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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2005 (27/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 297652 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de julio de 2005 Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de agencia en eldistrito de Jesœs María, provincia deLima RESOLUCIÓN SBS Nº 1080-2005 Lima, 20 de julio de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que se le autorice la apertura de una (1) agencia ubicada en el Centro Comercial Nº 67, Edifi-cio 67 B, Tienda Nº 10, Conjunto Residencial San Felipe,distrito de Jesús María, provincia y departamento deLima; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Finanzas en sesión de Directorio del día 31 de enero de 2005 aprobó su PlanAnual de Expansión de Oficinas, en el que se acordóabrir una (1) agencia en el distrito de Jesús María, que complementará los servicios que brinda su red en la zona de las avenidas Faustino Sánchez Carrión y Dosde Mayo; Que, el Banco recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura so-licitada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación Bancaria "C", mediante Informe Nº 092-2005-DEB "C"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros, con la Circular Nº B-2147- 2005; y, en virtud de la facultad delegada mediante Re-solución SBS Nº 003-1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas, la apertura de la Agencia ubicada en elCentro Comercial Nº 67, Edificio 67 B, Tienda Nº 10,Conjunto Residencial San Felipe, distrito de JesúsMaría, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 13198 Autorizan inscripción de la empresa García & Bazalar Corredores de Segu-ros S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1083-2005 Lima, 20 de julio de 2005EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Miguel Antonio García Sañudo para que se autorice la inscripción dela empresa GARCÍA & BAZALAR CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro del Sistema de Se- guros, Sección II: De los Corredores de Seguros B:Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Genera-les y de Vida); y,CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formalespara la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Evaluación Interna de Expedientes Nº 011-2005-RIAS celebrada el 25 de mayo de 2005, en con-cordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Re-glamento del Registro del Sistema de Seguros ha ca- lificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge- neral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros yOrgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Regis- tro del Sistema de Seguros Sección II: De los Corredo- res de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores deSeguros Generales y de Vida), a la empresa GARCÍA &BAZALAR CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. conmatrícula Nº J-0661, cuya representación será ejercidapor el señor Miguel Antonio García Sañudo con Nº de Registro N-2219. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 13200 UNIVERSIDADES Disponen homologación de remunera- ciones de docentes ordinarios de laUniversidad Nacional de Huancavelica RESOLUCIÓN Nº 067-2005-R-UNH Huancavelica, 14 de febrero del 2005VISTO: Cartas Notariales de docentes de la UNH, Opinión Legal Nº 022-2005-OAJ-R-UNH (18.1.05), Hoja de Trá-mite de Secretaría General Nº 0197 (25.1.05); y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el Art. 53º de la Ley Universitaria Nº 23733; dispone que lasremuneraciones de los docentes de las Universida- des Públicas, se homologan con las correspondien- tes a la de los Magistrados del Poder Judicial; los pro-fesores tienen derecho a percibir además de sus suel-dos básicos, las remuneraciones complementariasestablecidas por la ley cualquiera sea su denomina-ción; la del Profesor Regular no puede ser inferior a la del Juez de Primera Instancia. Que, los docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica, como sujetos de Derecho, se encuen-tran amparados por el artículo anteriormente referido afin de que se proceda con carácter imperativo y ergaomnes disponer la homologación. Que, el Art. 53º de la Ley Universitaria Nº 23733, conforme a lo dispuesto por el artículo 195º de la enton-ces vigente Constitución Política de 1979, rige a partir deenero de 1984; norma que mantiene su vigencia al am-paro de los artículos 103º y 109º de la Constitución Polí-tica del Perú.