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PÆg. 292121 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de mayo de 2005 Penitenciarios de Tacna Varones y Tacna Mujeres de su jurisdicción, para el Suministro de Alimentos Preparados, eInforme Nº 160-2005-INPE/06 de fecha 25 de abril de 2005de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecu- ción Penal, la Administración Penitenciaria proporciona alinterno la alimentación preparada que cumpla con las nor-mas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridadde salud, concordante con el artículo 135º de su Regla-mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 068-2005- INPE/P de fecha 26 de enero de 2005 se aprobó el PlanAnual de Contrataciones y Adquisiciones de la DirecciónRegional Sur Arequipa del Instituto Nacional Penitenciariopara el Año Fiscal 2005; Que, de acuerdo al referido Plan Anual de Contratacio- nes y Adquisiciones la Dirección Regional Sur Arequipa, tieneprevisto la Licitación Pública Nº 002-2005-INPE/17 para el"Suministro de Alimentos Preparados para internos y perso-nal INPE que labora 24 x 48 horas de los EstablecimientosPenitenciarios de Tacna Varones, Tacna Mujeres y SameguaMoquegua de la Dirección Regional Sur Arequipa”; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 094-2005-INPE/ P de fecha 9 de febrero de 2005, se resolvió declarar ensituación de desabastecimiento inminente el suministro dealimentos preparados para los internos y personal INPE quelabora 24 X 48 horas de los Establecimientos Penitenciariosde Tacna Varones, Tacna Mujeres y Samegua Moquegua,mientras se lleva a cabo el proceso de selección correspon-diente, por un período de 71 días calendario; cuyos plazoscubren hasta el 16 y 21 de abril de 2005, para los Estableci-mientos Penitenciarios de Tacna Mujeres y Hombres, respec-tivamente, conforme se desprende del Informe Nº 028-2005-INPE/17.05 emitido por la Unidad de Recursos Materiales yServicios de la Dirección Regional Sur Arequipa; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 005-2005- INPE/17.05 de fecha 22 de abril de 2005, la Dirección Re-gional Sur Arequipa informa que se ha llevado a cabo laLicitación Pública Nº 002-2005-INPE/17 "Suministro de Ali-mentos Preparados para internos y personal INPE que la-bora 24 x 48 horas de los Establecimientos Penitenciariosde Tacna Varones, Tacna Mujeres y Samegua Moqueguade la Dirección Regional Sur Arequipa”, otorgándose la BuenaPro de los ítems I, II y III , del proceso de Licitación PúblicaNº 002-2005-INPE/17; sin embargo el CONSORCIO RAQUELBUSTINZA ROMERO y CHULLPAS TOURS E.I.RL., interpu-so recurso de apelación contra el otorgamiento de la Buenade los Items I y II, correspondiente a los EstablecimientosPenitenciarios de Tacna Varones y Mujeres, solicitando sedeclare nulo el proceso de selección; Que, el referido Informe señala que mediante Carta Nº 012-2005-INPE de fecha 6 de abril de 2005, se requirióal CONSORCIO RAQUEL BUSTINZA ROMERO yCHULLPAS TOURS E.I.RL., para que dentro del plazo de2 días cumpla con subsanar su recurso de apelación, en elextremo de su petitorio, no cumpliendo en el plazo indica-do; toda vez que recién con fecha 11 de abril de 2005, víafax, subsana dichas omisiones, por lo que medianteResolución Directoral Nº 165-2005-INPE/17 de fecha 12de abril de 2005, la Dirección Regional Sur Arequipadeclaró inadmisible dicho recurso, notificándose a laspartes el día 13 de abril de 2005, habiendo quedadoconsentida dicha resolución el 20 de abril de 2005,continuándose con el desarrollo del proceso de selección; Que, ante estas circunstancias la Dirección Regional Sur Arequipa manifiesta que es necesario declarar enSituación de Desabastecimiento Inminente la contratacióndel Suministro de Alimentos Preparados para internos ypersonal INPE que labora las 24 x 48 horas para los Esta-blecimientos Penitenciarios de Tacna Varones y TacnaMujeres, por el periodo de quince (15) días calendario;hasta por la suma de S/. 