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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (22/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 295237 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de junio de 2005 S B S Modifican la Res. SBS N” 019-2001, que aprobó formularios para la emisión de Certificados de Depósitos y Warrants RESOLUCIÓN SBS Nº 935-2005 Lima, 20 de junio de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES: CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 019-2001 del 16 de enero de 2001, se aprobaron los formulariosque deberán ser utilizados para la emisión de losCertificados de Depósitos, Warrants, sus respecti-vos anexos y el primer endoso del warrant, a fin de adecuarlos a las características establecidas en la sección sexta del libro segundo de la LeyNº 27287; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27287, Ley de Títulos Valores, dispone que para que los valoresdesmaterializados tengan la misma naturaleza y efec- tos que los títulos valores materializados, requieren de su representación por anotación en cuenta y desu registro ante una Institución de Compensación yLiquidación de Valores, y que la creación, emisión,transmisión y registro de los valores con representa-ción por anotación en cuenta, así como su transfor- mación a valores en título y viceversa, se rigen por la ley de la materia y por la mencionada ley, en todoaquello que no resulte incompatible con su naturale-za; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Riesgos y Ase- soría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 349º de la Ley General del Sistema Financie-ro y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702y sus modificatorias, y en concordancia con lo dis- puesto en la Ley de Títulos Valores, Ley Nº 27287; RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar el artículo segundo de la Resolución SBS Nº 019-2001, conforme al si- guiente texto: "Artículo Segundo.- Los formularios referidos en el artículo anterior deberán presentar los requisitos formales establecidos en los artículos 224º y 232º,según corresponda, de la Ley Nº 27287.Adicionalmente, los Almacenes Generales de Depó-sito deberán procurar las características físicas queconsideren necesarias para asegurar su durabilidad y seguridad. Los títulos y sus respectivos anexos estableci- dos en el artículo primero de la presente Resolución,también podrán ser representados por anotacionesen cuenta de acuerdo a lo señalado en el artículo 2ºde la Ley de Títulos Valores, Ley Nº 27287." Artículo Segundo.- La presente Resolución en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 11260ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Aprueban la Directiva "Procedimientos para la Venta de los Bienes Muebles dados de Baja por las EntidadesPœblicas" RESOLUCIÓN Nº 029-2005/SBN La Molina, 16 de junio de 2005 VISTO:El Memorando Nº 164-2005/SBN-GO, de fecha 22 de febrero de 2005, que contiene el Proyecto de Directi- va sobre los "Procedimientos para la Venta de los BienesMuebles dados de Baja por las Entidades Públicas"; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo establecido en los artículos 141º al 164º del Reglamento General de Procedimientos Ad-ministrativos de los Bienes de la Propiedad Estatal, apro-bado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y modifi-cado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, se regulael procedimiento de venta directa y por subasta pública de bienes muebles dados de baja; Que, por Resolución Nº 021-2002/SBN se aprobó la Directiva Nº 004-2002/SBN, que regula los "Procedimien-tos para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Pro-piedad Estatal y su Recepción por la Superintendenciade Bienes Nacionales"; Que, acorde a las disposiciones antes señaladas, mediante el documento de vistos, la Gerencia de Opera-ciones ha presentado un proyecto de Directiva que re-gula los Procedimientos para la Venta de los Bienes Mue-bles dados de Baja por las Entidades Públicas; Que, el literal k) del artículo 13º del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala quees función del Superintendente de Bienes Nacionalesdictar las directivas de cumplimiento obligatorio paralas entidades públicas respecto de la administración,disposición y adquisición de los bienes de propiedad estatal; Con la visación de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Gerencia de Operaciones; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF y la Directiva Nº 004-2002/SBN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 002-2005/ SBN, "Procedimientos para la Venta de los Bienes Mue-bles dados de Baja por las Entidades Públicas", la mis-ma que forma parte integrante de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese.AÍDA AMÉZAGA MENÉNDEZ Superintendente de Bienes Nacionales DIRECTIVA Nº 002-2005/SBN PROCEDIMIENTOS PARA LA VENTA DE LOS BIENES MUEBLES DADOS DE BAJA POR LAS ENTIDADES PÚBLICAS I.- FINALIDAD:Desarrollar los procedimientos para la venta de los bienes muebles dados de baja por las entidades públi-