Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2005 (17/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G30/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 17 de julio de 2005 jetivos son promover la cooperación internacional entre las entidades de fiscalización y con otras organizaciones en la lucha contra el lavado de dinero, además de identificar y compartir estrategias en esta materia dentro de sus com-petencias y facultades; Que, dentro de los temas de agenda a ser desarrollados, se han previsto diversas reuniones de los responsables de laEvaluación Mutua realizada al Perú por parte del GAFISUD con la representante de la Contraloría General de la Repúbli- ca, a efectos se sustente la posición del Perú respecto dedicha Evaluación para su posterior aprobación en el pleno; Que, la reunión constituye un espacio técnico que contri- buirá a compartir conocimientos e intercambio de experien-cias e información en temas inherentes a la lucha contra la corrupción, objetivo al cual se encuentra abocada la Contra- loría General de la República, por lo que resulta convenienteautorizar la comisión de servicios de la Abog. Noemí GallegosPeirano, como integrante del Grupo de Trabajo de Preven-ción de la Corrupción de la Contraloría General de la Repúbli-ca y representante de este Organismo Superior de Control ante el Consejo Consultivo de la UIF; Que, el financiamiento de los pasajes aéreos, viáticos y Tarifa Corpac que irrogue el viaje de la citada profesional ala ciudad de Buenos Aires, Argentina, será asumido concargo a los recursos de la Contraloría General de la Repú-blica, conforme al Memorando Nº 571-2005-CG/FI de la Gerencia de Finanzas; De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 32º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República delPerú - Ley Nº 27785, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supre-mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Abog. Noemí Gallegos Peirano, miembrodel Grupo de Trabajo de Prevención de la Corrupción de la Contraloría General de la República - CGR y representante de la CGR ante el Consejo Consultivo de la Unidad deInteligencia Financiera, a la ciudad de Buenos Aires, Ar-gentina, del 17 al 23 de julio de 2005, para los fines ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje de la citada profesional serán asumidos con cargo al presu-puesto del Pliego 019: Contraloría General, conforme aldetalle siguiente: Pasaje Aéreo: US$ 339,38 Viáticos: US$ 1,200,00 Tarifa CORPAC: US$ 28,24 Artículo Tercero.- La citada profesional presentará a la Alta Dirección un informe sobre las acciones realizadas ylos resultados de la reunión con copia a la Gerencia de Cooperación Técnica, así como un ejemplar del material técnico correspondiente, dentro de los quince (15) díascalendario siguientes de efectuado el viaje. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduane-ros de ninguna clase o denominación a favor de la profe- sional cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 12777 DEFENSORÍA DEL PUEBLO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G64/G65/G73/G70/G6C/G69/G65/G67/G75/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G76/G6F/G2D /G6C/G75/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6C/G65/G76/G61/G72/G20/G61/G20/G63/G61/G62/G6F/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G2D /G64/G65/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G22/G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G64/G65/G52/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G22 RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 015-2005/DP Lima, 15 de julio de 2005 Vistos; el Memorando Nº 0120-2005-DP/ PPPAV por el que se solicita la emisión de la resolución que autorice eldespliegue nacional de voluntarios para la Campaña de Restitución de la Identidad; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentalesde la persona y de la comunidad, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de laDefensoría del Pueblo; Que, conforme al marco constitucional corresponde a la Defensoría del Pueblo ejercer un rol de difusión y dedefensa del derecho a la identidad de los ciudadanos y ciudadanas, para lo que ha venido trabajando conjunta- mente con el Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil - RENIEC, con la finalidad de desarrollar la “Campañade Restitución de la Identidad”; Que, con la finalidad de contribuir al aseguramiento de la vigencia plena del derecho identidad la Defensoría del Pueblo, a través del Programa de Protección a Poblacio- nes Afectadas por la Violencia, viene tomando decisionesestratégicas para dar atención preferente a las poblacio-nes que sufren las secuelas de la violencia política, siendoel tema de la indocumentación un problema que les afectade modo especial, para ello se han adoptado perspectivas de género y multiculturalidad, con el objetivo de promover y garantizar acciones afirmativas a favor de las mujeres, dela población de las comunidades nativas, de las personascon discapacidad y de otros grupos vulnerables; Que, según el documento de Vistos, la Defensoría del Pueblo ha programado acciones de despliegue territorial en distintas zonas y fechas movilizando a sus comisiona- dos y comisionadas, así como a personas que actúan en elámbito de la sociedad civil para que participen como volun-tarios a efecto de realizar la “Campaña por la Restituciónde la Identidad”; Que, mediante Ley Nº 28238, Ley General del Volunta- riado publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de junio del presente año, se ha regulado la labor de los voluntariosque brindan sus servicios a la comunidad en forma altruis-ta, gratuita, solidaria y sin vínculos ni responsabilidad con-tractual con las entidades a las que prestan su apoyo, parala ejecución de finalidades cívicas, de capacitación y otras tendientes al bien común; Que, la citada Ley General del Voluntariado ha enco- mendado al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social(MINDES) la organización y conducción del registro de vo-luntarios; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ha dispuesto la reestructuración de las reparticiones sectoria- les que deberán asumir el indicado registro, la que a lafecha no ha concluido, por lo que no resulta materialmenteposible el registro de voluntarios de la Defensoría del Pue-blo; Que, no obstante la situación descrita en el conside- rando precitado, el artículo 3º de la Ley Nº 28238 otorga los beneficios contenidos en su texto a los voluntarios aun-que no se hayan inscrito en el correspondiente registrooficial, dentro de las capacidades financieras con que cuen-ten las instituciones beneficiarias; Que, en orden a lo establecido por la citada ley, la Defensoría del Pueblo debe suscribir los respectivos con- venios con los voluntarios para el desarrollo de la actividadsolicitada mediante documento de Vistos, con el apoyo delas Oficinas y Módulos Defensoriales competentes de losdiez Departamentos más afectados por la violencia políticaen los que se desarrollará la “Campaña por la Restitución de la Identidad”; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 7) del artículo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de laDefensoría del Pueblo, así como los literales a), d), e) y k)del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funcio-nes de la institución, aprobado mediante Resolución De- fensorial Nº 012-2001/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el despliegue territorial de las personas comprendidas en el Anexo de la presente resolución, con la finalidad de llevar a cabo las actividadescorrespondientes a la “Campaña de Restitución de la Iden-tidad” a que se refiere la parte considerativa de la presenteresolución. Artículo Segundo.- DELEGAR en la Primera Adjun- tía la aprobación de las medidas complementarias que requiera el despliegue territorial referido en el artículoanterior.