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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (04/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G35/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de noviembre de 2005 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no dará derechos a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 18648 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G39/G33/G39/G2D/G52/G45/G20/G71/G75/G65 /G64/G65/G73/G69/G67/G6E/GF3/G20 /G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F/G20 /G43/G69/G76/G69/G6C/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G61/G52/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G41/G4F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1182-2005-RE Lima, 27 de octubre de 2005 CONSIDERANDO:Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas el Ministerio de Relaciones Exteriores puede designar agregados a sus Representaciones Permanentes en el Exterior, dentro de los límites que establece el Decreto Ley Nº 25957; Que los agregados cualquiera que sea su naturaleza, dependerán del Jefe de Misión, actuarán en toda gestión que compete a su especialización y deben cumplir además las instrucciones que les sean impartidas; Que en la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, con sede en Roma, República Italiana, se requiere contar con los servicios de un especialista en el área administrativa; Que mediante Resolución Ministerial Nº 0939-RE de 7 de setiembre de 2005, se designó en el cargo de confianza de Agregado Civil, Nivel F-1, al señor Fernan Guillermo Valer Carpio, en la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, con sede en Roma, República Italiana, a partir del 1 de setiembre de 2005; Que es necesario corregir el nombre del citado funcionario, por ser su nombre correcto el de Fernan Valer Carpio, y establecer nueva fecha para que asuma funciones a partir del 1 de enero de 2006, por necesidad del servicio; De conformidad con los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Ley Nº 25957 que rige las designaciones del personal de confianza; y la Resolución Suprema Nº 0269-RE, de 28 de junio de 1995; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar el nombre del funcionario designado en la Resolución Ministerial Nº 0939-RE, de 7 de setiembre de 2005, en el cargo de confianza de Agregado Civil; Nivel F-1, en la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, con sede en Roma, República Italiana, del modo siguiente: - Señor Fernan Valer Carpio.Artículo Segundo.- Fijar el 1 de enero de 2006, como la nueva fecha en la que deberá asumir funciones el señor Fernan Valer Carpio en la Representación del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 18649/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G58/G58/G56/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G75/G65/G62/G6C/G6F/G73/G20/G49/G6E/G64/GED/G67/G65/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G4C/G61/G74/G69/G6E/G61/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G43/G61/G72/G69/G62/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1183-2005-RE Lima, 27 de octubre de 2005 VISTA:La Nota RE (SME-DGD) Nº 7-10-N/7, del 7 de setiembre de 2005, a través de la cual el Ministerio de Relaciones Exteriores - Subsecretaría de Asuntos Multilaterales- formaliza el ofrecimiento del Perú para ser sede de la XXV Reunión del Consejo Directivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, que se llevará a cabo los días 16 y 17 de febrero de 2006; La Nota de fecha 4 de octubre de 2005, a través de la cual el Presidente del Consejo Directivo del Fondo Indígena, señor Jaime Andrade Guenchocoy, agradece la disposición del Perú para ser sede de la indicada reunión. CONSIDERANDO:Que, la ciudad del Cusco es sede de la XXV Reunión del Consejo Directivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, que se llevará a cabo los días 16 y 17 de febrero de 2006; Que, se trata de un evento regular de un órgano de gobierno del Fondo Indígena, en el cual se abarcarán los asuntos de una agenda preestablecida y se adoptarán las resoluciones para la marcha del organismo; Que, la realización de este evento en nuestro país guarda concordancia con la prioridad que asigna nuestro gobierno al tema indígena que, además, contribuye a fortalecer nuestro posicionamiento internacional sobre la materia; Que, en dicha reunión participarán los once miembros del Consejo Directivo del Fondo Indígena integrado por representantes de Bélgica, Brasil, Chile, España, Guatemala y Portugal y de los pueblos indígenas de Belice, Colombia, El Salvador, México, Perú y Venezuela; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Oficializar el evento "XXV Reunión del Consejo Directivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe", que se llevará a cabo en la ciudad de Cusco, del 16 al 17 de febrero de 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 18650 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E /G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G56/G49/G49/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G42/G69/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G61/G63/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1193-2005-RE Lima, 31 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Ecuador ha propuesto que la VII Reunión del Comité Técnico Binacional de Facilitación del Turismo Perú-Ecuador se