TEXTO PAGINA: 35
PÆg. 297655 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de julio de 2005 De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Adminis-trativa y de Remuneraciones del Sector Público y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, Regla-mento de Organización y Funciones del Instituto Nacio- nal Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo dis- ciplinario al servidor LUIS ALBERTO GALVEZ PEDRERA, Etis, Nivel SPF, CENECP. Lima; por los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución al servidor procesado a través de la Oficina de Recur- sos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario, a efec- tos de que presente su descargo ante la ComisiónPermanente de Procesos Administrativos Disciplinarios,en el término de cinco (5) días hábiles contados a partirdel día siguiente de notificada la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA PresidenteInstituto Nacional Penitenciario 13232 Exoneran de proceso de selección la adquisición de alimentos preparadospara internos, personal de seguridad,salud y mantenimiento de diversos establecimientos penitenciarios RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 404-2005-INPE/P Lima, 21 de julio de 2005VISTOS, el Oficio Nº 104-2005-INPE/18 de fecha 6 de julio de 2005, que adjunta el Informe Técnico Legal Nº 003-2005-INPE/18.04 de fecha 4 de julio de 2005 de la Dirección Regional Centro Huancayo, por el que so-licita se declare en Situación de Desabastecimiento In-minente el Suministro de Alimentos Preparados paralos Establecimientos Penitenciarios de Yanamilla, LaOroya, Satipo, Sede Regional Huancayo, Huamanca- ca, Tarma y Concepción de su Jurisdicción, e Informe Nº 261-2005-INPE/06 de fecha 13 de julio de 2005, dela Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecu- ción Penal, la Administración Penitenciaria proporcionaal interno la alimentación preparada que cumpla con lasnormas dietéticas y de higiene establecidas por la au-toridad de salud, concordante con el artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 068-2005- INPE/P de fecha 26 de enero de 2005 se aprobó el PlanAnual de Contrataciones y Adquisiciones de la Direc-ción Regional Centro Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario para el Año Fiscal 2005; Que, de acuerdo al referido Plan Anual de Contrata- ciones y Adquisiciones la Dirección Regional CentroHuancayo tiene previsto el proceso de selección deLicitación Pública Nº 0001-2005-INPE/18 para el "Su-ministro de Raciones Alimenticias para el consumo de personas (i) de los Establecimientos Penitenciarios de Huamancaca, Concepción, La Merced, Tarma, Satipo,La Oroya y Dirección Regional Centro Huancayo" y laLicitación Pública Nº 0002-2005-INPE/18 para la "Ad-quisición de Raciones Alimenticias para el consumo depersonas (i) de los Establecimientos Penitenciarios de Yanamilla y Huanta de la Dirección Regional CentroHuancayo"; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 003-2005- INPE/18.04 de fecha 4 de julio de 2005, la DirecciónRegional Centro Huancayo refiere que la Licitación Pú- blica Nº 0001-2005-INPE/18, se inició el 22 de marzo de 2005 y concluyó el 17 de mayo de 2005, con elotorgamiento de la Buena Pro del ítem III: Estableci-miento Penitenciario La Merced; y se declaró desiertolos ítems I, II, IV, V, VI y VII, correspondiente a los Esta-blecimientos Penitenciarios de Huamancaca, Concep- ción, Tarma, Satipo, La Oroya y Sede Regional Huancayo; refiere también que la Licitación Pública Nº0002-2005-INPE/18, se inició el 22 de marzo de 2005 yconcluyó el 9 de mayo de 2005, con la declaración dedesierto de los ítems I y II, correspondientes a los Es-tablecimientos Penitenciarios de Yanamilla y Huanta, debido a que los postores no superaron el puntaje míni- mo exigido en las Bases para pasar a la evaluacióneconómica; Que, la Dirección Regional Centro Huancayo mani- fiesta que se ha procedido a ampliar los contratos dealimentos preparados vencidos a través de un Adden- dum hasta el 30% de todos los ítems declarados de- siertos; refiriendo además que la L.P. Nº 0001-2005-INPE/18 Segunda Convocatoria, y Licitación PúblicaNº 0002-2005-INPE/18 Segunda Convocatoria, conclui-rán el 13 y 19 de julio de 2005, respectivamente, de-biéndose agregar a ello el plazo para el consentimiento de la Buena Pro y perfeccionamiento del contrato, és- tos concluirían el 8 y 14 de agosto de 2005; Que, ante esta circunstancia la Dirección Regional Centro Huancayo manifiesta que es necesario decla-rar en Situación de Desabastecimiento Inminente la con-tratación del Suministro de Alimentos Preparados para los internos, personal de seguridad, salud y manteni- miento de los Establecimientos Penitenciarios deYanamilla, La Oroya, Satipo, Sede Regional Huancayo,Huamancaca, Tarma y Concepción, por los períodosde 15, 8, 21, 8, 26, 20 y 34 días calendario, respectiva-mente; hasta por la suma de Trece Mil Novecientos Dieciséis con 00/100 Nuevos Soles (S/. 13.916,00), importe que servirá para cubrir los gastos de alimentospreparados mientras concluya la segunda convocato-ria de los procesos de selección correspondientes yse perfeccionen los contratos, ya que los internos delos mencionados Establecimientos Penitenciarios re- quieren de ellos porque su desabastecimiento compro- mete directamente los servicios esenciales que prestael Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuentaque el suministro de alimentos no puede ser suspendi-do porque su ausencia puede ocasionar grave deterio-ro en la salud de la población penal, así como actos de violencia, reclamos y protestas de éstos que compro- meterían directa e inminentemente, tanto la seguridadde los internos como de los Centros Penitenciarios;debiéndose tener presente que la situación expuestase encuentra prevista en el inciso c) del artículo 19º einciso a) del artículo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D. S. Nº 083-2004-PCM; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situación de Desabastecimiento In-minente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisi-ble de determinado bien o servicio compromete en for- ma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas quela Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por loque dicha situación faculta a la Entidad a la adquisicióno contratación de los bienes, servicios u obras sólo porel tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de se- lección que corresponda; debiendo adquirirse en formadirecta mediante acciones inmediatas, adoptando to-das las providencias que permitan asegurar la morali-dad, imparcialidad, transparencia y economía en el pro-ceso de adjudicación de acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal; Que, mediante los artículos 141º y 148º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado aprobado por Decreto Supremo Nº 084 –2004-