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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2005 (18/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 289189 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de marzo de 2005 4. DEL REAJUSTE DE LOS CDR BCRP Los CDR BCRP están sujetos a un reajuste en fun- ción de la variación del tipo de cambio registrada entre la fecha de emisión y la de vencimiento. Para el efecto seutilizará los tipos de cambio promedio ponderados de las transacciones cerradas en el sistema DATATEC entre las 9:30 horas y las 13:30 horas, registrados en lasfechas de emisión y de vencimiento de los CDR BCRP, redondeados a cuatro decimales. Estos tipos de cambio serán comunicados mediante los sistemas DATATEC,BLOOMBERG y REUTERS a partir de las 13:45 horas. En caso que, por razones de fuerza mayor, no se cuente con la información de los tipos de cambio de lastransacciones cerradas en DATATEC, se utilizará el pro- medio simple del tipo de cambio venta interbancario que reporte REUTERS entre las 9:30 horas y las 13:30 ho-ras (página PDSC), redondeado a cuatro decimales. De no contarse con la información de REUTERS el BCRP proporcionará los tipos de cambio aplicables. 5. DE LA COLOCACIÓN DIRECTA DE CD BCRP y CDR BCRP La colocación directa de CD BCRP y CDR BCRP consiste en la venta de éstos títulos fuera del mecanis-mo de subasta, de acuerdo a las condiciones y caracte- rísticas que el Banco Central determine en cada oportu- nidad. El Banco Central comunicará en cada caso la dispo- nibilidad de estas operaciones por los medios señalados en el numeral 3.1. Las propuestas de compra de CD BCRP y CDR BCRP deberán ser presentadas al Departamento de Opera- ciones Cambiarias y Monetarias de la Gerencia de Cré-dito y Regulación Financiera, en el formulario que ella proporcione. Las propuestas se enviarán al facsímil que se indique en el anuncio, con la clave de seguridad quecorresponda y hasta la hora de cierre para la recepción de las propuestas. En el caso que se señale un monto máximo de emi- sión y la demanda sea mayor a este, se procederá a distribuir dicho monto proporcionalmente de acuerdo a las propuestas de compra de cada entidad participante.Los montos así repartidos serán redondeados al múlti- plo de S/. 100 000,00 superior o inferior, según corres- ponda. Se coordinará con cada institución el envío de claves de seguridad para ser usadas en los facsímiles. Las propuestas deberán estar firmadas por funcio- narios que cuenten con poderes suficientes. El pago y el registro de propiedad de los CD BCRP y CDR BCRP se realizarán de acuerdo con lo normado enel numeral 3.6. 6. DEL REGISTRO DE LOS CD BCRP Y CDR BCRPa) En el registro que administra el BCRP se inscribirá la propiedad y otros derechos sobre los CD BCRP yCDR BCRP. Se reconocerá como legítimo titular a quien aparece en él. Para la transmisión y el ejercicio de tales derechos se requiere la previa inscripción en el registro. b) Las inscripciones en el registro de propiedad de los CD BCRP y CDR BCRP son realizadas por el BCRP en mérito a las transacciones en las que participa y lasinformadas por las entidades participantes con cuentas en el registro, sea por cuenta propia o de terceros. Los terceros que no mantienen cuentas en el regis- tro de propiedad del BCRP y que deseen efectuar tran- sacciones con CD BCRP y CDR BCRP deberán reali- zarlas a través de las entidades participantes autoriza-das a representar a terceros. c) Las entidades que deseen representar a terceros deberán suscribir un convenio con el BCRP por el queentre otras obligaciones, asuman las de realizar un ade- cuado registro de los titulares de los CD BCRP y CDR BCRP, canalizar el pago del valor de los mismos, asícomo de su redención, y comunicar oportunamente al BCRP las transferencias de valores de sus clientes, el tipo de operación y el detalle de los precios de cadaoperación. Además, serán responsables de la veracidad y exac- titud de la información que suministren y deberán em-plear formatos o medios especiales para hacer constar de modo indubitable la voluntad de sus clientes y seránresponsables de utilizar los procedimientos adecuados para la identificación de estos últimos o de sus repre- sentantes, incluyendo los poderes respectivos. Estas entidades deben llevar un registro de sus clien- tes y de las transacciones que efectúen a nombre de éstos. d) La información que las entidades participantes pro- porcionen al BCRP para fines de registro tiene carácter de declaración jurada. e) Las entidades señaladas en el numeral 2.1, cuan- do representen a terceros, pagarán por cuenta de sus clientes el valor de adjudicación de los CD BCRP y reci-birán en nombre de ellos el monto de la redención de los CD BCRP y CDR BCRP. La transferencia de dicho mon- to es de su responsabilidad. 7. DE LAS TRANSFERENCIAS DE LOS CD BCRP Y CDR BCRP a) Las entidades que mantienen cuentas de valores en el registro de propiedad del BCRP deben comunicarla transferencia de propiedad de los CD BCRP y CDR BCRP para la actualización del registro correspondien- te. Las comunicaciones de transferencia al BCRP po- drán realizarse por medios físicos o electrónicos autori- zados. En el primer caso se usará el formulario que seencontrará disponible en la Gerencia de Crédito y Regu- lación Financiera. Las comunicaciones de transferen- cias se recibirán hasta las 17:00 horas. b) En la comunicación al BCRP deberá señalarse si el cambio de propiedad es temporal o definitivo. En el caso de transferencia temporal, se indicará el plazo, elprecio de la operación y si la transferencia corresponde al inicio o al final de la operación. c) Las entidades que ofrezcan servicios de negocia- ción en el mercado secundario podrán comunicar direc- tamente al BCRP las transferencias que se realicen a través de ellas, con la autorización previa del BCRP y delos participantes que tienen cuentas en el registro de propiedad del BCRP. La exactitud, veracidad y oportunidad de la informa- ción es responsabilidad del participante que autoriza el envío directo de información al BCRP desde las entida- des que ofrecen servicio de negociación en el mercadosecundario. 8. DE LA REDENCIÓN DE LOS CD BCRP Y CDR BCRP En la fecha de vencimiento o, de ser ésta feriado, el día útil siguiente, se pagará el valor nominal de los CD BCRP y CDR BCRP. Los CDR BCRP se pagarán ajusta- dos de acuerdo a lo señalado en el numeral 4. El pago seefectuará de la forma que se indica a continuación: a) Mediante abono en las cuentas corrientes en mo- neda nacional en el BCRP, en el caso de las entidades participantes que mantienen cuenta corriente en el BCRP. b) Las entidades titulares de CD BCRP y CDR BCRP que mantuviesen cuentas en el registro de propiedad del BCRP, pero no mantienen cuentas corrientes en el BCRP, deberán enviar sus instrucciones sobre el destino de losfondos a más tardar el día útil previo al de la redención de los CD BCRP o CDR BCRP. De lo contrario, se emi- tirá un cheque por el importe de dichos certificados, elque podrá ser recogido en la Sección Caja a partir de las 14:00 horas del día del vencimiento de los referidos títu- los. c) En el caso de terceros que no mantuviesen cuen- tas en el registro de propiedad ni cuentas corrientes en el BCRP, el pago se efectuará mediante abono en lascuentas corrientes en moneda nacional en el BCRP de las entidades participantes que los representan. 9. DEL INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE LOS CD BCRP Y CDR BCRP Si la entidad participante favorecida no efectuase el pago por el total de los CD BCRP o CDR BCRP adjudica- dos, la operación se entiende como no realizada.