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PÆg. 293144 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de mayo de 2005 TÍTULO IV EL FORO DEL ACUERDO NACIONAL Artículo 13º.- Rol del Foro del Acuerdo NacionalEl Foro del Acuerdo Nacional actúa como una instan- cia de concertación y consulta de la Planificación Estra- tégica Nacional. TÍTULO V RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 14º.- Recursos económicos y financie- ros del Centro Nacional de Planeamiento Estratégi- co Son recursos económicos y financieros del Cen- tro Nacional de Planeamiento Estratégico los siguien-tes: a) Los asignados en la Ley Anual del Presupuesto del Sector Público; b) Las donaciones que a su favor hagan las perso- nas naturales y jurídicas, nacionales y extranje-ras; c) Los recursos de la cooperación internacional re- embolsable y no reembolsable, de conformidad con la legislación vigente. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- El personal del Centro Nacional de Pla- neamiento Estratégico está sujeto al régimen laboral de la actividad privada en tanto se aprueben las leyes dis-puestas por la Ley Marco del Empleo Público, momentoen que se adecuará al nuevo régimen. SEGUNDA.- El Centro Nacional de Planeamiento Es- tratégico prioriza las labores de planeamiento de las Jun- tas de Coordinación Interregional, a que se refiere el artículo 3º de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para laIntegración y Conformación de Regiones, brindando ase-soría y apoyo. Conformada cada región de acuerdo a los mecanis- mos establecidos en la Ley Nº 28274 se constituirá en cada una de ellas un Centro Regional de Planeamiento Estratégico. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- La capacitación de recursos humanos de los Gobiernos Regionales y Locales, a que se refiere el inciso g) del artículo 7º de la presente Ley, se realizaen coordinación con el Consejo Nacional de Descentra-lización. SEGUNDA.- Autorízase al Ministerio de Econo- mía y Finanzas a abrir en el Volumen Gobierno Na- cional, el Pliego Presupuestal correspondiente al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico(CEPLAN). TERCERA.- Modifícase el Quinto principio general de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sec-tor Público con el texto siguiente: “QUINTO.- El Presupuesto Público asigna los fon- dos públicos de acuerdo con los objetivos y priorida-des de gasto determinadas en el Plan Estratégico deDesarrollo Nacional, en los planes estratégicos delas entidades del Sector Público y la disponibilidad de ingresos programada.” CUARTA.- Modifícase el artículo XIV de Título Preli- minar de la Ley General del Sistema Nacional de Presu-puesto, Ley Nº 28411, por el siguiente texto: “ARTÍCULO XIV: Principio de Programación Mul- tianualEl proceso presupuestario debe orientarse por losObjetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacio-nal y apoyarse en los resultados de ejercicios ante-riores y tomar en cuenta las perspectivas de los ejer- cicios futuros.” QUINTA.- Los titulares de los Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Organismos PúblicosDescentralizados, proyectos especiales y empresas del Estado adecuarán progresivamente su organización conel objeto de que las funciones de planeamiento, progra-mación presupuestal, inversión pública y cooperacióninternacional se realicen de manera coordinada y bajouna conducción unificada. SEXTA.- Modifícase el artículo 4º de la Ley del Siste- ma Nacional de Inversión Pública con el siguiente texto: “Artículo 4º.- Principios del Sistema Nacional de Inversión PúblicaTodos los proyectos que se ejecutan en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública se ri- gen por las prioridades que establecen los planesestratégicos nacionales, sectoriales, regionalesy locales por los principios de economía, eficaciay eficiencia durante todas sus fases y por el ade-cuado mantenimiento en el caso de la infraestruc- tura física para asegurar su utilidad en el tiempo.” SÉPTIMA.- El Centro Nacional de Planeamiento Es- tratégico asume las funciones relacionadas al planea-miento estratégico y evaluación que cumple la DirecciónGeneral de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas y las de segui- miento y evaluación estratégica del Estado, que cumplela Secretaría de Gestión Multisectorial de la Presidenciadel Consejo de Ministros. OCTAVA.- Por esta única vez, en razón de consti- tuirse el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico con posterioridad a la realización de las Elecciones Ge- nerales del año 2001, el período del mandato del primerPresidente del CEPLAN concluye el 28 de julio del año2006. NOVENA.- El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor a sesenta (60) días de publicada la presente Ley, apro- bará, mediante decreto supremo, el reglamento de la presente Ley. DÉCIMA.- Deróganse las normas legales que se opongan a la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los seis días del mes de mayo de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- trés días del mes de mayo del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09723 LEY N” 28523 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR CUANTO:El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;