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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2005 (06/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 72

PÆg. 292138 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de mayo de 2005 rá a la Gerencia Municipal para que ésta a su vez con anuencia del Titular remita a la Procuraduría Pública Muni- cipal (con copia certificada de todo lo actuado) a fin de que ésta oficie a la Fiscalía de Prevención del Delito o a laFiscalía Provincial Penal de Turno, según sea el caso, para poner en su conocimiento la amenaza o la inminencia de acciones que atentarían contra la vida, el cuerpo, la salud,la seguridad, el medio ambiente o los derechos de autor u otros; de terceros y formule, de ser el caso, denuncia penal en contra de quienes resulten responsables. DISPOSICIONES FINALES Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segundo.- La presente Ordenanza no es aplicable a los establecimientos que se dediquen al rubro de bares, discotecas, juegos de azar y afines, ni aquellos que debencontar previo a la Licencia de Provisional Funcionamiento, con la autorización del sector al que pertenecen. Tercero.- Facultar al Alcalde a efecto emita el Decreto de Alcaldía modificando el procedimiento con número de orden 59 y los que sean necesarios, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (T.U.P.A.), de esta Corpo-ración, aprobado por Ordenanzas Nºs. 128 y 151-MJM, considerando el procedimiento simplificado aprobado por la presente Ordenanza. Cuarto.- Deróguese toda disposición Municipal que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 08609 Aprueban Ordenanza de Regularización y Saneamiento de Valores Tributarios en la Vía Ordinaria ORDENANZA Nº 172-MJM Jesús María, 22 de abril de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el dictamen Nº 006-2005-MJM-CPEP de la Comisión de Planificación, Economía y Presupuesto; con el voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa deltrámite de aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA DE REGULARIZACIÓN Y SANEAMIENTO DE VALORES TRIBUTARIOS EN LA VÍA ORDINARIA Artículo Primero.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICA- CIÓN La presente Ordenanza tiene por objeto sanear, regulari- zar y depurar los diferentes valores tributarios que obran en la Unidad de Recaudación correspondientes a los deu- dores tributarios del distrito de Jesús María, considerandonecesario establecer ciertas facilidades para su cancela- ción, estipuladas en los artículos siguientes. Artículo Segundo.- FORMA DE APLICACIÓN A fin de otorgar facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como la depuración pertinentede la Base de Datos de la Municipalidad; los valores, llá- mense Resoluciones de Determinación u Órdenes de Pago de la Municipalidad de Jesús María, cuyas formalidadesestablecidas en el Código Tributario hayan sido ejecuta- das, subsanadas, regularizadas y/o actualizadas que se encuentren en la Unidad de Recaudación para su procesode cobranza en cumplimiento a las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.), y,que estén pendientes de cancelación, podrán acogerse al pago de la deuda tributaria contenida en dichos valores, sin intereses ni moras. La Unidad de Recaudación notificará a los deudores tributarios que registren valores que se encuentren pen- dientes de cancelación para que puedan acogerse, dentro del plazo otorgado en la referida comunicación, a los bene-ficios de la presente Ordenanza. De no acogerse el deudor tributario al pago del valor dentro del plazo establecido, se procederá a la cobranza del mismo,actualizándolo con los intereses y moras correspondientes has- ta la fecha de su cancelación efectuando las acciones pertinen- tes y facultades conferidas por el artículo 17º de la Ley 26979 -Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva. Artículo Tercero.- DE LAS FORMAS DE PAGO Los deudores tributarios, a fin de acogerse al beneficio de reducción de intereses moratorios, deberán cancelar las liquidaciones acotadas en el artículo segundo al conta-do, pudiendo hacerlo en efectivo o con cheque certificado o de gerencia. Excepcionalmente y a solicitud de parte cuando las deudas liquidadas sean superiores a las 3 UIT y/o los con- tribuyentes tengan una situación socioeconómica precaria debidamente comprobada, podrán acceder al pago de susliquidaciones en cuotas, previa autorización de la jefatura responsable. Tratándose de deudores tributarios con situación socio económica precaria, la misma que deberá contar con el informe social del área pertinente, podrán suscribir un con- venio de fraccionamiento cuyas cuotas no podrán excederde diez (10), y deberán corresponder a personas natura- les, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, cum- pliendo con los requisitos establecidos para el otorgamien-to del fraccionamiento. El incumplimiento de los compromisos asumidos conlle- va a la pérdida del beneficio, y en consecuencia, procede-rá la ejecución del monto total de la deuda tributaria inclu- yendo los intereses y moras que hubiesen generado. Artículo Cuarto.- DE LOS VALORES EN IMPUGNA- CIÓN Los deudores tributarios que mantengan valores en la vía ordinaria y cuenten con expedientes de reclamación, apelación y/o algún proceso administrativo contencioso en trámite, podrán acogerse a lo estipulado en el artículo se-gundo de la presente Ordenanza, sí y sólo sí cumplan con cancelar la deuda impugnada, lo cual implicaría automáti- camente el desistimiento formal de sus pretensiones admi-nistrativas y/o legales, no pudiendo efectuarse ninguna impugnación futura referida a las deudas tributarias conte- nidas en los valores que se acojan al beneficio. Artículo Quinto.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementa-rias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Encárguese a la Gerencia de Adminis- tración, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Rentas a través de la Unidad de Recaudación y a la Unidad deInformática el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaría General la publicación respectiva. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 08608 Establecen tasa por Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito ORDENANZA Nº 173-MJM Jesús María, 22 de abril de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA