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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G32/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 21 de junio de 2005 go Procesal Penal, esto es, haber amparado dicho pedi- do sin haber tenido en cuenta que no se le había notifica- do válidamente al inculpado con el mandato de compare- cencia y restricciones, tampoco se le había requeridopara el cumplimiento de las restricciones impuestas, al igual que no tuvo en cuenta que el nuevo delito que consideró que había cometido el alcalde, se había co-metido antes de que se abriera el proceso penal materia de autos, además para resolver dicha propuesta tuvo que advertir que el proceso acusaba irregularidadesdesde la no abstención del Fiscal, de manera que es inadmisible cualquier excusa de negligencia, cuando es evidente cierta componenda con el Fiscal por la inusuale inusitada celeridad de desarrollar y resolver varios actos procesales de naturaleza compleja en un solo día (31.01.01); por lo que, existiendo suficientes elementosde prueba para ser reconducidos penalmente a los in- vestigados, estos hechos deben se materia de investiga- ción con mayor amplitud en sede judicial. Con relación ala denuncia por el delito de Fraude procesal contra los mismos magistrados la misma deviene en infundada por no reunir las exigencias materiales de tipicidad objetiva; Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 159º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 052-LOMP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia presentada por Walter Marcelino Aujapuclla Navarro, con- tra los doctores Julio Micalay Flores, ex Fiscal Provincialy Jaime Cuadros Mendoza ex Juez Mixto de la provincia de Churcampa, respectivamente, Infundada la denuncia por el delito de Fraude Procesal contra los mismos exmagistrados. Remitir los actuados al Fiscal llamado por ley para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente resolución a los señores Presidentes, de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de laMagistratura, Jefe de la Oficina de Control de la Magis- tratura del Poder Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Su-perior de Justicia de Ayacucho, Fiscal Superior Decano de Ayacucho, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Ica y Oficina de Registro de Fiscalesy a los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 11256 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 OSINERG FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 127-2005-OS/CD Por Oficio Nº 262-2005-OSINERG-GART, Organis- mo Supervisor de la Inversión en Energía solicita sepublique Fe de Erratas de la Resolución OSINERG Nº 127-2005-OS/CD, publicada en nuestra edición del día 17 de junio del año 2005. En el artículo 1º: DICE: Artículo 1º.- Declárese sin lugar la nulidad solicitada (...) DEBE DECIR: Artículo 1º.- Declárese infundado, improcedente y sin lugar la nulidad solicitada (...) 11254/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE BIGOTE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G64/GE9/G63/G69/G6D/G61/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G2D/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G73/G20/G79/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2005-CDSJB San Juan de Bigote, 24 de mayo de 2005 POR CUANTO:El Concejo Distrital de San Juan de Bigote en sesión de la fecha, y en atención a la invitación formulada por elCondado de Miami - Dade y la Universidad Internacional de Florida, para que el Alcalde de San Juan de Bigote participe en la Undécima Conferencia Interamericana deAlcaldes y Autoridades Locales, a realizarse del 21 al 23 de junio de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el Alcalde Distrital ha sido invitado a la Confe- rencia mencionada denominada "Cooperación Munici- pal para el Desarrollo Económico, Social y Democrático" en donde participarán alcaldes y funcionarios de altonivel para discutir temas pertinentes al fortalecimiento de los gobiernos locales y la consolidación de la demo- cracia local, descentralización, infraestructura urbana,participación ciudadana y transparencia, que son impor- tantes para la gestión municipal; Que, corresponde al Concejo Municipal autorizar el viaje al extranjero del alcalde, en comisión del servicio o representación del Gobierno Local, según lo establecido por el inciso 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, ha-biéndose regulado el procedimiento a través de la Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972; SE ACORDÓ: Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión del ser- vicio del Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juande Bigote, Ing. JUAN RUPERTO VILELA ESPINOZA, para que en representación de la corporación municipal, participe en la Undécima Conferencia Interamericana deAlcaldes y Autoridades Locales, a realizarse en la ciu- dad de Miami, Florida los días 21, 22 y 23 de junio de 2005. Segundo.- Encargar el Despacho de Alcaldía, du- rante su ausencia, al Teniente Alcalde don Teodoro Román Saldaña, con las facultades y atribuciones inhe-rentes al cargo. Tercero.- Autorizar la compra de los pasajes, así como el pago de viáticos equivalente a la suma de$ 880.00, además de $ 29.00 por concepto del Impuesto de Uso de Aeropuerto, debiendo rendir cuenta docu- mentada de los gastos efectuados y emitir su informe alConcejo Municipal, dentro de los quince días posterio- res a su retorno. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN VILELA ESPINOZA Alcalde 11253