión o zonade responsabilidad. III. BASE LEGAL  Ley Nº 27332 - Ley Marco de Organismos Regulado- res de la Inversión Privada.  Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM - Reglamento General de OSINERG.  Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctri- cas.