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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2005 (06/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 62

PÆg. 292128 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de mayo de 2005 Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2005-RE- GIÓN CALLAO-CR, se aprobó el Reglamento para la Elec-ción de los Representantes de la Sociedad Civil al Consejode Coordinación Regional para el período julio 2005 ajunio 2007; Que, el artículo 11º del Reglamento señala que para la elección de los Representantes de las Organizaciones dela Sociedad Civil al Consejo de Coordinación Regional larealiza el Presidente del Gobierno Regional del Callao,mediante la emisión del respectivo Decreto Regional; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27867, establece que los Decretos Regionales establecen normas reglamenta-rias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, san-cionan los procedimientos necesarios para la AdministraciónRegional y resuelven o regulan asuntos de orden generaly de interés ciudadano; Que, el presente Decreto cuenta con la conformidad de la Gerencia General Regional y las visaciones de la Geren-cia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicio-namiento Territorial; las Gerencias Regionales de: Desarro-llo Económico, Desarrollo Social, Infraestructura, y de Re-cursos Naturales y Gestión del Medio y la Gerencia deAsesoría Jurídica; y, De conformidad con las facultades conferidas en la Ley Nº 27867 y su modificatoria, el Acuerdo de Gerentes Re-gionales, de fecha 3 de mayo del año en curso, contenidaen el Acta Nº 004-2005 REGIÓN CALLAO; DECRETA:Artículo 1º.- Convocar a elecciones de los represen- tantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para laconformación del Consejo de Coordinación Regional delGobierno Regional del Callao, para el período julio del2005 a junio del 2007, el mismo que se llevará a cabo eldía 21 de junio del 2005, a partir de las 9:00 horas hastalas 16.00 horas, en el local institucional del Gobierno Re-gional, ubicado en la Av. Faucett Nº 3970 - Callao. Artículo 2º.- El presente Decreto Regional es de aplica- ción en todo el ámbito de la Provincia Constitucional delCallao. POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 08606 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Rectifican Ordenanza en el plazo para convocar a elección de representantesde la sociedad civil al Consejo de Coor-dinación Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2005-GR.LAMB./CR Chiclayo, 22 de abril de 2005 El Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque;POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Ordinaria de fecha 13 de abrildel 2005, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 008-2005- GR.LAM./CR, el Consejo Regional aprobó el Reglamentode Conformación y Elección de los Miembros del Consejode Coordinación Regional del Gobierno Regional deLambayeque, en el marco de lo dispuesto por los literalesa y b del artículo 11º-A incorporado a la Ley Nº 27867, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales, por Ley Nº 27902; Que, no obstante del contenido de la referida Orde- nanza Regional, se verifica una incongruencia debido a unerror material entre el contenido del artículo 26º del señala- do Reglamento con sus cláusulas Quinta y Sexta, en cuan-to se refiere al plazo dentro del cual deberá llevarse a cabola convocatoria a elección de representantes de la socie-dad civil al Consejo de Coordinación Regional, el primerode los cuales dispone que esta convocatoria "se realizará90 días calendario antes del vencimiento del mandato delos representantes de la sociedad civil al Consejo de Coor-dinación Regional", mientras que la Quinta DisposiciónComplementaria, Transitoria y Final señalada, prevé estaconvocatoria "dentro del plazo máximo de 10 días hábilescon posterioridad a la aprobación del presente Reglamen-to", y la Sexta que "la elección se realizará no antes de 30ni después de 60 días calendario de la convocatoria", ra-zón por la que corresponde subsanar el error incurrido, afin de coadyuvar a su recta interpretación y aplicación; Que, de conformidad con el artículo 201º, "Rectifica- ción de errores", numerales 201.1 y 201.2 de la Ley Nº27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, "loserrores material o aritmético en los actos administrativospueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cual-quier momento, de oficio o a instancia de los administrados,siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni elsentido de la decisión". Precisándose que "la rectificaciónadopta las formas y modalidades de comunicación o publica-ción que corresponda para el acto original"; Por lo que estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayequeha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- APROBAR la Fe de Erratas de la Or- denanza Regional Nº 08-2005-GR.LAMB./CR respecto alcontenido de su artículo 26º, precisándose que donde seconsigna "... la convocatoria se realizará 90 días calenda-rio antes de ...", debe decir: "... la convocatoria se realizará60 días calendario antes de ...". POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 08492 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales contra persona natural para recuperar monto de pago indebido RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 296-2005-GR.LAMB/PR Chiclayo, 12 de abril de 2005VISTO:El Oficio Nº 2926-2004-GR.LAMB/DRE-OGA, el Oficio Nº 138-2004/GR.LAMB/DRE ISPP “SCJ” - CH - D y el OficioNº 091-2004/GR.LAMB/DRE ISPP “SCJ” - DG; y, CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 2926-2004-GR-LAMB/DRE-OGA, de fecha 26 de junio del 2004, con Registro Nº 2926 deTrámite Documentario de la Sede del Gobierno Regionalde Lambayeque, el Director Regional de Educación solici-ta se expida Resolución Autoritativa para autorizar al se-ñor Procurador Público Regional el inicio de acciones le-gales sobre el caso del señor WILLY CONDOR HEREDIA,sin embargo del estudio de los actuados las copias adjun-tadas eran simples, subsanándose con Oficio Nº 091-2004/GR.LAMB/DRE ISPP “SCJ” - DG, de fecha 18 demarzo del 2005, con Registro Nº 12750 de TrámiteDocumentario de la Sede del Gobierno Regional de Lam-bayeque, en el cual el Director del ISPP “Sagrado Cora-zón de Jesús” adjuntó las copias fedateadas; Que, de la documentación tenida a la vista se observa el Oficio del Director de Asesoría Jurídica de la Dirección Re-gional de Educación, en donde hace llegar Informe docu-mentado para que se inicie el proceso de recuperación delpago indebido efectuado por deudas acumuladas por un