Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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INTERIOR
Ascienden MORDAZA PNP al grado de Capitan a Titulo Postumo
RESOLUCION SUPREMA Nº 0536-IN/PNP MORDAZA, 3 de noviembre del 2005 VISTO, la Nota Informativa Nº 1076-2005-IDIRTEPOL-CEOPOL de 21OCT2005, dando cuenta sobre el fallecimiento del MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALSIN, en "Accion de Armas". CONSIDERANDO: Que, de las investigaciones preliminares realizadas, se ha llegado a determinar que el 21OCT2005 a horas 06.00 aproximadamente, en circunstancias que el MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALSIN, Comisario de MORDAZA MORDAZA, de la I - DIRTEPOL MORDAZA, viajaba a bordo del vehiculo de la Empresa de Transporte Interprovincial "Albahaca", con placa de rodaje Nº VG-5346, que se desplazaba de la localidad de MORDAZA MORDAZA a MORDAZA, al llegar a la altura del Caserio MORDAZA El MORDAZA - Morropon, fueron victimas del Delito Contra el Patrimonio, motivando la inmediata y valerosa reaccion del citado Oficial Subalterno, quien se llego a enfrentar a los presuntos delincuentes comunes, a pesar de la superioridad numerica y de potencia de fuego de estos, produciendose un enfrentamiento armado, resultando herido de bala al igual que CUATRO (4) pasajeros, evitando que se consumara el ilicito penal y propiciando la huida de los malhechores; luego de lo cual el Oficial fue trasladado al Hospital Regional "Cayetano Heredia" de MORDAZA, en donde el medico de turno certifico que "llego cadaver"; habiendo demostrado el citado efectivo policial con su accionar, un acendrado profesionalismo, alto grado de preparacion, arrojo, valentia, coraje, decision, MORDAZA, vocacion de servicio, MORDAZA de sacrificio, eficiencia y eficacia en el ejercicio de sus funciones especificas, habiendo excedido el normal cumplimiento del deber, a tal punto de sacrificar su propia MORDAZA, en la lucha frontal contra la delincuencia y el crimen organizado, en salvaguarda de la Seguridad Ciudadana y para el mantenimiento MORDAZA Social, frustrando un Asalto y Robo a Mano Armada en Banda, lo cual ha contribuido para enaltecer y elevar el prestigio y la buena imagen de la Policia Nacional del Peru; Que, es deber del Estado, especialmente del Comando Institucional, resaltar y reconocer la meritoria accion policial efectuada; en el presente caso el mencionado MORDAZA PNP ofrendo su MORDAZA dando fiel cumplimiento a la mision encomendada por la Superioridad, por tal motivo el Sr. General de Policia, Director General de la PNP, ha recomendado otorgarle el ascenso al grado inmediato superior, en uso de la facultad potestativa que le confiere el articulo 12º de la Ley Nº 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru, concordante con el articulo 14º numeral 14.1.6 de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 008-2000-IN de 4OCT2000; Que, estando a lo prescrito en el articulo 168º de la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 10º del Reglamento del Decreto Ley Nº 19846 - Ley de Pensiones Militar Policial, aprobado por D.S. Nº 09-87-DE-CCFFAA de 17DIC87 y en el articulo 15º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 745 - Ley de Situacion Policial del Personal de la PNP; Lo propuesto por el senor General Director de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el senor General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar de Baja por fallecimiento en "Accion de Armas" y ascender a Titulo Postumo, al grado de CAPITAN PNP, al MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALSIN, con fecha 21OCT2005; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- Autorizar a las Direcciones de Recursos Humanos, de Economia y Finanzas, de Logistica y de Bienestar de la Policia Nacional del Peru, para que accionen en las areas de su competencia. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 18730

JUSTICIA
Modifican el Reglamento de Formalizacion de la Propiedad Informal de Terrenos ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares, aprobado por D.S. Nº 005-2005-JUS
DECRETO SUPREMO Nº 015-2005-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28391 - Ley de Formalizacion de la Propiedad Informal de Terrenos ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares, se declara de preferente interes nacional la formalizacion de la propiedad informal, con su respectiva inscripcion registral respecto de los terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales, urbanizaciones populares y toda otra forma de posesion, ocupacion o titularidad informal de predios que esten constituidos sobre inmuebles de propiedad estatal, con fines de vivienda; Que, segun Decreto Supremo Nº 005-2005-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de marzo de 2005, se aprobo el Reglamento de Formalizacion de la Propiedad Infor mal de Terrenos ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares; Que, de la ejecucion de las normas reglamentarias MORDAZA citadas, se ha podido determinar la conveniencia de precisar los instrumentos que dan merito a la inscripcion de los actos que se generen en el MORDAZA de formalizacion, sin que se pueda exigir documentos adicionales a los regulados en la MORDAZA, simplificando la calificacion de dichos titulos y haciendo predecible el resultado de aquella; Que, por otro lado, compete a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, organizar, dirigir y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros que conforman el Sistema, encontrandose en aptitud de verificar en su archivo registral si los poseedores de predios, objeto de formalizacion, cuentan con otras propiedades inscritas, a nivel nacional, independientemente de su uso, emitiendo las certificaciones respectivas, acorde con lo establecido en la Ley Nº 26366 y su Estatuto, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; Que, asimismo, resulta necesario realizar la transferencia de las areas reservadas, lotes calificados como abandonados o vacios y lotes declarados de libre disposicion, que se encuentran registrados a nombre de COFOPRI en el Registro de Predios, debiendose constituir una Comision para que elabore las normas reglamentarias correspondientes; Que, la Decimo Tercera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento a que se refiere el considerando anterior establece que el Ministerio de Justicia podra emitir las normas complementarias necesarias para la formalizacion de la propiedad;

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