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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (04/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G33/G35/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de noviembre de 2005 Nº 004-2005-SENAMHI-OGA-OAS a la Oficina de Asesoría Jurídica, en el que se sustenta que la adquisición de los radiosondas RS92-SGP se efectué directamente al fabricante de los equipos Radio VientoSonda, por estandarización y por que los bienes no admiten sustitutos; a fin de que elabore su informe legal sustentando la exoneración del proceso deselección; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica con el Oficio Nº 297-SENAMHI-OAJ/2005 del 25 de octubre del 2005remite el Informe Legal Nº 004-SENAMHI-OAJ/2005, recomendando que la adquisición de los materiales se efectúe directamente a la Cía. VAISALA OYJ fabricantede los equipos de Radio Viento Sonda; teniendo en cuenta la normatividad de los procesos de adquisición de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por loque es necesario determinar los procedimientos establecidos por Ley, para la Exoneración del Proceso de Adjudicación Directa; De conformidad con el inciso f) del Artículo 19º, y con el inciso a) del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM de fecha 29 de noviembre del 2004, que establecen que cuando los bienes no admitensustitutos, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; y contando con el Informe Técnico-Económico emitidopor la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, el Informe Legal emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, con la visación del Director de la OficinaGeneral de Administración y con la opinión del Director Técnico del SENAMHI; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 0022-2005-SENAMHI, para la adquisición de radiosondas RS92-SGPdirectamente a la Cía. VAISALA OYJ de Finlandia, por ser el fabricante; por estandarización y por cuanto los bienes a adquirir no admiten sustitutos; bajo losINCOTERMS-200 CIP-Callao, Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”, Lima-Perú”; de acuerdo al siguiente detalle: ÍTEM CANTIDAD ESPECIFICACIONES P. UNIT . P. TOTAL TÉCNICAS 1.- 36 Und. Radiosondas completos para equipos RWS Código RS92-SGP 212.50 7,650.00 Importe Total CIP-Callao, Lima-Perú : EURO 7,650.00 Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del SENAMHI, para llevar a cabo el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía por Exoneración Nº 0004-2005-SENAMHI,hasta por el importe total de EURO 7,650.00 que al tipo de cambio de 4.30 da el monto total aproximado de Treinta y dos mil ochocientos noventa y cinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 32,895.00); los mismos que se encuentran financiados con Recursos Ordinarios, debiendo celebrarse el contrato de adquisición conlos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías de ley. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administración, remita copia de la presente Resolución y de los informes que sustentan esta exoneración, a la Contraloría General de la República, al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado y al Viceministerio de Asuntos Logísticos y de Personal del Ministerio de Defensa; así como su publicación en elDiario Oficial El Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN JESÚS OVIEDO MOTTA Jefe del SENAMHI 18628ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G53/G75/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 DECRETO SUPREMO Nº 147-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego Instituto Nacionalde Defensa Civil; Que, mediante la Ley Nº 28382 se amplía hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 50 000 000,00) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al Instituto Nacional de DefensaCivil - INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96; Que, el numeral 3.3 del artículo 3º de la Ley señalada en el párrafo anterior, establece que las incorporaciones presupuestales de recursos de la citada línea de Crédito serán aprobadas mediante Decreto Supremo refrendadopor el Ministro de Economía y Finanzas a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público y previa opinión de la Dirección Nacionaldel Presupuesto Público; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el país,a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la población como en la economía nacional, incorporando para el efecto parte de los citadosrecursos por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 531 689.00),a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo a lo presentado por la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, encumplimiento de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 510-2005-EF/ 10, que establece criterios y procedimientos para laincorporación de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la Línea de Crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, ha sustentado la necesidad de ejecución deintervenciones a cargo de un pliego presupuestario para afrontar eficaz y eficientemente las tareas que en estas circunstancias les compete; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la Línea de Crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Crédito Suplementario Incorpórase vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 531 689.00), de acuerdoal siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 4.00 FI NANCIAMIENTO 1 531 689.00 4.1.0 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO 1 531 689.00 4.1.1 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 4.1.1.001 Operaciones Oficiales de Crédito Interno-Banco de la Nación 1 531 689.00 ____________ TOTAL DE INGRESOS 1 531 689.00 ===========