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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2005 (20/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G32/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 20 de julio de 2005 Que, a través del Informe Nº 018-2005-INPE/10.04 de fecha 13 de julio de 2005, la Oficina de Logística refiere que realizadas las coordinaciones con la empre- sa Telefónica Móviles, ésta ha manifestado que el incre-mento en la bolsa de minutos va a incidir en el costo inicial, habiendo propuesto que por 3,900 minutos el costo es de S/. 31,417.32 Nuevos Soles, conforme se eviden-cia del cuadro de propuesta presentada por Telefónica Móviles, el mismo que fue autorizado a través del Anexo 3 de fecha 11 de julio de 2005; Que, si bien es cierto la Resolución Presidencial Nº 360-2005-INPE/P de fecha 30 de junio de 2005, ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano, comunicada alCONSUCODE y a la Contraloría General de la Repúbli- ca, también se evidencia que la misma no se ha imple- mentado; consecuentemente debe dejarse sin efecto, afin de implementar adecuadamente el servicio de Telefo- nía Celular - Red Privada Móvil; facultándose a la Oficina General de Administración a contratar directamente conla empresa Telefónica Móviles por la nueva bolsa de minutos y por el costo antes señalado; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica a tra- vés del Informe Nº 260-2005-INPE/06 de fecha 13 de julio de 2005, manifiesta que dicho requerimiento legal- mente es factible de atender, debiéndose proceder deacuerdo a lo establecido por el artículo 144º Inc. f) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, que señala que "En los casos en que noexistan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo pro- veedor en el mercado nacional, la entidad podrá contra-tar directamente. Se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacio- nadas con la protección de derechos, tales como paten-tes y derechos de autor, se haya establecido la exclusi- vidad del proveedor"; asimismo, al encontrase dicho pro- ceso de selección contemplado en el Plan Anual del AñoFiscal 2005, éste cuenta con disponibilidad presupues- tal; Que, el artículo 148º de la citada norma legal, esta- blece que las contrataciones y las adquisiciones exonera- das se efectuarán en forma directa mediante acciones inmediatas a través de la invitación a un solo proveedor,cuya propuesta cumpla con las características y condiciones en las Bases; Que, estando a lo solicitado por la Oficina General de Administración y a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, contándose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, Ofici-nas Generales de Asesoría Jurídica y Administración y Oficina de Logística; y, De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, Resolución Ministe- rial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del INPE, y en uso de las facultades conferi-das mediante Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DÉJESE SIN EFECTO la Resolución Nº 360-2005-INPE/P de fecha 30 de junio de 2005, a finde implementar adecuadamente el servicio de Telefonía Celular - Red Privada Móvil. Artículo 2º.- CALIFICAR, como servicio que No Ad- mite Sustitutos, el servicio de la empresa Telefónica Móviles consistente en el suministro de 3,900 minutos y el arrendamiento de 39 equipos de Telefonía Celular -Radio Privada Móvil, por el período de 12 meses. Artículo 3º.- EXONERAR, del Proceso de Adjudica- ción Directa Selectiva, la "contratación de una Empresaque brinde el Servicio de Telefonía Celular y Red Privada Móvil", por el valor de S/. 31,417.32 Nuevos Soles. Artículo 4º.- AUTORIZAR a la Oficina General de Administración a contratar directamente el servicio men- cionado en el artículo precedente, el mismo que será brindado por la empresa Telefónica Móviles de acuerdoal siguiente cuadro: UNIDAD EJECUTORA MONTO TOTAL S/. 1 001-Sede Central-Administración Lima 31 417.32 Artículo 5º.- DISPONER la comunicación a la Contra- loría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 6º.- DISPONER que la Oficina General deAdministración publique la presente resolución a través del SEACE del CONSUCODE, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de su aprobación. Artículo 7º.- REMITIR copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fi- nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente 12814 SUNAT /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G74/G65 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G6F/G73/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 133-2005/SUNAT Lima, 18 de julio de 2005 CONSIDERANDO:Que el Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos, señor Enrique Vejarano Velásquez, va a partici-par como expositor en la VI Cumbre Internacional de Precios de Transferencia, bajo el patrocinio de The Inter- national Bureau of Fiscal Documentation (IBFD), a reali-zarse en la ciudad de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos, autorizándosele el viaje a partir del 19 y has- ta el 22 de julio del presente año; el mismo que no irrogagasto al Estado; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicha Superintendencia Nacional Adjunta, se hace ne-cesario encargar las funciones del cargo de Superin- tendente Nacional Adjunto de Tributos Internos, a partir del 19 y hasta el 22 de julio del presente año; De conformidad con lo establecido en el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcio- nes de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Encargar a partir del 19 y hasta el 22 de julio de 2005, las funciones del cargo de Superin-tendente Nacional Adjunto de Tributos Internos al señor Felipe Eduardo Iannacone Silva, Intendente de Principa- les Contribuyentes Nacionales, quien asumirá las mis-mas con retención de su cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 12834 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G49/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G75/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 135-2005/SUNAT Lima, 18 de julio de 2005 CONSIDERANDO:Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 172-2004/SUNAT se nombró Ejecutores Coactivos de las distintas Intendencias de Aduana, y mediante Resolución de Superintendencia Nº 238-2004/SUNAT,se designó Ejecutor Coactivo de la Intendencia de Adua- na de Tumbes; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto di- chos nombramientos y designación, por lo que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza co- activa en dichos Órganos de Línea, corresponde desig-nar nuevos Ejecutores Coactivos;