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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2005 (23/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G35/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de marzo de 2005 de Huaribamba, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, Distrito Judicial de Junín. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolu- ción al Presidente del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín, y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y finesconsiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDES ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZEN EDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 05987 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G61 /G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G75/G62/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G4F/G63/G74/G61/G76/G6F/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G50/G61/G7A/G20/G4C/G65/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 055-2005-CE-PJ Lima, 3 de marzo del 2005 VISTO: El expediente administrativo que contiene los actua- dos relacionados al traslado del Magistrado Marco Anto-nio Celis Vásquez, Juez Titular del Juzgado de Paz Le-trado de Cascas, provincia de Gran Chimú, compren-sión del Distrito Judicial de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 190-2004- CE-PJ, de fecha 18 de octubre del 2004, el Consejo Ejecu-tivo del Poder Judicial dispuso, entre otros aspectos, la creación del Octavo Juzgado de Paz Letrado de la provin- cia de Trujillo con competencia territorial en la(s)Comisaría(s) del Cercado de Trujillo, para atender las de-nuncias por faltas penales que se registren en su jurisdic-ción; de igual modo, mediante Resolución AdministrativaNº 200-2004-CE-PJ, de fecha 11 de noviembre del 2004, que modificó el artículo quinto de la precitada resolución, se facultó a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia deLa Libertad a seleccionar en coordinación con el Ministeriodel Interior, la Comisaría y los ambientes en los que funcio-naría el mencionado Juzgado de Paz Letrado; Que, en tal sentido, mediante Resolución Adminis- trativa Nº 352-2004-P-CSJLL/PJ, del 27 de diciembre del 2004, la Presidencia de la Corte Superior de Justiciade La Libertad en ejecución del Acuerdo de Sala Plenade fecha 2 de diciembre del mismo año, ratificó la reubi-cación del señor Marco Antonio Celis Vásquez, JuezTitular del Juzgado de Paz Letrado de Cascas, como Juez Titular del Octavo Juzgado de Paz Letrado de Tru- jillo, dispuesto por Resolución Administrativa Nº 278-2004-P-CSJLL/PJ del 18 de noviembre último, por nece-sidad del servicio, y con consentimiento expreso delnombrado Magistrado; elevándose a este Órgano deGobierno todo lo actuado, para su ratificación; Que, sobre el particular, conforme a lo prescrito en el artículo 1º, inciso a), del Reglamento de Traslados deMagistrados, aprobado por Resolución AdministrativaNº 052-93-CE-PJ, un Magistrado Titular puede ser trasla-dado con su consentimiento o a su solicitud por razonesde necesidad del servicio; asimismo, el artículo 6º del citado Reglamento establece que "(...) Los traslados dentro de un Distrito Judicial son aprobados por el Con-sejo Ejecutivo Distrital o por la Sala Plena de la CorteSuperior y ratificados por el Consejo Ejecutivo del PoderJudicial (...)";Que, siendo así, al existir plaza vacante no sujeta a concurso público, y teniendo en cuenta los argumentosexpuestos por la Corte Superior de Justicia de La Liber-tad, resulta procedente por razones de necesidad del servicio, el traslado del Magistrado Marco Antonio Celis Vásquez, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado deCascas, provincia de Gran Chimú, al Octavo Juzgadode Paz Letrado de Trujillo; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Po- der Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión extra-ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe delseñor Consejero Andrés Echevarría Adrianzén, sin laintervención del señor Consejero Antonio Pajares Pare-des por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar la Resolución Adminis- trativa Nº 352-2004-P-CSJLL/PJ, del 27 de diciembredel 2004, expedida por la Presidencia de la Corte Supe- rior de Justicia de La Libertad en ejecución del Acuerdo de Sala Plena de la citada Corte Superior de fecha 2 dediciembre del mismo año, que dispuso ratificar la reubi-cación del Magistrado Marco Antonio Celis Vásquez, JuezTitular del Juzgado de Paz Letrado de Cascas, provin-cia de Gran Chimú, al Octavo Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, por razones de necesidad del servicio. Artículo Segundo.- Solicitar al Consejo Nacional de la Magistratura la convocatoria al concurso públicorespectivo, por haberse producido una vacante de Juezde Paz Letrado de Cascas, provincia de Gran Chimú,Distrito Judicial de La Libertad. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente Resolu- ción al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, al Consejo Nacional de la Magistratura, a laOficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial,al Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Li-bertad, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes, y los devolvieron. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS. WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉNJOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERA LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ06054 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 ANR - CONAFU /G41/G64/G6D/G69/G74/G65/G6E/G20/G61/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G2D /G67/G61/G72/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G64/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G2D/G64/G61/G64/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G20/G22/G53/G69/G6D/GF3/G6E/G20/G42/G6F/G6C/GED/G76/G61/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G22 /G28/G55/G2D/G50/G53/G42/G29/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G20/G73/G65/G64/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN Nº 091-2005-CONAFU Lima, 14 de marzo del 2005 VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 083-03-P07- 2005-CONAFU del 14 de enero del 2005, organizadopor la Promotora Empresa Educativa Simón Bolívar, parasolicitar al CONAFU la autorización provisional de fun-cionamiento de la denominada Universidad Peruana Si- món Bolívar, el Informe Nº 031-2005-CONAFU-CEAA del 4 de febrero del 2005; el Oficio Nº 297-2005-CONA-FU-P del 2 de marzo del 2005; el Informe Nº 046-2005-CONAFU-CJ del 2 de marzo del 2005; el Oficio Nº 003-