Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion N°s. 29288 y 29289, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion N° 2043-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA Mecklenburg Raschio, para realizar un chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE, al personal aeronautico propuesto por la empresa Lan Peru S.A., en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 6 al 7 de noviembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley N° 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo tecnico a que se contrae la Orden de Inspeccion N° 2043-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley N° 27619, el Decreto de Urgencia N° 015-2004 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Mecklenburg Raschio, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 6 al 7 de noviembre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion N°s. 29288 y 29289, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 400.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Articulo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18602

TIGRE S.R.L., con R.U.C. Nº 20409052437, requiriendo permiso de operacion para prestar servicio de transporte fluvial comercial de carga general, en trafico irregular, en el ambito nacional, en los MORDAZA de la Hoya Amazonica; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir, modificar y/o ampliar los permisos de operacion a las personas naturales o juridicas nacionales que lo soliciten; Que, FORESTAL MORDAZA Y SERVICIOS DEL TIGRE S.R.L. ha cumplido con los requisitos establecidos por el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC, en merito a lo cual cuenta con la opinion favorable emitida por el Director de Servicios Portuarios, Actividades Navieras y Multimodal y del Asesor Legal, mediante los Informes Nºs.396-2005-MTC/13.02 y 288-2005-MTC/ 13.al, respectivamente, por lo que resulta procedente expedir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley N° 27791, con el Decreto Legislativo N° 560 y con los Decretos Supremos N° 0052001-MTC, N° 041-2002-MTC y N° 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de FORESTAL MORDAZA Y SERVICIOS DEL TIGRE S.R.L., para prestar servicio de transporte fluvial comercial, en la forma siguiente: AMBITO TRAFICO MODALIDAD : Nacional o cabotaje : Irregular; en los MORDAZA de la hoya amazonica : Carga general

Otorgan permiso a favor de Forestal MORDAZA y Servicios del Tigre S.R.L. para prestar servicio de transporte fluvial comercial
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 131-2005-MTC/13 MORDAZA, 21 de octubre de 2005 Vista la solicitud (Expediente N° 2005-021605) presentada por FORESTAL MORDAZA Y SERVICIOS DEL

Articulo 2º.- El servicio de transporte sera atendido con la embarcacion denominada M/F CANTUTA, con matricula IQ-019631-MF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion Directoral. La renovacion debera ser solicitada por la recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro de sesenta (60) dias calendario a su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado, implica la obligacion de parte del administrado que lo obtiene, de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y demas dispositivos y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer la inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, lo dispuesto por la presente Resolucion Directoral. Articulo 6º.- El permiso de operacion otorgado quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que se emita el acto administrativo correspondiente, si el administrado no cumple con la publicacion de la presente Resolucion Directoral en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la fecha de su expedicion. Articulo 7º.- El presente permiso de operacion mantendra su plena vigencia en tanto FORESTAL MORDAZA Y SERVICIOS DEL TIGRE S.R.L., cumpla con mantener vigentes las polizas de seguro correspondientes e informe de las renovaciones a la Direccion General de Transporte Acuatico y a la Autoridad Maritima competente. Articulo 8º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a las Capitanias de Puerto de Iquitos, Pucallpa y Yurimaguas y a las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Ucayali, para su conocimiento y fines. Articulo 9º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA ARAMBURU GARDENER Director General Direccion General de Transporte Acuatico 18415

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