Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2005 (30/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 30 de MORDAZA de 2005

Que, dentro del desarrollo de la funcion jurisdiccional que ejercen algunos magistrados provisionales y suplentes, designados por los diferentes Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, se vienen produciendo hechos que ponen de manifiesto su falta de idoneidad para ejercer el cargo, debido a que en algunos casos se ha inobservado, por los Presidentes de Corte, el procedimiento legal existente para tales designaciones; Que, tales circunstancias, entre otras, han demandado la participacion de la OCMA, ante la evidencia de la comision de hechos irregulares, organo de control que ha cumplido con investigar dichos hechos y sancionarlos ejemplarmente; sin embargo, han surgido tambien limitaciones juridicas para investigar algunos de aquellos hechos por impedirlo el articulo 212º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, asi como con el fin de no afectar el MORDAZA de Independencia de los magistrados en el ejercicio de su funcion jurisdiccional, lo cual esta regulado por el inciso 2 del articulo 139º de nuestra Constitucion Politica del Estado; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en su articulo 239º concordante con los articulos 94º, inciso 1, y 96º, inciso 16, establece las reglas que deben cumplirse para la designacion de los Magistrados Suplentes, asi como en sus articulos 236º, 237º y 238º, modificados por la Ley Nº 28367, que regulan el procedimiento para la designacion de los magistrados provisionales; normas que corresponden ser indefectiblemente aplicadas, debiendo contar para ello con la reglamentacion correspondiente conforme a lo prescrito por el citado articulo 239º, que permita la designacion de los profesionales de Derecho que reunan las aptitudes que garanticen el desempeno adecuado de la funcion jurisdiccional; Que, conforme lo establece el inciso 1 de articulo 105º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial constituye funcion de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial verificar que los Magistrados, funcionarios y servidores en general del Poder Judicial, cumplan las normas legales y administrativas de su competencia, asi como las que dicta la Sala Plena de la Corte Suprema y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Que, siendo ello asi, el incumplimiento de los dispositivos legales citados conllevaria a que los funcionarios que incurran en las irregulares designaciones de magistrados provisionales y suplentes tengan responsabilidad disciplinaria de acuerdo a ley, asi como a lo dispuesto en los lineamientos contenidos en la Resolucion de Jefatura Nº 017-2004-J-OCMA/PJ del 26 de MORDAZA de 2004, sobre cuyo cumplimiento se debe reiterar; POR TANTO: En uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la OCMA actualmente vigente: SE RESUELVE: Primero.- DISPONER que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica den pleno cumplimiento a las normas legales referidas anteriormente, bajo responsabilidad funcional, al momento de designar a magistrados provisionales y suplentes. Segundo.- REITERAR a los senores Presidentes de Corte, que den cumplimiento a la Resolucion de Jefatura Nº 017-2004-J-OCMA/PJ, del 26 de MORDAZA de 2004, referida al procedimiento adoptado para la designacion de tales magistrados, asi como los antecedentes reunidos para adoptar tal decision. Tercero.- PONGASE, la presente Resolucion, en conocimiento del senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Supremo Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial 09966

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Disponen la remocion de ex funcionario por su actuacion como Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 017-2005-PCNM P.D Nº 020-2004-CNM San MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2005 VISTO: El MORDAZA disciplinario seguido a don MORDAZA MORDAZA Soldevilla, por su actuacion como Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y, CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 122-04-MMD/CR, de 25 de junio de 2004, la Congresista MORDAZA MORDAZA Moyano MORDAZA interpone denuncia contra el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, don MORDAZA MORDAZA Soldevilla, por contravencion de las politicas y normatividad vigentes sobre la etica de la funcion publica; Que, segun refiere la denunciante, el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, don MORDAZA MORDAZA Soldevilla, MORDAZA desde el inicio de su gestion con el apoyo profesional de MORDAZA MORDAZA Mendieta MORDAZA, quien se desempenaba en dicha institucion como Jefa del Gabinete de Asesores, organo que no esta previsto en su Ley Organica y que se encuentra adscrito a la Alta Direccion, segun el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el titular de la institucion mediante Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE; ademas, expresa que dicho cargo es de confianza y tiene el nivel remunerativo de una Gerencia; Que, asimismo la citada Congresista Moyano MORDAZA manifiesta que don MORDAZA MORDAZA Soldevilla, quien tiene estado civil de casado, mantiene una relacion sentimental con MORDAZA MORDAZA Mendieta MORDAZA, coincidiendo su direccion con la declarada por la abogada MORDAZA mencionada en la partida de nacimiento de su hijo, quien nacio el 10 de marzo del presente ano; Que, de otro lado, la denunciante sostiene que el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, ha contravenido las politicas y normatividad vigentes sobre la etica de la funcion publica, habiendo incurrido en inconducta funcional, la que ha perdurado en el tiempo, reafirmandose a traves de diversos actos administrativos refrendados por resoluciones expedidas con posterioridad al nacimiento de su menor hijo con la funcionaria Mendieta MORDAZA, como es el caso de las Resoluciones Jefaturales numeros 082 y 1001-2004-J/ONPE, en virtud de las cuales se designa a aquella como representante de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ante el Comite de Coordinacion Electoral de la Consulta Popular de Revocatorias de Mandato de las Autoridades Municipales 2004 y ante el Comite de Coordinacion Electoral de las Elecciones Municipales Complementarias de MORDAZA y Regidores del Congreso Provincial El Collao, departamento de Puno; Que, finalmente la Congresista Moyano MORDAZA refiere que el denunciado creo la unidad del Gabinete de Asesores para favorecer a su conviviente otorgandole poder de decision y manejo de recursos, y al nombrarla Gerente del Gabinete de Asesores paso de ser una abogada mas de la Jefatura Nacional, a gerente de unidad; Que, por Resolucion Nº 057-PCNM de 16 de agosto de 2004, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio investigacion preliminar al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, don MORDAZA MORDAZA Soldevilla,

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