TEXTO PAGINA: 4
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G36/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 27 de marzo de 2005 favor del Ministerio de Salud consistente en 300 (TRESCIENTOS) litros de "K-Othrinne EC 25", frascode un litro, por un valor total ascendente a S/. 46,563.66 (CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES y 66/100 NUEVOS SOLES). Artículo 2º.- Agradecer a la empresa Bayer S.A. su valiosa contribución a favor de las acciones que desarrolla el Ministerio de Salud. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolu- ción a la Superintendencia de Bienes Nacionales, a la Contraloría General de la República y a la empresaBAYER S.A., así como a la Dirección General de Salud Ambiental y a la Oficina General de Administración para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 06131 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G22/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G75/G62/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G6E/G69/G76/G65/G6C/G65/G73/G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G72/G65/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G2D/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4F/G62/G73/G74/G65/G74/G72/G69/G63/G69/G61/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2005/MINSA Lima, 22 de marzo del 2005 CONSIDERANDO: Que el artículo 18º de la Ley Nº 27853 - Ley de Trabajo de la Obstetriz, concordado con el artículo 41º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 008-2003-SA, establece que la carrera públi-ca asistencial de la Obstetriz, se estructura en cinco (5) niveles, del I al V; Que por Decreto Supremo Nº 004-2005-SA, se adecuan los niveles remunerativos del personal pro- fesional Obstetriz, establecidos en la Ley Nº 23536 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº019-83-PCM, a lo dispuesto por la Ley Nº 27853 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2003-SA, ubicando por única vez al mencionado pro-fesional en la precitada Ley, teniendo en cuenta el tiempo de servicios prestados al 16 de mayo de 2003, fecha de vigencia del Decreto Supremo Nº 008-2003-SA; Que con la finalidad de uniformizar criterios para una correcta aplicación del proceso de adecuación de losniveles remunerativos del personal profesional Obste- triz, es necesario emitir disposiciones que permitan via- bilizar dicho proceso en los Órganos Desconcentrados,Organismos Públicos Descentralizados del Ministerio de Salud y las Direcciones Regionales de Salud a nivel na- cional; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del artí- culo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 058-MINSA/ OGGRH-V.01 "Procedimiento para la ubicación en los niveles remunerativos de carrera de los profesionales de Obstetricia". Artículo 2º.- Los Órganos Desconcentrados, Organismos Públicos Descentralizados del Ministe- rio de Salud y las Direcciones Regionales de Salud anivel nacional, adecuarán la ubicación de los niveles remunerativos del personal profesional Obstetriz, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27853 y losDecretos Supremos Nºs. 008-2003-SA y 004-2005- SA.Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente directiva en la pá-gina web del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 06133 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INDECI /G52/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G61/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E /G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 077-2005-INDECI 7 de marzo del 2005 VISTO, el Informe Nº 007-2005-INDECI/10.3 de la Dirección Nacional de Prevención, de fecha 9 de febrero del 2005, mediante el cual se remite la relación de los profesionales y técnicos que se encuentran aptos parasu renovación y/o ampliación de jurisdicción, como Ins- pectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2000- PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003-PCM, se aprobó el Reglamento de Inspecciones Téc- nicas de Seguridad en Defensa Civil estableciendo entre otros aspectos, los órganos competentes, lascondiciones para ejecución de las inspecciones, así como los requisitos para la obtención del reconoci- miento y autorización del Inspector Técnico de Segu-ridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Regla- mento, el reconocimiento y autorización del InspectorTécnico de Seguridad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en sus artículos 40º y 41º, hayan sido presentados al Cur-so de Capacitación para Inspectores Técnicos de Segu- ridad en Defensa Civil por órganos del SINADECI y ha- yan aprobado el mencionado curso; Que, los profesionales cuyos nombres figuran en los Anexos Nº 01, Nº 02 y Nº 03 de la presente Resolución cumplieron con los requisitos exigidos en los precitadosartículos así como lo dispuesto en el Artículo 45º del Reglamento de Inspecciones Técnicas, habiendo sido autorizados y reconocidos como Inspectores Técnicosde Seguridad en Defensa Civil, tal como consta en las Resoluciones Jefaturales, indicadas en los anexos pre- citados; Que, conforme se establece en el Art. 47º del Regla- mento de Inspecciones Técnicas, los Comités de Defensa Civil Regionales, Provinciales y Distritales se-rán responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempeñan en su jurisdicción, a fin de que se les registre comoantecedentes para determinar la cancelación o la reno- vación de la autorización como inspector; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 43º del Reglamento de Inspecciones Técnicas, la resolución Jefatural que reconoce y autoriza como Inspectores Técnicos, indicará el tipo de inspección para el que seencuentra autorizado y el organismo del SINADECI en el que desempeñará sus funciones; Que, existiendo veinticinco (25) profesionales y téc- nicos que requieren solo la renovación de su vigencia como Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, así como dos (2) inspectores autorizados que so-