Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2005 (17/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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· Decreto Supremo Nº 009-93-EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. · Resolucion Nº 142-2003-OS/CD, "que fija los importes maximos de las conexiones electricas". · Resolucion Nº 095-2004 OS/CD, "que fija los cargos maximos de corte y reconexion del servicio publico de electricidad", o la que la sustituya. · Directiva Nº 001-2004-0S/CD, "Procedimiento Administrativo de Reclamaciones de Usuarios del Servicio Publico de Electricidad", o la que la sustituya. · Otras Normas Tecnicas y Administrativas aplicables. l. TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Glosario de Terminos Cuando en el presente Procedimiento se utilicen los siguientes terminos, en singular o plural, se debera entender por: : Organismo Supervisor de la Inversion en Energia LCE : Ley de Concesiones Electricas. Decreto Ley Nº 25844 RLCE : Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Decreto Supremo Nº 009-93-EM RCYR : Resolucion Nº 095-2004-OS/CD "que fija los importes maximos de corte y reconexion del servicio publico de electricidad" o la que la sustituya. Informe CYR : Informe OSINERG-GART/DDE Nº. 0262004. Concesionaria: Entidad que presta el Servicio Publico de Electricidad por contar con una concesion de distribucion otorgada por el Ministerio de Energia y Minas o permiso emitido por una municipalidad. Usuario : Persona natural o juridica que se encuentra en posesion de un predio y esta en posibilidad de hacer uso legal de un suministro electrico. 1.2 MORDAZA de Supervision 1.2.1 La concesionaria debera cumplir permanentemente con las disposiciones establecidas en la RCYR, asi como con la normatividad legal vigente referida al MORDAZA de corte y reconexion del servicio publico de electricidad, establecido en la LCE y en el RLCE, en todo el ambito de su concesion. 1.2.2 OSINERG supervisara el resultado de la ejecucion de este MORDAZA, para lo cual ha establecido indicadores a fin de evaluar la gestion de la concesionaria sobre este tema, sin que esto constituya una limitacion a supervisar la ejecucion de otras obligaciones y demas aspectos establecidos en los contratos de concesion, en la LCE, en el RLCE, en la NTCSE, en la RCYR y en general, en la normatividad legal vigente. 1.2.3 La concesionaria debera proporcionar la informacion solicitada por OSINERG en la forma y plazos establecidos en el presente procedimiento. Con dicha informacion, OSINERG realizara la supervision de MORDAZA (in situ) de acuerdo a una muestra seleccionada aleatoriamente en base a la informacion que publicara la concesionaria en su pagina Web. 1.2.4 Asimismo, con un dia de anticipacion, OSINERG comunicara a la concesionaria la fecha en la cual se realizara conjuntamente con el Supervisor del Organismo, las comprobaciones del MORDAZA de cortes y reconexiones. Para tal efecto la concesionaria designara al personal tecnico para realizar las comprobaciones que OSINERG MORDAZA definido previamente. 1.2.5 La determinacion de los indicadores de gestion que reflejen los resultados de la ejecucion del MORDAZA de corte y reconexion del servicio publico de electricidad sera semestral y la supervision se realizara de manera aleatoria en cualquier dia de corte y reconexion, de cada semana y de cada mes correspondiente al semestre evaluado.
Semestre Semestre 1 (S1) Semestre 2 (S2) Periodo (meses) Enero a junio MORDAZA a diciembre

a) Validacion de la informacion y/o documentacion proporcionada por la concesionaria, acudiendo para tal efecto a las visitas de MORDAZA (in situ), y a la informacion proporcionada por los usuarios de ser necesario. Asimismo, se verificara su consistencia, comparandola con la informacion de las quejas y denuncias recibidas directamente por OSINERG, Ministerio de Energia y Minas, y de entidades de defensa de los usuarios. b) Las comprobaciones en MORDAZA del MORDAZA de cortes y reconexiones se realizaran en base a una muestra seleccionada aleatoriamente y corresponderan tanto a las verificaciones programadas por OSINERG, como a las que se realicen de manera conjunta con la concesionaria. Para ello, se determinaran seis (6) muestras parciales a lo largo del semestre. c) La verificacion del MORDAZA de cortes y reconexiones contempla lo siguiente: c.1 Que, la ejecucion del corte y la reconexion del servicio publico de electricidad siga el procedimiento adecuado, considerando la secuencia en su aplicacion segun los tipos de corte establecidos por la RCYR, salvo casos en los que se verificara la aplicacion de los cargos maximos previstos que correspondan de acuerdo a la secuencia, indistintamente del MORDAZA de corte que la concesionaria MORDAZA aplicado. c.2 Que, en cada oportunidad en que se realice el corte del servicio, la concesionaria cumpla con colocar la respectiva etiqueta de identificacion de acuerdo con lo establecido por la RCYR. c.3 Que la concesionaria efectue el cobro por concepto de corte y reconexion del servicio segun lo efectivamente realizado y de acuerdo con lo establecido por la RCYR. c.4 Que los importes aplicados por la ejecucion de las actividades objeto de supervision, no excedan a los montos maximos establecidos por la RCYR, segun el MORDAZA de conexion, opcion tarifaria, MORDAZA y modalidad de corte o reconexion. Para la aplicacion de los literales b) y c), OSINERG alcanzara a las concesionarias los criterios de seleccion de la muestra que sera objeto de supervision respectiva; y en base a dichos criterios OSINERG definira la muestra. 1.2.7 OSINERG, se reserva el derecho a realizar acciones complementarias de supervision/fiscalizacion, con la finalidad de evaluar la aplicacion especifica que viene efectuando la concesionaria sobre determinados aspectos del MORDAZA de corte y reconexion que pudieran no haber sido contemplados en el presente procedimiento o que no se evidencien de su aplicacion. II. TITULO MORDAZA REQUERIMIENTO DE INFORMACION 2.1 Aspectos generales para la MORDAZA de informacion La informacion de cortes y reconexiones para la supervision y determinacion de los indicadores de gestion, deberan ser publicadas en la pagina Web de la concesionaria en formato excel y estara disponible en modo lectura, debiendo permitir su descarga con clave de acceso exclusivo para OSINERG. La informacion requerida contendra: a) Informacion diaria del total de cortes programados de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 3; dicha informacion sera del MORDAZA registro movil, es decir, debera ser reemplazada cuando se emita la nueva programacion y servira para la determinacion por parte de OSINERG de la muestra representativa a evaluar. b) En base a la relacion de suministros de las muestras representativas determinadas por OSINERG y comunicadas a la concesionaria, esta debera preparar una base de datos de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 4, con dicha informacion OSINERG complementara la supervision y evaluara los indicadores de gestion. c) Cronograma de facturacion mensual para un periodo semestral, debiendo ser actualizado cada vez que se modifique. d) Informacion trimestral sobre el numero total de cortes y reconexiones realizados, por tipos y con los montos respectivos, de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 5. Adicionalmente, como parte de la actividad de supervision, OSINERG recabara de la concesionaria la informacion necesaria que incluya MORDAZA de recibos por consumo de energia electrica de las muestras seleccionadas.

OSINERG

1.2.6 El MORDAZA de supervision abarcara las siguientes acciones:

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