Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

Pag. 303588

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de Alcance Regional, incluidos en el Decreto Supremo Nº 0382004-PCM", aprobada por Resolucion Presidencial Nº 057CND-P-2004 establece que los "Fondos, Proyectos y Programas" a que se refiere dicha MORDAZA deben entenderse referidos, en el caso del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al Equipo Mecanico, a los Embarcaderos Fluviales y Lacustres, y a los Proyectos de Caminos Rurales a cargo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL. La citada Directiva dispone, ademas, la obligacion de las Entidades del Gobierno Nacional de conformar una Comision de Transferencia de Entrega de los Fondos, Proyectos y Programas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 553-2004MTC/01 de fecha 20 de MORDAZA de 2004, se conformo la Comision de Transferencia de Entrega a los Gobiernos Regionales y Locales de los Fondos, Proyectos y Programas del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL - del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establecidos en el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el citado Decreto, asi como de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-CND-P2004, aprobada por Resolucion Presidencial Nº 057CND-P-2004; Que, el tercer y MORDAZA considerando de la mencionada Resolucion estan referidos a la transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Asimismo, el MORDAZA considerando de la citada MORDAZA senala que es necesario conformar la Comision de Transferencia de Entrega para la transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos, Proyectos y Programas a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones establecidos en el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM; Que, por otro lado, conforme al articulo 1º de dicha Resolucion, la Comision de Transferencia de Entrega esta conformada, entre otros, por el Director General de Caminos y Ferrocarriles, el Director General de Transporte Acuatico y el Director Ejecutivo del PROVIAS RURAL; es decir, por los responsables de los Fondos, Proyectos y Programas objeto de la transferencia, conforme lo dispone la Directiva Nº 002-CND-P-2004; Que, sin embargo, el primer considerando de la Resolucion Ministerial MORDAZA mencionada hace alusion a la transferencia de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de Alcance Regional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL - del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Asimismo, el articulo 1º de la citada Resolucion dispone la conformacion de la Comision de Transferencia de Entrega a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos, Proyectos y Programas del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL - del Ministerio de Transportes y Comunicaciones establecidos en el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM; Que, de la lectura del primer considerando y del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 553-2004-MTC/ 01 se advierte que MORDAZA disposiciones contienen un error material al referirse a los Fondos, Proyectos y Programas del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL - del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuando realmente se refieren a los Fondos, Proyectos y Programas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision. Asimismo, el citado articulo dispone que la rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original; Que, en tal sentido, resulta conveniente rectificar el error material contenido en el primer considerando y en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 553-2004-MTC/01; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Articulo Unico.- Rectificar el error material contenido en el primer considerando y en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 553-2004-MTC/01, debiendo entenderse que la Comision designada con dicha Resolucion, es la Comision de Transferencia de Entrega de los Fondos, Proyectos y Programas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18604

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 772-2005-MTC/02 MORDAZA, 31de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia N° 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y MORDAZA parrafo del articulo 1° de la Ley N° 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibicion que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes seran autorizados a traves de resolucion del Titular del Pliego respectivo, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Lan Peru S.A., con Carta GOP/INST/ 792/10/05, del 14 de octubre de 2005, en el MORDAZA del Procedimiento N° 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar un chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE de la MORDAZA de MORDAZA, a su personal aeronautico propuesto, durante el dia 7 de noviembre de 2005;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.