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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2005 (31/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G38/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 31 de marzo de 2005 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F CONGRESO DE LA REPÚBLICA /G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G34/G38/G31 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: /G4C/G45/G59/G20/G51/G55/G45/G20/G4D/G4F/G44/G49/G46/G49/G43/G41/G20/G45/G4C/G20/G41/G52/G54/GCD/G43/G55/G4C/G4F/G20/G31/G36/GBA/G20/G59/G20/G4C/G41 /G50/G52/G49/G4D/G45/G52/G41/G20/G44/G49/G53/G50/G4F/G53/G49/G43/G49/GD3/G4E/G20/G54/G52/G41/G4E/G53/G49/G54/G4F/G52/G49/G41/G20/G44/G45 /G4C/G41/G20/G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G32/G37/G34/G20/G93/G4C/G45/G59/G20/G44/G45/G20/G49/G4E/G43/G45/G4E/G54/G49/G56/G4F/G53/G20/G50/G41/G52/G41 /G4C/G41/G20/G49/G4E/G54/G45/G47/G52/G41/G43/G49/GD3/G4E/G20/G59/G20/G43/G4F/G4E/G46/G4F/G52/G4D/G41/G43/G49/GD3/G4E /G44/G45/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G45/G53/G94/G2C/G20/G4D/G4F/G44/G49/G46/G49/G43/G41/G44/G41/G20/G50/G4F/G52 /G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G34/G36/G35 Artículo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto modificar el artículo 16º y la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28274 “Ley de Incentivos para la Integración y Con-formación de Regiones”, modificada por Ley Nº 28465, conforme al texto siguiente: “Artículo 16º.- Iniciativas para la conformación de Regiones 16.1 Podrán presentar propuestas de conformación de Regiones para ser aprobadas mediante refe- réndum por las poblaciones involucradas: a) Los Presidentes de los Gobiernos Regiona- les involucrados, con el acuerdo de los res-pectivos Consejos Regionales y concerta- dos en el Consejo de Coordinación Regional. b) Los partidos políticos nacionales o movimien- tos regionales debidamente inscritos, respal- dados por el diez por ciento (10%) de los ciudadanos de cada uno de los departamen-tos a integrarse, mediante firmas debidamen- te verificadas por la Oficina Nacional de Pro- cesos Electorales (ONPE). c) El diez por ciento (10%) de los ciudadanos de cada uno de los departamentos a inte- grarse, mediante firmas debidamente verifi-cadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). 16.2De no ser aprobada la conformación de Regio- nes en el referéndum, no procede una nueva presentación de iniciativa para la misma consul-ta, sino hasta después de cuatro (4) años. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Presentación de Expediente Técnico para referéndum del 2005 Sólo para el caso del referéndum para la conforma- ción de regiones del año 2005, al que se refiere elartículo 15º inciso a) de la presente Ley, la presenta- ción del Expediente Técnico desarrollado en el ar- tículo 19º de la referida ley se efectuará hasta el 30de abril de 2005. El Consejo Nacional de Descentralización, conforme a lo establecido en el artículo 19º numeral 19.2 de lapresente Ley, emitirá el informe aprobatorio o desaprobatorio, incluido el plazo para la notificación de los requisitos no cumplidos, su subsanación y lacomunicación a la Presidencia del Consejo de Minis- tros, a más tardar el 20 de mayo del mismo año. La Presidencia del Consejo de Ministros, conforme lodispuesto por el artículo 19º inciso 19.3, tiene comoplazo máximo para la emisión de las resoluciones aprobatorios, que serán remitidas al Jurado Nacional de Elecciones, el 27 de mayo de 2005. El Jurado Nacional de Elecciones convocará a refe-réndum para la conformación de regiones del año 2005, hasta el 1 de junio del mismo año.” Artículo 2º.- Norma derogatoriaDerógase o déjase sin efecto toda norma o disposi- ción que se oponga a la presente Ley. Artículo 3º.- Vigencia de la Ley La presente Ley, entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Perua- no. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 06429 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F DECRETOS DE URGENCIA /G46/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G4A/G4E/G45/G2C/G20/G4F/G4E/G50/G45/G20/G79/G20/G52/G45/G4E/G49/G45/G43/G20/G61 /G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G76/GED/G61/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6C/G65/G76/G61/G72/G20/G61/G20/G63/G61/G62/G6F/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G66/G69/G6A/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G65/G79 DECRETO DE URGENCIA Nº 009-2005 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 017-2005-PCM de fecha 22 de febrero de 2005 y la Resolución Nº 012-2005-JNE de fecha 25 de enero de 2005, seconvocó a elecciones municipales complementarias a fin de elegir alcaldes y regidores de 21 concejos distrita- les y a consulta popular de revocatoria del mandato deautoridades municipales de diversas jurisdicciones, ambas para el domingo 3 de julio de 2005, respectiva- mente; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 009-2005-J/ ONPE de fecha 20 de enero de 2005, se convocó a elecciones para designar a los Consejeros del ConsejoNacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del país para el domingo 19 de junio del año 2005; Que, para tal efecto, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil requierenrealizar un conjunto de procesos de selección a fin de