32,242.50 Nuevos Soles (Treintay Dos Mil Doscientos Cuarentidós con 50/100 Nuevos So-les), importe que servirá para cubrir los gastos de alimentospreparados mientras se suscriben los contratos correspon-dientes, ya que los internos de los mencionados Estableci-mientos Penitenciarios requieren de ellos porque su desa-bastecimiento compromete directamente los servicios esen-ciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, te-niendo en cuenta que el suministro de alimentos no puedeser suspendido porque su ausencia puede ocasionar gra-ve deterioro en la salud de la población penal, así comoactos de violencia, reclamos y protestas de éstos que com-prometerían directa e inminentemente, tanto la seguridadde los internos como de los Centros Penitenciarios; de- biéndose tener presente que la situación expuesta se en-cuentra prevista en el inciso c) del artículo 19º e inciso a)del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo le- gal, se considera Situación de Desabastecimiento Inmi-nente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible dedeterminado bien o servicio compromete en forma directa einminente la continuidad de las funciones, servicios, activi-dades u operaciones productivas que la Entidad tiene a sucargo de manera esencial; por lo que dicha situación facul-ta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bie-nes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, segúnsea el caso, necesario para resolver la situación y llevar acabo el proceso de selección que corresponda; debiendoadquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas,adoptando todas las providencias que permitan asegurarla moralidad, imparcialidad, transparencia y economía enel proceso de adjudicación de acuerdo al artículo 3º de lareferida norma legal; Que, mediante los artículos 141º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, se en-cuentran señalados los procedimientos para los procesosde selección exonerados, debiendo la Dirección RegionalSur Arequipa sujetarse estrictamente a la norma indicadapara la compra de lo indispensable a fin de paliar la situa-ción; sin perjuicio de que se realicen los procesos de selec-ción correspondientes para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Sur Arequipa y a lo opinado por la Oficina General de AsesoríaJurídica, contándose con las visaciones del Consejo Na-cional Penitenciario, Oficinas Generales de Administracióny Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas medianteResolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Desabaste- cimiento Inminente la adquisición de Suministros de Ali-mentos Preparados para internos y personal INPE quelabora 24 x 48 horas para los Establecimientos Penitencia-rios de Tacna Varones y Tacna Mujeres, por el período dequince (15) días calendario, a partir de la fecha de la pre-sente Resolución, mientras se suscriben los contratos co-rrespondientes para los Establecimientos Penitenciarios deTacna Varones y Tacna Mujeres de la Dirección RegionalSur Arequipa, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º. - EXONERAR a la Dirección Regional Sur Arequipa, del requisito de Licitación Pública para la adqui-sición de Alimentos Preparados a que se refiere el artículoprimero de la presente Resolución. Artículo 3º. - AUTORIZAR a la Dirección Regional Sur Arequipa, para la adquisición de Suministros de AlimentosPreparados para los internos y personal INPE que labora24 x 48 horas en los Establecimiento Penitenciarios antesseñalados de la Unidad Ejecutora 007: Dirección RegionalSur Arequipa, de acuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DÍAS TOTAL S/. 1 TACNA VARONES 15 25,365.00 2 TACNA MUJERES 15 6,877.50 TOTAL 32,242.50 Dicha autorización es por el período de quince (15) días calendario, con cargo a la Fuente de FinanciamientoRecursos Ordinarios; mientras dure la Situación de Desa-bastecimiento Inminente prevista en el artículo precedentedebiendo de adquirir los alimentos preparados medianteprocesos de adjudicación de Menor Cuantía bajo respon-sabilidad, según corresponda, con estricta observancia alas disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenadode la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supre-mo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providenciasque permitan asegurar la transparencia del proceso.