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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2005 (30/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 3

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G35/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 30 de mayo de 2005 (30) días calendario al plazo de 45 días calendario esta- blecido en el artículo 4º de la Resolución MinisterialNº 187-2005-JUS; Que, por las razones expuestas en la citada acta y lo solicitado en el Oficio Nº 007-2005-JUS/CET, por la Pre-sidenta de dicha Comisión Especial de Trabajo, resulta justificado y procedente otorgar la ampliación de plazo para la elevación del Informe Final al Despacho Ministe-rial; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Le- gislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993 y Decreto Su-premo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar en treinta (30) días calen- dario el plazo establecido en el artículo 4º de la Resolu- ción Ministerial Nº 187-2005-JUS, para que la Comisión Especial de Trabajo encargada de elaborar un Plan Inte-gral de Salud para los internos que se encuentran reclui- dos en los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacio- nal, eleve el correspondiente Informe Final al DespachoMinisterial. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 09979 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D /G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61 /G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 244-2005-JUS Lima, 27 de mayo de 2005 Visto el Oficio Nº 1254-2005-JUS-PPMJ, de fecha 6 de mayo del 2005, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia;CONSIDERANDO: Que, del Informe Especial Nº 005-2003-INPE-05.03, de fecha 14 de febrero de 2003, de la Oficina de Auditoría General del Instituto Nacional Penitenciario, se evidenciaque ante la oficina de Recursos Humanos de dicha institu- ción, un ex servidor del Área de Transportes de la Sede Central, presentó un cerificado médico supuestamente fal-sificado con el fin de justificar 2 días de inasistencia; Que, mediante Oficio Nº 304-2005-INPE/01 de fecha 6 de mayo de 2005, la Presidencia del Instituto NacionalPenitenciario remitió a la Procuraduría Pública encarga- da de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el Informe Nº 135-2005-INPE/06 de fecha 12 de abril de2005 de la Oficina General de Asesoría Jurídica del INPE con la documentación sobre los indicios de comisión de delito a efectos de que se expida la Resolución Ministe-rial que autorice iniciar las acciones legales; Que, existen indicios razonables que hacen presu- mir la comisión del delito contra la Fe Pública, en la mo-dalidad de falsificación de documentos, por lo que co- rresponde autorizar al Procurador Público, para que en representación y defensa de los intereses del Estadointerponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º delDecreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 - Ley del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado porDecreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inter-ponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables, conforme a los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, parasu conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 09981 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU