Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2005 (31/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2005

- Un representante del Instituto Nacional de Cultura, quien la presidira. - Un representante del Ministerio de Educacion. - Un representante del Ministerio de Agricultura. - Un representante del Proyecto Especial de Irrigacion Chavimochic. - Un representante del Gobierno Regional de La Libertad. - Un representante de la Municipalidad Provincial de Trujillo. Articulo 2º.- Encargar a la Comision Multisectorial a que se refiere el articulo precedente la elaboracion del reglamento de la Ley Nº 28261. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 06434

Antropologia e Historia del Peru; dos (2) de la Direccion del Instituto Nacional de Cultura - Moquegua; y dos (2) del Museo Contisuyo, detalladas en el anexo adjunto a la presente resolucion, a fin de que conformen parte de la exposicion denominada "Tiwanaku: Antepasados de los Incas", que se llevara a cabo del 16 de octubre de 2004 al 31 de enero de 2005, en el Museo de Arte de MORDAZA, Colorado, Estados Unidos." Articulo 2º.- Ratificar los demas extremos de la Resolucion Suprema Nº 052-2004-ED. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 06435

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Reglamento de la Ley de Promocion del MORDAZA de Biocombustibles
DECRETO SUPREMO Nº 013-2005-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 28054, Ley de Promocion del MORDAZA de Biocombustibles, establece el MORDAZA general para promover dicha actividad, sobre la base de la libre competencia y acceso al MORDAZA, con el objeto de diversificar el MORDAZA de combustibles, fomentar el desarrollo agropecuario y agroindustrial, asi como generar empleo, disminuyendo los niveles de contaminacion ambiental existentes, ademas de constituir una alternativa contra el cultivo ilicito de la hoja de coca; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28054 constituyo una Comision Tecnica encargada de proponer y recomendar las disposiciones para el cumplimiento de la presente Ley, teniendo como base la elaboracion del cronograma y porcentajes de aplicacion y uso del etanol anhidro, como componente para la oxigenacion de las gasolinas, el uso de biodiesel en el combustible diesel, incluido el diseno de un programa de sensibilizacion a los usuarios e instituciones publicas para el uso del etanol anhidro y biodiesel; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28054 faculto al Poder Ejecutivo a reglamentar la presente Ley; De conformidad con la Ley Nº 28054; y, en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8 y 24 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- De la aprobacion del Reglamento de la Ley Nº 28054 - Ley de Promocion del MORDAZA de Biocombustibles Aprobar el "Reglamento de la Ley Nº 28054 - Ley de Promocion del MORDAZA de Biocombustibles" que consta de dos (2) Titulos, diecinueve (19) Articulos y dos (2) Disposiciones Transitorias, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De la Derogatoria Derogar los dispositivos que se opongan a la presente norma. Articulo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energia y Minas, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Agricultura.

Rectifican R.S. Nº 052-2004-ED que permitio salida del MORDAZA de bienes considerados Patrimonio Cultural de la Nacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2005-ED MORDAZA, 30 de marzo de 2005 Visto, el Oficio Nº 038-2005-INC/DN cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 052-2004ED, publicada el 4 de noviembre de 2004, se autorizo, a partir del 4 de noviembre de 2004 y hasta el 23 de enero de 2005, la salida temporal del MORDAZA de ocho (8) piezas pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nacion, de propiedad del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru; Direccion del Instituto Nacional de Cultura - Moquegua; y del Museo Contisuyo, a fin de que conformen parte de la exposicion denominada "Tiwanaku: Antepasados de los Incas", la misma que se llevo a cabo del 16 de octubre de 2004 al 23 de enero de 2005 en el Museo de Arte de MORDAZA, Colorado, Estados Unidos de America; Que, mediante Informes Nºs. 047-INC-DMGPH-SDRMC-DRI/NCR y 004-2005-INC/SDRMC/DRI/NCR el Departamento de Registro e Inventario del Instituto Nacional de Cultura, advierte la necesidad de rectificar el articulo 1º de la citada resolucion, por existir un error en la fecha de retorno de las piezas al MORDAZA, correspondiendo indicar que la autorizacion otorgada se realizo hasta el 31 de enero de 2005; Que, el numeral 201.1 del articulo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28296 y la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 052-2004-ED, publicada el 4 de noviembre de 2004, de acuerdo al texto siguiente: "Articulo 1º.- Autorizar, a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion y hasta el 31 de enero de 2005, la salida temporal del MORDAZA de ocho (8) piezas pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nacion, cuatro (4) de propiedad del Museo Nacional de Arqueologia,

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