TEXTO PAGINA: 16
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G35/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 30 de mayo de 2005 año 2004 de la Gerencia de Obras y Evaluación de Adicionales, dispuso una acción de control al ProyectoEspecial Chavimochic, con relación a operaciones vin- culadas a la obra "Reparación de la Bocatoma CHAVIMOCHIC - 2002", a fin de determinar si se reali-zaron con calidad técnica, oportunidad, costos y plazos razonables, así como cumpliendo con las disposiciones contractuales, términos de referencia y normas legalesvigentes; Que, como resultado de la acción de control practi- cada, la Comisión Auditora ha determinado que losfuncionarios responsables del proceso de elaboración, revisión y aprobación del Expediente Técnico de la obra "Reparación de la Bocatoma CHAVIMOCHIC 2002", in-currieron en deficiencias en la formulación de los Análi- sis de Precios Unitarios de las Partidas: 3.02 Concreto Reforzado f ' c = 280kg/cm²; 3.08 y 3.09 Enchapado TipoI y Tipo II de Roca Labrada; 3.10-a Enchapado Tipo III de Roca Labrada (Extracción y Labrado) y 3.11 Juntas de Enchapado Tipo III, las cuales no fueron advertidas en laetapa de ejecución contractual, ocasionando un mayor pago por S/. 132 258,62; hechos que constituyen perjui- cio económico irrogado al Proyecto Especial Chavimo-chic que requiere ser resarcido, de conformidad con el Artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Repúbli- ca, constituye atribución de este Organismo Superiorde Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procura- dor Público, en los casos en que en la ejecución direc-ta de una acción de control se encuentre daño econó- mico o presunción de ilícito penal, correspondiendo, por tanto, autorizar al Procurador Público a cargo delos asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respecti- vas contra los presuntos responsables comprendi-dos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y represen- tación del Estado, inicie las acciones legales por los he-chos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 10037 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G61/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G72/G73/G65/G20/G65 /G69/G6D/G70/G75/G6C/G73/G61/G72/G20 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C /G64/G65/G20/G43/G68/G65/G70/GE9/G6E RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 267-2005-CG Lima, 24 de mayo de 2005 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 013-2005-CG/ GDPC de 19.MAY.2005, los Oficios Nº 644-2005-DIR- COCOR-PNP/DIVPACGR-INV.E4 de 26.ABR.2004 yNºs. 674 y 675-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR- INV.E4 de 2.MAY.2005, y el Atestado Nº 030-2005-DIR- COCOR-PNP/DIVPACGR-E2 de 11.ABR.2005, resultantede las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita ala Contraloría General de la República, en la Municipali- dad Provincial de Chepén, departamento de La Libertad;y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 0644-2004-CG/ORCH de 7.SET.2004 dis-puso se efectúe una Verificación de Denuncias por pre- suntas irregularidades cometidas en la Municipalidad Provincial de Chepén - La Libertad, designando para elcaso una Comisión a efecto de practicar la citada verifi- cación; Que, como resultado de dicha Verificación se ha emi- tido el Informe de Verificación de Denuncias Nº 001-2004- CG/ORCH de 22.OCT.2004, en el cual se ha estableci- do la existencia de indicios razonables de comisión dedelito, al haberse evidenciado deficiencias en la aproba- ción del expediente Técnico correspondiente a la licita- ción pública de la obra "Ampliación y Mejoramiento de laParada de Chepén"; asimismo, respecto al proceso de selección y ejecución de dicha obra, tales como, el pro- ceso de entrega de absolución de consultas y de inte-gración de las bases no se realizó de acuerdo a Ley, otorgándose posteriormente la buena pro a una empre- sa que presentó errores no subsanables en su propuestaeconómica; además de haberse verificado adelantos a la contratista sin contar con las garantías que estable- cen las normas sobre la materia, incluyendo el uso inco-rrecto del préstamo otorgado por el Banco de la Nación ascendente a S/. 1´500 000,00, entre otros; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional adscrita a la Contraloría General, conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 -Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elabo- rado el Atestado de Vistos, el mismo que fue remitido por dicha Unidad Técnica con Oficio Nº 644-2005-DIR-COCOR-PNP/DIVPACGR-INV.E4 de 26.ABR.2005 a la Fiscalía Mixta de Chepén del Distrito Judicial de La Libertad, a fin que este órgano formalice la denunciapertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por los delitos de Concusión, Falsificación de Do- cumentos, Falsedad Ideológica, Encubrimiento Real eIncumplimiento de Funciones, ilícitos previstos y san- cionados por los Artículos 382º, 427º, 428º, 405º y 377º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Siste- ma Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, constituye atribución de este Organismo Su- perior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada de-fensa de los intereses del Estado, cuando tales proce- sos incidan sobre recursos y bienes de éste, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Público acargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los re-cursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y repre-sentación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspon- dientes por los hechos expuestos, en el Atestado deVistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 10038