Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2005 (31/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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Estando con la opinion favorable de la Direccion de Promocion y Desarrollo Minero, y de conformidad con el inciso w) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de libre denunciabilidad, el Area de No Admision de Denuncios de 17,600 Has. asignada al Instituto Geologico, Minero y Metalurgico - INGEMMET, ubicada en las provincias de Paruro y Chumbivilcas, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas U.T.M. de los vertices de la poligonal que encierra el area son: VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 NORTE 8'428,000 8'424,000 8'424,000 8'420,000 8'420,000 8'416,000 8'416,000 8'428,000 ESTE 200,000 200,000 208,000 208,000 200,000 200,000 188,000 188,000

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Tecnico de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia, como representante de los intereses del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, en el MORDAZA de extradicion pasiva que se sigue contra el procesado MORDAZA ARRUNATEQUI o MORDAZA ARRUNATEGUI. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Direccion Nacional de Justicia, al Estado requirente y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 06347 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 169-2005-JUS MORDAZA, 29 de marzo de 2005 Visto el OF.RE (LEG) Nº 2-19-B/9 y el Facsimil (LEG) Nº 196, de la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores y las Notas Nºs. 1267 y 179, de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, referente a la solicitud de extradicion del procesado MORDAZA MORDAZA SILVA; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, mediante las Notas Nºs. 1267 y 179, de fechas 28 de diciembre de 2004 y 15 de febrero de 2005, ha solicitado la extradicion pasiva del encausado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien es procesado por los delitos de contrabando ilegal de plantas protegidas a los Estados Unidos en violacion de la Seccion 545 del Codigo 18 de los Estados Unidos, asi como al comercio y posesion ilegal de especimenes en peligro protegidos por la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies en Peligro de Extincion de la Fauna y la MORDAZA Silvestres (CCIEP) en violacion de la Seccion 1538 (c) (1) del Codigo de los Estados Unidos, y de haber hecho declaraciones falsas con pleno conocimiento de causa y voluntariamente en violacion de las Secciones 1001(a) y 2 del Codigo 18 de los Estados Unidos; Que, el inciso 1 del articulo XVI del Tratado de Extradicion suscrito entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, vigente desde el 25 de agosto de 2003, establece que "El Estado requerido debera aconsejar y asistir al Estado requirente, asi como presentarse al tribunal en nombre de este y representar sus intereses en cualquier procedimiento que emane de una solicitud de extradicion"; Que, es necesario brindar la representacion al Estado requirente, en virtud a lo dispuesto por el inciso 1 del articulo XVI, del Tratado de la materia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Tecnico de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia, como representante de los intereses del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, en el MORDAZA de extradicion pasiva que se sigue contra el procesado MORDAZA MORDAZA SILVA. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Direccion Nacional de Justicia, al Estado requirente y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 06348

Articulo 2º.- Los petitorios se podran formular en esta area a partir del primer dia util del mes de MORDAZA de 2005. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero INACC, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Mineria 06320

JUSTICIA
Designan representante de los intereses del Gobierno de EE.UU. en procesos de extradicion pasiva seguidos contra presuntos responsables de delitos de rapto y contrabando ilegal de plantas protegidas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 168-2005-JUS MORDAZA, 29 de marzo de 2005 Visto el Facsimil (LEG) Nº 197, de la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Nota Nº 180, de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, referente a la solicitud de extradicion del procesado MORDAZA ARRUNATEQUI o MORDAZA ARRUNATEGUI; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, mediante la Nota Nº 180, de fecha 15 de febrero de 2005, ha solicitado la extradicion pasiva del encausado MORDAZA ARRUNATEQUI o MORDAZA MORDAZA, quien es procesado por el delito de rapto, robo a mano armada, posesion de arma con proposito ilegitimo; Que, el inciso 1 del articulo XVI del Tratado de Extradicion suscrito entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, vigente desde el 25 de agosto de 2003, establece que "El Estado requerido debera aconsejar y asistir al Estado requirente, asi como presentarse al tribunal en nombre de este y representar sus intereses en cualquier procedimiento que emane de una solicitud de extradicion"; Que, es necesario brindar la representacion al Estado requirente, en virtud a lo dispuesto por el inciso 1 del articulo XVI, del Tratado de la materia;

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