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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G39/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de mayo de 2005 Regionales Sectoriales de Educación y de Producción en el Gobierno Regional de Lambayeque, documento queforma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Convocatoria en el Diario Oficial El Peruano, y en otro de circulación regional, así como su inclusión en el Portal Elec-trónico del Gobierno Regional de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y archívese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 08394 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G69/G74/G6F/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA /G31/G32/G30/G2D/G4D/G44/G53/G4D/G50/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2005-AL/MDSMP San Martín de Porres, 29 de abril de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: La Ordenanza Nº 120-MDSMP, que dispone la aplicación de la Ordenanza Nº 690-MML, sobre uso deelementos de seguridad en el distrito de San Martín dePorres y establecimiento de las disposiciones comple-mentarias; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 120-MDSMP, publicada el 27 de enero del 2005, se dispone la aplicación de laOrdenanza Nº 690-MML, sobre uso de elementos de segu- ridad en el distrito de San Martín de Porres y el estableci- miento de las disposiciones complementarias; Que, la Primera Disposición Transitoria de la acotada Ordenanza establece que "Las personas naturales o jurí-dicas que a la fecha de publicación de la presente Orde-nanza hayan instalado elementos de seguridad y que no cuenten con la autorización municipal respectiva, deberániniciar su trámite para obtenerla, cumpliendo los requisitoscorrespondientes conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza, dentro de los noventa (90) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación.Transcurrido dicho plazo, la Gerencia de Seguridad Ciuda-dana procederá al retiro de los elementos de seguridad;asimismo, vencido dicho plazo, sólo se admitirá solicitudespara uso de elementos de seguridad, previo pago correspon- diente de la multa impuesta por uso de elementos de segu- ridad sin autorización"; Que, asimismo, la Segunda Disposición Transitoria de la acotada Ordenanza establece que "Las personas natu-rales o jurídicas que cuenten con autorizaciones de insta-lación de elementos de seguridad expedidas con anteriori- dad a la vigencia de la presente Ordenanza, deberán ade- cuarse a sus disposiciones, dentro del plazo de sesenta(60) días calendario, contado a partir del día siguiente desu publicación. Vencido este plazo, se considerara que nose cuenta con autorización y se procederá conforme a lapresente Ordenanza"; Que, es necesario dar las facilidades necesarias a los administrados para acogerse a la Primera y Segunda Dis-posiciones Transitorias de la Ordenanza Nº 120-MDSMP,por lo que se hace necesario su prórroga; Que, estando a lo dispuesto en la Primera Disposición Final, el despacho de Alcaldía ha visto por conveniente ampliar el plazo de vigencia para acogerse a lo señalado en la Ordenanza Nº 120-MDSMP, a fin de que los contribu-yentes puedan cumplir con tramitar las autorizaciones parala instalación de elementos de seguridad; En uso de las facultades conferidas en Artículo 6º, el numeral 6) del Artículo 20º concordante con el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia de la Primera y Segunda Disposiciones Transitorias de la Orde- nanza Nº 120-MDSMP, hasta el 31 de mayo del año encurso. Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias Munici- pal, de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tri-butaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento y difusión respectivo del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 08403 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU