Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2005 (04/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2005

Articulo Septimo.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Sede Central de la SUNARP, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion segun lo dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 08417

SUNASS
Aprueban Directivas para formulacion de Planes Maestros Optimizados y sobre Procedimiento de Aprobacion de Formula y Estructura Tarifaria en Procesos de Participacion del Sector Privado en servicios de saneamiento
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 009-2005-SUNASS-CD
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Informe Nº 012-2005-SUNASS/110, que recomienda la expedicion de la "Directiva para la Formulacion del Plan Maestro Optimizado" y la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de Formula Tarifaria y Estructura Tarifaria en los Procesos de Participacion del Sector Privado en los Servicios de Saneamiento", y su Exposicion de Motivos; CONSIDERANDO: Que, el articulo 30º de la Ley Nº 26338 - Ley General de los Servicios de Saneamiento, establece que corresponde a la Superintendencia establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas; Que, el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 09-95PRES senala las funciones, atribuciones y responsabilidades especificas de la Superintendencia, estableciendo que esta asumira la conduccion del Sistema Tarifario de los servicios de saneamiento; Que, segun lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM - Reglamento General de la SUNASS, en ejercicio de su funcion normativa la Superintendencia puede dictar reglamentos, directivas, normas y disposiciones de caracter general referidos a regulacion tarifaria y sus mecanismos de aplicacion; Que, el Decreto Supremo Nº 008-2005-VIVIENDA modifico el Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, introduciendo cambios en la regulacion relativos al regimen tarifario de las EPS en Etapa Definitiva; Que, dichos cambios se refieren, entre otros, a una nueva herramienta regulatoria, denominada Plan Maestro Optimizado, que tendra un horizonte de planeamiento de largo plazo y contendra la programacion de las inversiones en condiciones de eficiencia y las proyecciones economico financieras del desarrollo eficiente de las operaciones de la empresa; Que, la modificacion al citado Reglamento incluye tambien la posibilidad que en los procesos de participacion del sector privado, sea el concedente o la entidad designada para conducir el MORDAZA de promocion de la inversion privada, quien presenta a la Superintendencia la propuesta de Plan Maestro Optimizado sobre el cual se estableceran las formulas tarifarias que seran aplicables a la nueva EPS que resulte ganadora del MORDAZA de otorgamiento de la concesion; Que, el articulo 23º del Reglamento General de la SUNASS establece que las decisiones normativas y/o reguladoras deben ser prepublicadas para recibir opiniones

del publico en general, como requisito para la aprobacion de las normas de alcance general y regulaciones. Constituyen una excepcion los casos considerados de urgencia, en los cuales se debera expresar las razones en que se funda la excepcion; Que, de acuerdo al cronograma del MORDAZA de participacion del sector privado en las provincias de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante MORDAZA, aprobado por Proinversion, se preve la adjudicacion de la buena pro para el 23 de MORDAZA de 2005. Por otra parte, con fecha 30 de MORDAZA de 2005 se publico el Decreto Supremo Nº 008-2005-VIVIENDA, el cual ha generado cambios normativos para cuya implementacion se requiere emitir las directivas necesarias; Que, teniendo en cuenta lo expuesto y el Informe Nº 012-2005-SUNASS/110, asi como la urgencia de contar con las Directivas propuestas para la MORDAZA del Plan Maestro Optimizado y la aprobacion de la formula tarifaria y estructura tarifaria de manera previa al otorgamiento de la concesion, en el caso de la presente Resolucion se exceptua de la prepublicacion del proyecto; El Consejo Directivo en Sesion Nº 009 - 2005; HA RESUELTO: Articulo 1º.- Aprobar la "Directiva para la Formulacion de los Planes Maestros Optimizados" y la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de Formula Tarifaria y Estructura Tarifaria en los Procesos de Participacion del Sector Privado en los Servicios de Saneamiento", asi como la correspondiente Exposicion de Motivos. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la "Directiva para la Formulacion de los Planes Maestros Optimizados" y la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de Formula Tarifaria y Estructura Tarifaria en los Procesos de Participacion del Sector Privado en los Servicios de Saneamiento", y la correspondiente Exposicion de Motivos, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Registrese, publiquese y cumplase. Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Seoane y MORDAZA MORDAZA Blas. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS I. ANTECEDENTES.I.1. Mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-VIVIENDA1 , se ha modificado el Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento (en adelante el Reglamento), Decreto Supremo Nº 09-95-PRES, en cuanto al regimen tarifario aplicable a las EPS que se encuentran en la Etapa Definitiva. Asimismo, se han incorporado diversas disposiciones con el fin de facilitar los procesos de participacion del sector privado (PSP) en la prestacion de los servicios de saneamiento. Dichos cambios se refieren, entre otros, a los siguientes aspectos: a. Se incorpora una nueva herramienta regulatoria denominada Plan Maestro Optimizado (PMO), la cual es una herramienta de planeamiento de largo plazo con un horizonte de treinta anos, que contiene la programacion de las inversiones en condiciones de eficiencia y las proyecciones economico financieras del desarrollo eficiente de las operaciones de la empresa (articulo 107º). b. Se permite que en los procesos de promocion de la inversion privada en los que una nueva EPS privada o mixta reciba en concesion la infraestructura y servicios de saneamiento, sera el Estado a traves de la o las municipalidades provinciales correspondientes que actuen como concedentes, o la entidad del Gobierno Nacional designada para conducir el MORDAZA de promocion de la inversion privada, quienes presenten a la Superintendencia la propuesta de PMO sobre el cual se estableceran las formulas

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Publicado el 30 de MORDAZA de 2005 y vigente a partir del dia siguiente de su publicacion.

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