Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2005 (27/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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Articulo 2º.- CUMPLIMIENTO Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Tecnologia de Informacion y Procesos, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 13199

Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la Oposicion formulada por MORDAZA Sulluchuco, contra el matrimonio a celebrarse entre MORDAZA Williams MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de Los MORDAZA MORDAZA Grijalba. Articulo Segundo.- Declarar la Capacidad de los Pretendientes MORDAZA Williams MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de Los MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encontrandose aptos para contraer matrimonio civil el dia jueves 21 de MORDAZA del 2005. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion a la Unidad de Registros Civiles. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 13266

Declaran improcedente oposicion formulada contra celebracion de matrimonio civil
RESOLUCION Nº 477-2005-RASS Documento Nº 014738200532 MORDAZA de MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El pedido de Oposicion Matrimonial formulado por MORDAZA MORDAZA Sulluchuco, en fecha 15 de MORDAZA del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, del analisis del Documento Nº 014738200532 presentado por MORDAZA Sulluchuco, se tiene que dicha persona viene a formular Oposicion al matrimonio a celebrarse entre MORDAZA Williams MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de Los MORDAZA MORDAZA MORDAZA, verificandose que su solicitud se sustenta en 2 puntos especificos: 1) los contrayentes no cuentan con domicilio en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, segun la direccion que se senala en sus Documentos Nacionales de Identidad, por tanto, habrian presentado documentos falsos o fraguados en lo referente al lugar de residencia; y 2) su sobrina, la senorita MORDAZA MORDAZA P. se encontraria esperando un hijo cuyo padre seria el contrayente MORDAZA Williams MORDAZA Delgado; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 253º del Codigo Civil "Todos los que tengan interes legitimo pueden oponerse a la celebracion del matrimonio cuando exista algun impedimento. La oposicion se formula por escrito ante cualquiera de los alcaldes que MORDAZA publicado los avisos."; asimismo, dicho Codigo Sustantivo en sus articulos 241º y 242º establece los impedimentos absolutos y relativos para poder celebrarse un matrimonio; Que, verificadas las causales de impedimento matrimonial senalados en los articulos 241º, 242º e incluso las prohibiciones establecidas en el articulo 243º del Codigo Civil, tenemos que los 2 puntos en los cuales se funda la Oposicion, no se encuadran dentro de alguna de estas causales; aunado a lo senalado, los contrayentes a traves de los Certificados Domiciliarios que adjuntan (expedidos por la Comisaria de Surco), han acreditado su domicilio en este distrito; por consiguiente, al respecto tampoco se observa indicios razonables que lleven a presumir que los contrayentes hayan presentado documentacion falsa o fraguada para acreditar su lugar de residencia; Que, siendo ello asi, se tiene que los hechos invocados por MORDAZA Sulluchuco en su escrito de Oposicion, no constituyen causales de impedimento matrimonial, y por ello deben ser desestimadas de acuerdo a lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 253º del Codigo Civil; asimismo, debera declararse la Capacidad de los Pretendientes conforme asi lo senala el primer parrafo del articulo 258º de la glosada norma; Estando a los Informes Nº 106-2005-URC-SG-MSS y Nº 700-2005-OAJ-MSS, emitidos por la Unidad de Registros Civiles y la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

Amplian plazo solicitado por el Jockey Club del Peru para ejecutar obras de habilitacion MORDAZA de parcelas ubicadas en el Fundo Monterrico Chico
RESOLUCION SUBGERENCIAL Nº 1259-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS Expediente Nº 010555.2005 M-2 MORDAZA de MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2005 LA SUBGERENCIA DE LICENCIAS Y HABILITACIONES URBANAS VISTO: El petitorio efectuado por el JOCKEY CLUB DEL PERU, sobre Ampliacion de Plazo Parcial para Ejecucion de Obras de Habilitacion MORDAZA, de las Parcelas H e I, las mismas que cuentan con un area de terreno de 71,799.41 m², que forman parte de un area de mayor extension de 128,065.43 m², ubicado frente a la Carretera Panamericana Sur y avenida MORDAZA MORDAZA, en el Fundo Monterrico Chico, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, cuyas obras de Habilitacion MORDAZA del terreno matriz de 128,065.43 m² fueron autorizadas mediante Resolucion Nº 062-1999-MML-DMDU de fecha 24.6.1999; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 062-1999-MML-DMDU de fecha 24.6.1999 emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se otorga al Jockey Club del Peru un plazo de 18 meses para que cumpla con ejecutar las Obras de Habilitacion MORDAZA, del terreno de 128,065.43 m², ubicado frente a la Carretera Panamericana Sur y avenida MORDAZA MORDAZA, en el Fundo Monterrico Chico, del distrito de MORDAZA de Surco; Que, la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas emite el Informe Nº 1868-2005-SGLHU-GIPRIGCDL-MSS (fs. 36 y 37) indicando que la administrada ha cumplido con presentar la documentacion prevista en el MORDAZA para el presente procedimiento y que en la inspeccion ocular efectuada se detecto que las obras de Habilitacion MORDAZA aun no han sido concluidas, motivo por el cual la liquidacion que le corresponde cancelar es la suma de S/. 23,853.43 Nuevos Soles; Que, a fojas y 35 obra el Recibo Unico de MORDAZA Nº 2642735 de fecha 1.7.2005, por el monto de S/. 23,853.43 Nuevos Soles, monto cancelado por el JOCKEY CLUB DEL PERU, por concepto de liquidacion, conforme a la Notificacion Nº 1899-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS de fecha 23.6.2005, que le fue hecha de conocimiento acorde a ley; Estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, Decreto de Alcaldia Nº 01-2004-MSS que aprueba la adecuacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -

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