Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2005 (17/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2005

para docentes; a los principios generales del derecho y demas leyes y normas vigentes sobre la materia para docentes y estudiantes; Estando a lo glosado; al Informe Nº 362-2005-AL recibido de la Oficina de Asesoria Legal el 29 de marzo de 2005; a la documentacion sustentatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 153º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, al estudiante EDGARD MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Codigo Nº 932003-B de la Facultad de Ciencias Administrativas, Escuela Profesional de Administracion, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion, MORDAZA que sera conducido por el Tribunal de Honor de la Universidad Nacional del Callao. 2º DISPONER, que el citado estudiante procesado, para fines de su defensa, debe apersonarse a la Oficina del Tribunal de Honor de nuestra Universidad, dentro de los diez (10) dias habiles que corren a partir de la notificacion de la presente Resolucion, a efectos de recabar el pliego de cargos para la formulacion de su descargo, el cual debe presentar, debidamente sustentado, dentro de los cinco (5) dias habiles, contados a partir de la fecha de la notificacion del pliego de cargos; asimismo, si el estudiante procesado no se ha apersonado al Tribunal de Honor, o no quiso recibir el pliego de cargos o el mismo no ha sido absuelto o contestado dentro de los plazos senalados, el procesado es considerado rebelde, y se resolvera la causa con la documentacion que obra en el Tribunal de Honor en cumplimiento de los Arts. 25º y 27º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes de nuestra Universidad. 3º Transcribir, la presente Resolucion a los Vicerrectores, dependencias academico-administrativas de la Universidad, representacion estudiantil e interesado, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIALE Rector 12689

Que, el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que segun lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, de acuerdo al articulo 180º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, OSINERG establece los importes maximos de corte y reconexion correspondientes y la periodicidad de su vigencia, sobre la base de los criterios y procedimientos que establezca al efecto; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el referido Reglamento, OSINERG establecio, mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 095-2004-OS/CD, los precios maximos de cortes y reconexiones, en donde ademas se senalo que posteriormente se aprobaria un procedimiento que permita supervisar y fiscalizar su cumplimiento; Que, en ese sentido, OSINERG prepublico el 31 de MORDAZA de 2005 en el Diario Oficial El Peruano el "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de las normas vigentes sobre cortes y reconexion del servicio publico de electricidad" en concordancia a lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento General de OSINERG aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, con la finalidad de recibir los aportes del publico en general, los mismos que han sido objeto de comentarios en la exposicion de motivos de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de las normas vigentes sobre corte y reconexion del servicio publico de electricidad" contenido en el anexo adjunto y cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS VIGENTES SOBRE CORTE Y RECONEXION DEL SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD I. OBJETIVOS Establecer los lineamientos a seguir en la supervision del MORDAZA de cortes y reconexiones del servicio publico de electricidad que realizan las empresas concesionarias de distribucion en sus respectivas zonas de concesion. A traves del presente Procedimiento se establece: a. Los requerimientos, plazos, formas y medios de entrega de informacion por parte de las concesionarias a OSINERG para efectos de la supervision del MORDAZA de corte y reconexion. b. Los criterios a aplicar por OSINERG en la supervision del MORDAZA de corte y reconexion. II. ALCANCES El presente Procedimiento se aplicara obligatoriamente a todas las empresas concesionarias de distribucion y entidades que atiendan el servicio publico de electricidad en el Peru y dentro de todo el ambito de su concesion o MORDAZA de responsabilidad. III. BASE LEGAL · Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de Organismos Reguladores de la Inversion Privada. · Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM - Reglamento General de OSINERG. · Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas.

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS OSINERG
Aprueban "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de las normas vigentes sobre corte y reconexion del servicio publico de electricidad"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 161-2005-OS/CD MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Memorando Nº GFE-445-2005 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, la aprobacion del "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de las normas vigentes sobre corte y reconexion del servicio publico de electricidad"; CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios;

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