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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2005 (27/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

PÆg. 297656 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de julio de 2005 PCM, se encuentran señalados los procedimientos para los procesos de selección exonerados, debiendo la Di-rección Regional Centro Huancayo sujetarse estricta-mente a la norma indicada para la compra de lo indis-pensable a fin de paliar la situación; sin perjuicio de quese realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones definitivas; Que, de acuerdo al Oficio Nº 104-2005-INPE/18.03 de fecha 15 de junio de 2005, suscrito por la Oficina dePlanificación de la Dirección Regional CentroHuancayo, se evidencia que dicha Unidad Ejecutoracuenta con disponibilidad presupuestal para adquirir el suministro de alimentos preparados para los Estableci- mientos Penitenciarios de su jurisdicción; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Centro Huancayo y a lo opinado por la Oficina Generalde Administración y la Oficina General de Asesoría Ju-rídica, y contándose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Su-premo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobadopor Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Desabas- tecimiento Inminente la adquisición de Suministros deAlimentos Preparados para internos, personal de se- guridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de Yanamilla, La Oroya, Satipo, Sede Re-gional Huancayo, Huamancaca, Tarma y Concepción,por los períodos de 15, 8, 21, 8, 26, 20 y 34 días calen-dario, respectivamente; mientras concluyen los proce-sos de selección programados para los Establecimien- tos Penitenciarios de la Dirección Regional Centro Huancayo, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º. - EXONERAR a la Dirección Regional Centro Huancayo, del requisito de Licitación Públicapara la adquisición de Alimentos Preparados a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º. - AUTORIZAR a la Dirección Regional Centro Huancayo, para la adquisición de Suministrosde Alimentos Preparados para los internos, personalde seguridad, salud y mantenimiento de los Estableci-mientos Penitenciarios de Yanamilla, La Oroya, Satipo, Sede Regional, Huamancaca, Tarma y Concepción de la Unidad Ejecutora 005: Dirección Regional CentroHuancayo, de acuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTO DÍAS TOTAL S/. PENITENCIARIO 1 YANAMILLA 15 días 1.020,00 2 LA OROYA 8 días 2.604,00 3 SATIPO 21 días 6.468,00 4 SEDE REGIONAL 8 días 32.00 5 HUAMANCACA 26 días 1.872,00 6 TARMA 20 días 560.00 7 CONCEPCION 34 días 1,360.00 TOTAL S/. 13,916.00 Dicha autorización es por los períodos señalados, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Or-dinarios; mientras dure la Situación de Desabastecimien-to Inminente prevista en el artículo precedente debiendode adquirir los alimentos preparados en forma directamediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, se- gún corresponda, con estricta observancia a las dispo- siciones establecidas en el Texto Único Ordenado de laLey Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso.Artículo 4º. - COMUNICAR a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contratacionesy Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10)días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º. - DISPONER el inicio de las acciones que correspondan para determinar si existe responsa- bilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese origina- do la presencia o configuración de la Situación de Desa-bastecimiento que se aprueba. Artículo 6º. - REMITIR copia de la presente Resolu- ción a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA PresidenteInstituto Nacional Penitenciario 13235 OSINERG Aprueban Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social ElØctrica(FOSE) y el Programa Trimestral deTransferencias Externas correspondien- te al período agosto-octubre RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 182-2005-OS/CD Lima, 25 de julio de 2005El OSINERG, en cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes Nº 27510 y Nº 28307, debe aprobar el Factor deRecargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica(en adelante FOSE) y su respectivo Programa Trimes- tral de Transferencias Externas; debiendo aprobarse en esta oportunidad el correspondiente para el periodo agos-to 2005 – octubre 2005; ANTECEDENTES: Que, mediante Ley Nº 27510 se creó el FOSE dirigi- do a favorecer el acceso y permanencia del servicioeléctrico a todos los usuarios residenciales del serviciopúblico de electricidad, cuyos consumos mensuales seanmenores a 100 kW.h; Que, conforme a la Ley Nº 27510, el OSINERG que- dó encargado de establecer los criterios y procedimien- tos para la administración y aplicación del mencionadoFOSE, los que fueron aprobados por la ResoluciónOSINERG Nº 2123-2001-OS/CD; Que, mediante Ley Nº 28307 se modifica y amplia los factores de reducción tarifaria de la Ley Nº 27510 que creó el FOSE, disponiéndose además la vigencia indefi- nida del FOSE; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Or- ganismo Supervisor de la Inversión en EnergíaOSINERG Nº 069-2005-OS/CD, se aprobó el Factor deRecargo del FOSE y el programa de transferencias externas correspondientes al período agosto 2005 – octubre 2005. ANÁLISIS : Que, los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 27510, dispo- nen que el OSINERG establecerá el factor de recargoen la facturación de los cargos tarifarios de potencia,energía y cargo fijo mensual de los usuarios de serviciopúblico de electricidad de los sistemas interconectadoscuyos consumos mensuales sean mayores de 100 kW.h por mes, en función a un porcentaje determinado en relación con la proyección de las ventas del períodosiguiente, debiendo el OSINERG efectuar el programade transferencias entre empresas aportantes y recep-toras del FOSE;