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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2005 (25/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 293153 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de mayo de 2005 rida en el considerando anterior, a realizarse en la ciu- dad de Asunción de la República del Paraguay el día 3de junio del 2005, dada la trascendencia de los temas adesarrollar y su implicancia en el tratamiento de los deli-tos que relacionan a los países miembros delMERCOSUR y Estados Asociados; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizaciones de viaje al exterior de servi-dores y funcionarios públicos, el Texto Único Orde-nado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministe-rio del Interior aprobado mediante Decreto SupremoNº 003-2004-IN, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas re-glamentarias sobre autorizaciones de viaje al exte-rior de servidores y funcionarios públicos y el Decre-to de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Félix Medardo MURAZZO CARRILLO, Ministro del Inte-rior, a la ciudad de Asunción de la República del Pa-raguay, desde el 2 al 4 de junio del 2005, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Ministerio del Interior asumirá los gastos que correspondan de acuerdo a los conceptossiguientes, con cargo al presupuesto asignado a la Enti-dad: Pasajes Lima - Asunción - Lima US$ 634.99 Viáticos US$ 200.00 x 3 días US$ 600.00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto CORPAC US$ 28.24TOTAL US$1,263.23 Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Encargar el Despacho del Interior al señor Roberto Enrique CHIABRA LEÓN, Ministro deDefensa, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Mi-nistros y por el señor Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros FÉLIX MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 09735 AGRICULTURA Derogan el D.S. N” 013-2005-AG y constituyen Comisión TØcnica para establecer volœmenes del SistemaHídrico TDPS DECRETO SUPREMO Nº 026-2005-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por intercambio de Notas Reversales del 12 de diciembre de 1992 los Gobiernos de las Repúbli-cas del Perú y de Bolivia, acordaron la creación de la Autoridad Binacional Autónoma del Sistema Hídrico del Lago Titicaca, Río Desaguadero, Lago Poopó ySalar de Coipasa, también denominada ALT, estable-ciendo el marco de su funcionamiento por intercambiode Notas Reversales del 10 de mayo y 15 de junio de 1993, suscrito por los Ministros de Relaciones Exte-riores de ambos países; Que, el objetivo general de la ALT es promover y conducir las acciones, programas y proyectos; dictar yhacer cumplir las normas de ordenamiento, manejo, con- trol y protección en la gestión del agua, del Sistema Hí- drico Titicaca - Desaguadero - Poopó - Salar Coipasa,también denominado Sistema Hídrico TDPS, en el mar-co del Plan Director Global Binacional del Sistema Hídri-co TDPS; Que, por Decreto Supremo Nº 013-2005-AG, de fe- cha 23 de febrero del 2005, se reservó a favor del Pro- yecto Especial Tacna, por el plazo de dos (2) años con-tados a partir de la vigencia del mencionado DecretoSupremo, el caudal de 20.588 m 3/s (649.26 Hm3) de aguas superficiales y subterráneas; Que, mediante Carta ALT-081/03/05, de fecha 22 de marzo del 2005, el Presidente Ejecutivo de la referida Autoridad Binacional Autónoma ha solicitado la modifi-cación de la reserva de aguas otorgada a favor del Pro-yecto Especial Tacna mediante el citado Decreto Supre-mo, indicando principalmente que al Plan Director "... esnecesario efectuar una priorización de proyectos de apro- vechamiento de aguas del Sistema del Lago Titicaca, la cual deberá ser hecha por las autoridades competentesdel Gobierno Peruano. Sólo después se podrá definircon precisión los volúmenes extraíbles del SistemaTiticaca asignables a cada proyecto de inversión, seade riego en el altiplano o de propósitos múltiples vía tras- vase"; Que, en vista que la referida reserva comprende al- gunas fuentes de aguas relacionadas directamente conel Plan Director del TDPS, la Intendencia de RecursosHídricos de Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, mediante Oficio Nº 536-2005-INRENA-IRH, de fecha 16 de mayo del 2005, recomienda la derogatoria del Decreto Supremo Nº 013-2005-AG y simultáneamen-te la conformación de una Comisión Técnica que se en-cargue de establecer los volúmenes del Sistema HídricoTDPS compatibles con su Plan Director, que serán ma-teria de posterior reserva de agua a favor del Proyecto Especial Tacna; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Derógase el Decreto Supremo Nº 013- 2005-AG del 23 de febrero del 2005. Artículo 2º.- Constitúyase la Comisión Técnica en- cargada de establecer los volúmenes del Sistema Hí-drico Titicaca - Desaguadero - Poopó - Salar Coipasa -TDPS, compatibles con su Plan Director, que serán materia de posterior reserva de agua a favor del Proyec- to Especial Tacna, sin perjuicio de los derechos de usode agua reconocidos en las zonas originarias y recep-toras del recurso agua, también, deberá priorizar losproyectos de aprovechamiento de agua del Sistemadel Lago Titicaca del lado Peruano. Dicha Comisión es- tará integrada por un representante de las siguientes entidades: - Ministerio de Agricultura, quien lo presidirá. - Ministerio de Relaciones Exteriores.- Autoridad Binacional Autónoma del Lago Titicaca (ALT). - Gobierno Regional de Tacna.- Gobierno Regional de Puno.- Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. La Intendencia de Recursos Hídricos de INRENA actuará como Secretaria Técnica de la referida Comi-sión, la que se constituirá dentro del término de diez (10)útiles de publicado este Decreto Supremo, presentarásu informe al Ministro de Agricultura dentro del plazo de ciento ochenta (180) días calendario, contado a partir de su constitución. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Agricultura y el Ministro deRelaciones Exteriores.