TEXTO PAGINA: 13
PÆg. 295433 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de junio de 2005 solución del Titular del Pliego respectivo, la misma que de- berá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes delinicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona- les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia-ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigi-lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje- cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé- reos en el país, basado en las disposiciones estableci-das en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Cielos del Perú S.A., con Carta GOP- 278-2005-CDP, del 3 de junio de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáuti- ca Civil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo DC-10, en el Centro de Entrenamientode Pan Am International Flight Academy de la ciudad de Miami, a su personal aeronáutico propuesto, durante los días 28, 29 y 30 de junio de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 15982, 15983, 15984 y 15985, la solici- tante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacióncorrespondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre- sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá-ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Ordenes deInspección Nºs. 1120-2005-MTC/12.04-SDO y 1121- 2005-MTC/12.04-SDO designando a los inspectores Ricardo Rafael Pazos Raygada y Elías Ellard RoblesStambury, respectivamente, para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo DC-10, en el Centro de Entrenamiento de Pan Am International FlightAcademy, al personal aeronáutico propuesto por la em- presa Cielos del Perú S.A., en la ciudad de Miami, Esta- dos Unidos de América, durante los días 27 de junio al 1de julio de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección Gene-ral de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamen- to, puedan realizar los chequeos técnicos a que se con-traen las Ordenes de Inspección Nºs. 1120-2005-MTC/ 12.04-SDO y 1121-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Ricardo Rafael Pazos Raygada y Elías Ellard Robles Stambury, Inspectores de la Dirección General de Aero- náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de Améri- ca, durante los días 27 de junio al 1 de julio de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Cielos del Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 15982, 15983, 15984 y 15985, abona- dos a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle:Viáticos (por dos Inspectores) US$ 2,200.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48(por dos Inspectores) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspecto- res mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un in- forme al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Gene- ral de Administración del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11455 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 014-2005-MTC Mediante Oficio Nº 268-2005-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erra-tas del Decreto Supremo Nº 014-2005-MTC, publicado en nuestra edición del día 15 de junio de 2005. DICE: Anexo 1 Departamento Puertos Puertos Puertos Jurisdicción Marítimos Fluviales Lacustres .... ........ Callao (...) (...) (...) En el litoral marítimo desde el límite departamental entre Li- ma y Callao, hasta el límitedepartamental entre Callao e Ica. Ica (...) (...) (...) En el litoral marítimo desde el límite departamental entre Ca- llao e Ica, hasta el límite de-partamental entre Ica y Are- quipa. .... .... Amazonas (...) (...) (...) (...) .... .... DEBE DECIR: Anexo 1 Departamento Puertos Puertos Puertos Jurisdicción Marítimos Fluviales Lacustres .... .... .... Callao (...) (...) (...) En el litoral marítimo desde el límite departamental entre Li-ma y Callao por el norte, has- ta el límite departamental en- tre Callao y Lima por el sur. Ica (...) (...) (...) En el litoral marítimo desde el límite departamental entre Li- ma e Ica, hasta el límite de- partamental entre Ica y Are-quipa. .... .... Loreto (...) (...) (...) (...) .... .... 11544