Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2005 (06/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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nada Pampas de San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 08527

JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 073-2005/SBN-GO-JAR
La MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2005 Visto el Expediente Nº 050-2005/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno de 16 147,29 m², ubicado frente a la avenida San MORDAZA Sur, en la MORDAZA denominada Pampas de San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, se ha identificado un terreno de 16 147,29 m², ubicado frente a la avenida San MORDAZA Sur, en la MORDAZA denominada Pampas de San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, libre de inscripcion; Que, la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos aun no cuenta con la Base Cartografica Digital de los predios inscritos en el Registro de Predios correspondiente a la Oficina Registral de MORDAZA, situacion que hace imposible obtener una certificacion negativa de inscripcion registral en base a una busqueda catastral; Que, de acuerdo con el inciso 1) del numeral 2.1.3 de la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por su similar Nº 003-2004/SBN, aprobada con Resolucion Nº 014-2004/ SBN del 11 de MORDAZA del 2004, sobre "Tramites de Inscripcion de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado", esta Superintendencia ha gestionado ante la Oficina Registral de MORDAZA la busqueda de antecedentes registrales del predio de 16 147,29 m², ubicado frente a la avenida San MORDAZA Sur, en la MORDAZA denominada Pampas de San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, a nombre de los colindantes e instituciones vinculadas con el uso del predio: Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, Direccion Subregional de Agricultura de MORDAZA y Estado Peruano, obteniendose la Certificacion Negativa de Propiedad, de fecha 23 de marzo de 2005, a nombre de las citadas entidades; Que, realizadas las inspecciones tecnicas el 12 de setiembre de 2003 y el 21 de setiembre de 2004, se ha verificado que el citado terreno es de naturaleza eriaza, con caracteristica de suelo rocoso, encontrandose en su mayor parte ocupado por pobladores con viviendas temporales; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada

por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo Nº 154-2001EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 101-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 7 de MORDAZA de 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno de 16 147,29 m², ubicado frente a la avenida San MORDAZA Sur, en la MORDAZA denominada Pampas de San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 08526

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Convocan a elecciones de representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para la conformacion del Consejo de Coordinacion Regional del Gobierno Regional
DECRETO REGIONAL Nº 001-2005-GOBIERNO REGIONAL CALLAO-PR
Callao, 4 de MORDAZA de 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Ley Nº 27680, la Ley de Bases de Descentralizacion - Ley Nº 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, se reconocen a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27902, modificatoria de la Ley Nº 27867, senala que, el Consejo de Coordinacion Regional es un organo consultivo y de coordinacion del Gobierno Regional, presidido por el Presidente Regional, integrado por el MORDAZA Provincial, los Alcaldes Distritales y los representantes de las organizaciones de la sociedad civil, garantizando la participacion de estos ultimos en el gobierno, de acuerdo a las funciones establecidas en la acotada Ley;

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