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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2005 (18/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 289185 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de marzo de 2005 del Decreto Supremo Nº 107 -200-EF, que aprueba la operación de endeudamiento externo destinada a finan-ciar la adquisición y remodelación de inmueble para la sede del Consulado General del Perú en Nueva York; artículos 93 y 181º inciso d) del Reglamento de las Mi-siones del Servicio Exterior, aprobado mediante Resolu- ción Suprema Nº 076-85-RE de 19 de febrero de 1985; Normas del Sistema administrativo de Contabilidad apro-bado por Resolución Ministerial Nº 801-81-EFC/76 de 17 de setiembre de 1981; artículos 19º, 26º, 31 º, 43º y 48º inciso a) del Reglamento para la Administración delas Asignaciones del Servicio Exterior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0138- 97-RE de 10 de marzo de 1997; Normas Técnicas de Control Interno para elSector Público, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG, Numerales 230-11, 280- 06 y 700-02; Que, las faltas antes señaladas presuntamente configuran la comisión de la falta disciplinaria prevista en el inciso b) del artículo 54º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; Que, en consecuencia, en observancia de lo dispuesto por el artículo 56º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, concordante con lo dispuestopor el artículo 152º de su Reglamento, aprobado por De- creto Supremo Nº 0130-2003-RE, es pertinente se instau- re proceso administrativo disciplinario contra el menciona-do funcionario diplomático, a fin de efectuar el correspon- diente deslinde de responsabilidad administrativa; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y su Regla- mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disciplina- rio contra el Embajador en el Servicio Diplomático de la Re- pública, Julio Vega Erausquin, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Conceder al ex funcionario citado en el artículo precedente el plazo de cinco (5) días hábiles, conta- dos a partir del día siguiente de la fecha de notificación de lapresente Resolución, a fin que presente su descargo escrito y las pruebas que estime convenientes para su defensa. Artículo 3º.- Remitir a la Comisión Disciplinaria el Infor- me Nº 009-2004-2-0283 "Examen Especial al Consulado General del Perú en Nueva York" - Período enero de 1999 a setiembre de 2002, para que proceda de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Notificar la presente Resolución al funcio- nario diplomático procesado, a la Comisión Disciplinaria y a la Dirección General de Desarrollo de RecursosHumanos, dentro del término de setenta y dos (72) ho- ras contados desde la fecha de expedición de la presen- te Resolución Viceministerial, para los fines pertinentes. Regístrese y comuníquese. ARMANDO LECAROS DE COSSIO Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores 05749 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº SG-0089-2005-RE Lima, 17 de marzo de 2005 VISTO: El Memorándum (DRH) Nº 03-2004 de fecha 14 de enero de 2005, que contiene conforme al artículo 156º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la Repú-blica, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE, la solicitud de investigación respecto a los sucesos aconteci- dos en la Embajada del Perú en Sudáfrica, que dañan laimagen del Perú en el exterior y por ende, la del Servicio Diplomático de la República, puesto que está debidamente comprobado que estos sucesos han trascendido tanto a lacomunidad internacional como a la administración interna del Estado; y las comunicaciones cursadas por el Embaja- dor Amador Velásquez García Monterroso, Embajador delPerú en la República de Sudáfrica; así como la carta de 29de diciembre de 2004, remitida por el Ministro Consejero Augusto Cornejo Vásquez; CONSIDERANDO: Que, el Embajador Amador Velásquez García Monte- rroso, Embajador del Perú en la República de Sudáfrica, ha venido informando en reiteradas comunicacionessobre la conducta y las faltas que en el ejercicio de sus funciones habría incurrido el Ministro Consejero Augus- to Cornejo Vásquez; Que, en las citadas comunicaciones se le atribuye al citado funcionario diplomático, la comisión de actos de indisciplina e insulto al superior; desacato a órdenessuperiores; actos de negligencia en el ejercicio de sus funciones; y, la comisión de actos inmorales; Que, de los cargos que se le imputan al Ministro Conseje- ro Augusto Cornejo Vásquez, se presume la comisión de las faltas disciplinarias previstas en los incisos b), c), d) y j) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Ba-ses de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; así como lo dispuesto en el literal a) del artículo 52º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomáti-co de la República, concordante con lo dispuesto en el literal a) del artículo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130- 2003-RE; Que, de otro lado, el Ministro Consejero Augusto Cornejo Vásquez, mediante carta de fecha 29 de diciem- bre de 2004, señala que durante su gestión en la Emba-jada del Perú en la República de Sudáfrica, el Embajador Amador Velásquez García Monterroso, se ha dedicado a difamar, calumniar y distorsionar la verdad sobre sulabor, tergiversando hechos y circunstancias y magnifi- cando hechos sin importancia, conforme aparece des- crito en sus diferentes descargos emitidos; Que de los cargos que se le imputan al Embajador Amador Velásquez García Monterroso, se evidencia la comisión de las faltas disciplinarias previstas en los incisosc) y d) del artículo 52º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, concordante con lo dispuesto en los literales c) y d) del artículo 144º de su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE; Que, los funcionarios diplomáticos antes señalados, pueden ser susceptibles de ser sancionados previo pro-ceso administrativo disciplinario, conforme lo establecido por el artículo 52º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, concordante con lo dis-puesto por el artículo 145º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y su Regla- mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo discipli- nario contra el Embajador en el Servicio Diplomático Ama- dor Velásquez García Monterroso; y, al Ministro Consejero Augusto Cornejo Vásquez, por los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Conceder a los funcionarios diplomá- ticos citados en el artículo precedente el plazo de cinco(5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación de la presente Resolución, a fin que presenten sus descargos escritos y las pruebas queestime convenientes para su defensa. Artículo 3º.- Remitir a la Comisión Disciplinaria los an- tecedentes del caso, para que proceda de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Notificar la presente Resolución a los funcionarios diplomáticos procesados, a la Comisión Disciplinaria y a la Dirección General de Desarrollo deRecursos Humanos, dentro del término de setenta y dos (72) horas contados desde la fecha de expedición de la presente Resolución Viceministerial, para tos finespertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO LECAROS DE COSSIO Viceministro Secretario Generalde Relaciones Exteriores 05750