Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2005 (30/05/2005)


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NORMAS LEGALES
VISTA:

MORDAZA, lunes 30 de MORDAZA de 2005

con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 879-2005-MTC/12.04-SDA designando al Inspector MORDAZA MORDAZA Gallo Lam, para realizar la inspeccion tecnica por expedicion de Certificado de Aeronavegabilidad de Exportacion a la aeronave AS-350B1 de matricula OB-1791-P, de la empresa Copters Peru S.A.C., en la MORDAZA de Rancagua, Republica de MORDAZA, durante los dias 31 de MORDAZA al 3 de junio del 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 879-2005MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Gallo Lam, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Rancagua, Republica de MORDAZA, durante los dias 31 de MORDAZA al 3 de junio del 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Copters Peru S.A.C. a traves de los Recibos de Acotacion Nº 13627 y 13628, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 800.00 US$ 28.24

La Nota de Elevacion Nº 041-2005-MTC/22 mediante la cual el Director Ejecutivo de PROVIAS DEPARTAMENTAL informa sobre la ocurrencia de hechos que presuntamente vician de nulidad la Adjudicacion Directa Publica Nº 006-2004-MTC/22, para la "Adquisicion de Cables de Energia MORDAZA C "I" para la Obra Mejoramiento de los Pavimentos del Aeropuerto de Pucallpa"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 02582004-MTC/02 de fecha 1 de setiembre del 2004, se designo al Comite Especial Permanente que se encargue de llevar a cabo los procesos de Adjudicacion Directa y Adjudicacion de Menor Cuantia para la adquisicion de bienes y/o servicios destinados a la Obra "Mejoramiento de los Pavimentos del Aeropuerto de Pucallpa" ubicada en el departamento de Ucayali; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 759-2004MTC/22 de fecha 15 de diciembre del 2004, se aprobaron las Bases y la MORDAZA Convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº 006-2004-MTC/22; Que, con fecha 21 de diciembre del 2004 se convoco -en MORDAZA convocatoria- la Adjudicacion Directa Publica Nº 006-2004-MTC/22. De acuerdo al calendario del MORDAZA, el 6 de enero del 2005 se realizo el Acto de MORDAZA y Entrega de Propuestas (Tecnicas y Economicas) y Apertura de Propuestas Tecnicas. Se presentaron los Postores Tecnologia Integral Trading, Internacional Business Association, A.B. Tecnology S.A.C., A&V Computer S.C.R.L. y Geyer Kabel Peru S.A.C.; Que, de acuerdo a lo senalado por el Presidente del Comite Especial Permanente, mediante Informe Nº 0052005-MTC/22.07.MPAP del 20 de enero del 2005, una vez iniciada la evaluacion de las propuestas tecnicas se advirtio que ninguno de los postores cumplia con complementar las Especificaciones Tecnicas de los cables detalladas en el Anexo 2 de las Bases referidas a que MORDAZA "...cables unipolares con conductores de cobre electrolitico blando, cableado concentrico, aislamiento de polietileno reticulado, cinta semiconductora y cinta de cobre con pantalla electrostatica, chaqueta exterior de PVC color negro o color rojo". Por tal razon el Comite Especial Permanente suspendio el MORDAZA a fin de que los postores subsanen la omision en que habian incurrido; Que, con fecha 7 de enero del 2005 el Comite Especial Permanente a cargo del MORDAZA, otorgo la Buena Pro al postor Geyer Kabel Peru S.A.C., al considerar que habia obtenido el mayor puntaje total; Que, con fecha 14 de enero del 2005 el postor Tecnologia Integral Trading S.A. interpone recurso de apelacion contra el otorgamiento de la Buena Pro. De dicho recurso se corrio traslado al postor ganador; Que, el Comite Especial Permanente evaluo los argumentos del recurso interpuesto por el postor Tecnologia Integral Trading S.A., considerando que debia ser desestimado. Dicho recurso no fue elevado en su oportunidad para ser resuelto por la autoridad competente, por lo que vencido el plazo de ley quedo resuelto por denegatoria ficta; Que, segun lo manifestado por la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS DEPARTAMENTAL mediante Informe Legal Nº 061-2005-MTC/22.05.CGL, Tecnologia Integral Trading S.A no ha interpuesto recurso de revision; Que, de acuerdo a lo senalado por el Presidente del Comite Especial Permanente, mediante Informe Nº 0052005-MTC/22.07.MPAP del 20 de enero del 2005, ninguno de los postores cumplia estrictamente con las Especificaciones Tecnicas establecidas en las Bases e incluso no tenian la seguridad de que materiales con tales caracteristicas existiesen en el mercado. Por tal razon otorgaron la Buena Pro haciendo uso de las atribuciones que les fueron MORDAZA y en base a los principios que rigen las contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, mediante Informe Tecnico Nº 011-2005-MTC/ 22.07.MPAP el Presidente del Comite Especial Permanente senala que "otorgo la Buena Pro al Postor GEYER KABEL PERU S.A.C. teniendo en cuenta que las caracteristicas tecnicas fundamentales del cable tales como tension de servicios, MORDAZA, calibre Nº de hilos, espesor de

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10039

Declaran nula adjudicacion directa publica sobre adquisicion de cables de energia para mejoramiento de pavimentos del Aeropuerto de Pucallpa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 325-2005-MTC/02 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005

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