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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G34/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de julio de 2005 Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría de Administra- ción de la Unidad Ejecutora 003 Secretaría General - PCM del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Reso-lución, dando cuenta al Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 13157 EDUCACIÓN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0454-2005-ED Lima, 20 de julio de 2005 Vistos, el Oficio Nº 1758-2004-PP/ED del Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, el Expediente Nº 52833-2004 y demás actua-dos; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 1758-2004-PP/ED el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación solicita se emita la Resolu- ción Ministerial Autoritativa que le permita interponerlas acciones judiciales pertinentes contra los responsa- bles que aparecen en el Informe Especial Nº 24-OCI- UGEL-04-COMAS-2004, por la presunta comisión delos delitos contra la Administración Pública en la moda- lidad de Usurpación de Funciones y contra la Fe Públi- ca en la modalidad de Falsificación de Documentos,ilícitos penales previstos y sancionados en los artículos 361º y 427º, respectivamente, del Código Penal; Que, dicha solicitud se fundamenta en las responsabi- lidades determinadas en el Informe Especial Nº 24-OCI- UGEL-04-COMAS-2004, emitido por el Órgano de Con- trol Institucional de la Unidad de Gestión Educativa Lo-cal Nº 04, en base a las facultades constitucionales y legales atribuidas al Sistema Nacional de Control; Que, el precitado Informe de Control precisa que existen indicios razonables de la presunta comisión de los delitos contra la Administración Pública en la moda- lidad de Usurpación de Funciones y contra la Fe Públi-ca en la modalidad de Falsificación de Documentos, en detrimento de los intereses del Estado Peruano, ilícitos contenidos en los artículos 361º y 427º, respecti-vamente, del Código Penal; Que, el literal "f" del artículo 15º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la ContraloríaGeneral de la República Nº 27785 establece que es atribución del Sistema Nacional de Control "el emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas,los informes respectivos con el debido sustento técnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales quesean recomendadas en dichos informes"; Que, el artículo 11º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública Nº 27785 dispone que "cuando en el Informe (de Control) respectivo se identifiquen responsabilida- des, sean éstas de naturaleza administrativa funcional,civil o penal, las autoridades institucionales y aquellas competentes de acuerdo a Ley, adoptarán inmediata- mente las acciones para el deslinde de la responsabili-dad administrativa funcional y aplicación de la respecti- va sanción, e iniciarán, ante el fuero respectivo, aque- llas de orden legal que consecuentemente correspon-dan a la responsabilidad señalada"; Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537 esta- blece que "los Procuradores Generales de la Repúblicatienen la plena representación del Estado en juicio yejercitan su defensa en todos los procesos y procedi- mientos en los que actúe como demandante, deman- dado, denunciante o parte civil"; Que, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modifi- cado mediante el Decreto Ley Nº 17667, dispone que "para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, será necesario la expedición previa de laResolución Ministerial autoritativa"; Que, del análisis del Informe Especial Nº 24-OCI- UGEL-04-COMAS-2004, queda claro que deviene ennecesaria la intervención de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educa- ción para que inicie las acciones judiciales pertinentespara procesar a quienes causaran perjuicio al Estado Peruano; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 915-2005-ME/SG-OAJ que for- ma parte integrante de la presente resolución; confor- me lo solicitado por la Dirección del Programa SectorialII de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04 y la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación mediante el Oficio Nº 02621-DUGEL.04-OCI-2004 y Oficio Nº 1758-2004-PP/ED, res- pectivamente; y, De conformidad con el Artículo 47º de la Constitu- ción Política del Estado y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Es- tado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales perti- nentes contra los responsables de los ilícitos deter-minados en Informe Especial Nº 24-OCI-UGEL-04-CO- MAS-2004, emitido por el Órgano de Control Institucio- nal de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04, elmismo que constituye parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educa- ción los antecedentes de la presente Resolución, para su conocimiento y fines consiguientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educación para que proceda conforme a susatribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 13124 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0455-2005-ED Lima, 20 de julio de 2005 Vistos, el Oficio Nº 1774-2004-PP/ED del Procura- dor Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis- terio de Educación, el Expediente Nº 53628-2004 ydemás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 1774-2004-PP/ED el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación solicita se emita la Resolu-ción Ministerial Autoritativa que permita interponer las acciones judiciales pertinentes contra los responsables que aparecen en el Informe Especial Nº 005-2004-OCI-UGEL.05-SJL.EA, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en la modalidad de Peculado, ilícito penal previsto y sancionado en el artí-culo 387º del Código Penal; Que, dicha solicitud se fundamenta en las responsabi- lidades determinadas en el Informe Especial Nº 005-2004-OCI-UGEL.05-SJL.EA, emitido por el Órgano de Control Institucional de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 05 - San Juan de Lurigancho - El Agustino, enbase a las facultades constitucionales y legales atribui- das al Sistema Nacional de Control;