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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G35/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de julio de 2005 Visto el Expediente Nº 3410-2005, presentado por la Asociación Benéfica PRISMA, mediante el cual solicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la dona-ción recibida de la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID/Perú). CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selecti- vo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de De- sarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Priva-das sin fines de lucro receptoras de donaciones de ca- rácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la Asociación Benéfica PRISMA, se encuentra inscrita en el Registro de Organizaciones No Guberna- mentales de Desarrollo Receptoras de Cooperación Téc-nica Internacional ONGD-PERU que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de con- formidad con la Directiva de procedimientos de acepta-ción y aprobación, internamiento de donaciones de ca- rácter asistencial o educacional provenientes del exte- rior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 16 de marzo de 2004, legalizado por la Dirección General de Asuntos Consulares-Legalizaciones del Ministerio deRelaciones Exteriores, se observa que la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID/Perú) ha donado a La Asociación BenéficaPRISMA; Que, los bienes donados consisten en trescientos car- tones de Cooper (CT38) T de Cobre con 60 000 unidades,con un valor FOB estimado US $ 96 204,00 (Noventiséis mil doscientos cuatro y 00/100 Dólares Americanos) con un peso bruto de 2259,00 kilos, que serán destinados paraapoyar las acciones del Programa de planificación Familiar que desarrolla el Sector Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relacio- nes Exteriores, aprobar la donación efectuada por Agen- cia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID/Perú) a favor de La Asociación Benéfica PRISMA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Su- premo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impues- to General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Con-sumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID/Perú) a favor de la Asociación BenéficaPRISMA, a que se refiere el cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolu- ción a la Contraloría General de la República, a la Superin- tendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el DecretoSupremo Nº 041-2004-EF; dentro de los plazos estableci- dos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 13141RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0746-2005-RE Lima, 19 de julio de 2005Visto el Expediente Nº 3806-2005, presentado por El Instituto de Investigación Nutricional, mediante el cual soli-cita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la dona- ción recibida de La Organización Mundial de la Salud. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selecti-vo al Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de De-sarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Priva- das sin fines de lucro receptoras de donaciones de ca- rácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, el Instituto de Investigación Nutricional se encuen- tra inscrito en el Registro de Instituciones Privadas sin finesde lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Perua- na de Cooperación Internacional - APCI, de conformidadcon la Directiva de procedimientos de aceptación y aproba- ción, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada porDecreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 21 de julio de 2004, legalizado por el Consulado General del Perú enGinebra, se observa que La Organización Mundial de la Salud, ha donado al Instituto de Investigación Nutricional; Que, los bienes donados consisten en seis bultos conte- niendo productos farmacéuticos, con un valor FOB US $ 500.00 (Quinientos y 00/100 Dólares Americanos), con un peso bruto de 660 kilos, que serán destinados a laimplementación de laboratorio de la institución para las actividades que benefician a la población materna infantil de las zonas más deprimidas del país; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relacio- nes Exteriores, aprobar la donación efectuada por La Organización Mundial de la Salud, a favor del Instituto deInvestigación Nutricional; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Su-premo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508- 93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impues- to General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Con- sumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por La Organización Mundial de la Salud, a favor del Institutode Investigación Nutricional; a que se refiere el cuarto con- siderando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolu- ción a la Contraloría General de la República, a la Superin- tendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el DecretoSupremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos estableci- dos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 13142