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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G36/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 27 de marzo de 2005 Instrucciones de la Sección II : Relación de Insu- mos Importados La relación de insumos importados forma parte de la Solicitud de Restitución que debe ser elaborada por cadaDeclaración Única o Simplificada de Exportación. Declaración Única o Simplificada de Exportación Nº : indicar Aduana - Año - Código de Régimen - Número 1.Serie: indicar el número de la serie sujeta a restitu- ción. 1.1 Descripción de la mercancía exportada: indicar la descripción comercial. 1.2 FOB sujeto a restitución: Indicar el valor FOB sujeto a restitución en la serie, expresado en dólares americanos. 2. Detalle de la mercancía importada Por cada serie de la Declaración de Exportación y de acuerdo al valor FOB sujeto a restitución indicado en elcasillero 1.2, debe consignar la descripción comercial de la totalidad de insumos importados utilizados en los productos de exportación declarados en la serie. 2.1 Declaración.- número de la Declaración Única o Simplificada de Importación (código de adua-na - año - código de régimen - número), serie y RUC del importador. Sólo corresponde consignar, en los casos quela solicitud de restitución se sustente en impor- taciones directas o adquisiciones de mercan- cías elaboradas con insumos importados(artículo 131º del Decreto Supremo Nº 011- 2005-EF). 2.2 Factura compra local.- RUC del proveedor, nú- mero y fecha de la factura de adquisición local. 2.3 Descripción de la mercancía.- descripción co- mercial del insumo importado.En caso que la solicitud del beneficio se susten- te en adquisiciones realizadas al amparo del artículo 131º del Reglamento de la Ley Generalde Aduanas, debe indicar la descripción comer- cial del insumo importado y de la mercancía adquirida localmente (declaración / factura).Cabe mencionar que las cantidades a que se refiere el rubro 3 corresponderán a la mercan- cía adquirida localmente. 2.4 Unidad de medida.- En los casos de: - Insumos importados por el beneficiario.- uni- dad física coincidente con la señalada en laDeclaración.- Insumos importados adquiridos localmente.- unidad física coincidente con la expresadaen la factura de adquisición. - Beneficio al amparo del artículo 131º del Re- glamento de la Ley General de Aduanas (mer-cancías utilizadas en el producto de expor- tación, que han sido adquiridas en el merca- do local y elaboradas con insumos importa-dos).- unidad física de la mercancía adquiri- da localmente, coincidente con la expresa- da en la factura. 3.Cantidad de Insumo Por cada insumo importado utilizado en los productos de exportación sujetos a restitución declarados en la serie, debe indicar la cantidad de insumo importado utilizado du- rante su proceso productivo, expresada en la unidad demedida señalada en el casillero 2.4, según lo siguiente: 3.1 Contenido neto.- cantidad de insumo importado que está efectivamente contenido en los pro- ductos de exportación. 3.2 Excedentes con / sin valor comercial Con valor comercial (C/V): cantidad de insumo im- portado que forma parte del residuo, desperdicio osubproducto con valor comercial que resulta del proce- so productivo de los productos de exportación. Para efectos de la restitución, se consideran incorporados enel producto exportado. Sin valor comercial (S/V): cantidad de insumo impor- tado que no puede ser recuperado (merma) o no esaprovechable (desperdicio) que resulta del proceso pro- ductivo de los productos de exportación. Para efectos de la restitución, se consideran consumidos o incorpo-rados en el producto exportado. La consignación de los datos de las casillas 3.1 y 3.2 son opcionales. En caso se indique la referida informa-ción, la sumatoria de ambas debe coincidir con la casilla 3.3 (insumo utilizado). 3.3 Insumo utilizado.- debe indicarse la cantidad total de insumo importado o mercancía a que se refiere el artículo 131º del Reglamento de la Ley General de Adua-nas utilizado en el producto de exportación, de acuerdo al valor FOB sujeto a restitución declarado en la serie. Es la sumatoria de las casillas 3.1 y 3.2 expresada en launidad señalada en la casilla 2.4 con un máximo de ocho dígitos. 4.Total FOB Restitución Indicar el total FOB sujeto a restitución por Declara- ción de Exportación, el cual resulta de la sumatoria delvalor consignado por cada serie en la casilla 1.2. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado , se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaracion es juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere.3. La documentación a publicar se enviará además al siguiente correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU