Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

Nº 004-2005-SENAMHI-OGA-OAS a la Oficina de Asesoria Juridica, en el que se sustenta que la adquisicion de los radiosondas RS92-SGP se efectue directamente al fabricante de los equipos Radio Viento Sonda, por estandarizacion y por que los bienes no admiten sustitutos; a fin de que elabore su informe legal sustentando la exoneracion del MORDAZA de seleccion; Que, la Oficina de Asesoria Juridica con el Oficio Nº 297-SENAMHI-OAJ/2005 del 25 de octubre del 2005 remite el Informe Legal Nº 004-SENAMHI-OAJ/2005, recomendando que la adquisicion de los materiales se efectue directamente a la Cia. VAISALA OYJ fabricante de los equipos de Radio Viento Sonda; teniendo en cuenta la normatividad de los procesos de adquisicion de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que es necesario determinar los procedimientos establecidos por Ley, para la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa; De conformidad con el inciso f) del Articulo 19º, y con el inciso a) del Ar ticulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM de fecha 29 de noviembre del 2004, que establecen que cuando los bienes no admiten sustitutos, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; y contando con el Informe Tecnico-Economico emitido por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, el Informe Legal emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, con la visacion del Director de la Oficina General de Administracion y con la opinion del Director Tecnico del SENAMHI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0022-2005-SENAMHI, para la adquisicion de radiosondas RS92-SGP directamente a la Cia. VAISALA OYJ de Finlandia, por ser el fabricante; por estandarizacion y por cuanto los bienes a adquirir no admiten sustitutos; bajo los INCOTERMS-200 CIP-Callao, Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", Lima-Peru"; de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM CANTIDAD ESPECIFICACIONES TECNICAS Radiosondas completos para equipos RWS Codigo RS92-SGP Importe Total CIP-Callao, Lima-Peru : P. UNIT. P. TOTAL

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005
DECRETO SUPREMO Nº 147-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, mediante la Ley Nº 28382 se amplia hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) el monto de la Linea de Credito Extraordinaria Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nacion al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96; Que, el numeral 3.3 del articulo 3º de la Ley senalada en el parrafo anterior, establece que las incorporaciones presupuestales de recursos de la citada linea de Credito seran aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y previa opinion de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la poblacion como en la economia nacional, incorporando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 531 689.00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo a lo presentado por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, en cumplimiento de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 510-2005-EF/ 10, que establece criterios y procedimientos para la incorporacion de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la Linea de Credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, ha sustentado la necesidad de ejecucion de intervenciones a cargo de un pliego presupuestario para afrontar eficaz y eficientemente las tareas que en estas circunstancias les compete; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la Linea de Credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI; DECRETA: Articulo 1º.- Autoriza Credito Suplementario Incorporase via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 531 689.00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)

1.-

36 Und.

212.50

7,650.00 MORDAZA 7,650.00

Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del SENAMHI, para llevar a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por Exoneracion Nº 0004-2005-SENAMHI, hasta por el importe total de MORDAZA 7,650.00 que al MORDAZA de cambio de 4.30 da el monto total aproximado de Treinta y dos mil ochocientos noventa y cinco y 00/ 100 Nuevos Soles (S/. 32,895.00); los mismos que se encuentran financiados con Recursos Ordinarios, debiendo celebrarse el contrato de adquisicion con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias de ley. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administracion, remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion, a la Contraloria General de la Republica, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y al Viceministerio de Asuntos Logisticos y de Personal del Ministerio de Defensa; asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOTTA Jefe del SENAMHI 18628

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO 4.00 4.1.0 4.1.1 FINANCIAMIENTO OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO 4.1.1.001 Operaciones Oficiales de Credito Interno-Banco de la Nacion TOTAL DE INGRESOS 1 531 689.00 1 531 689.00

1 531 689.00 ____________ 1 531 689.00 ===========

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