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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (05/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 70

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G36/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de noviembre de 2005 EL GERENTE DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto, el Expediente Nº 84982-05, seguido por doña CARMEN TOMA MIYASHATO DE ARAKAKI en representación de la propietaria doña ROSA TOMA TOMA DE KANASHIRO, quien otorga Poder inscrito en la Partida Nº 11614631, Asiento 00001 con fecha 9/1/2004, del Registro de Mandatos; solicitando la Subdivisión de Lote Matriz de 195.925 m2, ubicado entre las calles San Diego Nº 605-615 e Inca, Cercado del distrito de Surquillo, de la provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, la recurrente presenta copia del Mandato otorgado por su poderdante con los requisitos exigidos por el TUPA que acrediten el derecho propietario, con la Partida Nº 47428661, Tomo 0532, Foja 351 de Registros de Predios del 10/2/2004 y la Partida Nº 47428661 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima del 17/2/2005; los Planos de Lote Matriz y Subdivisión de Lotes; y la Memoria Descriptiva en tres juegos, respectivamente; Que, con el pago del Recibo Nº 267869 de fecha 15/ 8/05, cancelado en la Tesorería de la Municipalidad por concepto de derechos cumple la interesada con lo estipulado en el TUPA aprobado por la Ordenanza Nº 084/MDS; Que, con el Informe de Inspección Ocular Nº 011-05/ SGCHU/GODU, del 14/9/2005, de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, se comprobó que el Lote Matriz de 195.925 m 2, sito en la calle San Diego Nº 605-615 y calle Inca - Surquillo; y según el Plano de propuesta y la Memoria Descriptiva, dicho Lote Matriz se divide en los Sublotes A y B conforme a las áreas, linderos y medidas perimétricas indicadas en los actuados; Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y el Reglamento Nacional de Construcciones, concordante con otras normas vigentes de la materia; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar, la Subdivisión del Lote Matriz de 195.925 m 2, ubicado en la calle San Diego Nº 601-605-615 esquina con la calle Inca s/n del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, con Zonificación I1R Zona de Vivienda Taller; conforme al área, linderos y medidas perimétricas siguientes: ÁREA SUBLOTE A. 131.605 m2 Por el Frente, con calle San Diego, con 12.80 m. Por la Derecha entrando, con el Sublote B, en línea quebrada de tres tramos; el primero de 6.65 ml; el segundo doblando a la izquierda con 3.33 ml; y el tercero doblando a la derecha con 4.82 ml. Por la Izquierda entrando, con la calle Inca, con 11.40 ml. Por el Fondo, con propiedad de terceros, con 9.79 ml. Está ubicado frente a la calle San Diego esquina con calle Inca. ÁREA SUBLOTE B. 64.320 m2 Por el Frente, con la calle San Diego, con 4.20 ml. Por la Derecha entrando, con propiedad de terceros, con 11.65 ml. Por la Izquierda entrando con el Sublote A, en línea quebrada de tres tramos; el primer tramo iniciando la calle San Diego con 6.65 ml; el segundo doblando a la izquierda con 3.33 ml; y el tercero doblando a la derecha con 4.82 ml. Por el Fondo, con propiedad de terceros, con 7.21 ml. Se encuentra ubicado frente a la calle San Diego.Artículo Segundo.- Las características de los Lotes A y B, resultantes de la Subdivisión figuran en los Planosy Memoria Descriptiva anexos que forman parte de la presente Resolución debidamente visados. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, que corre a cargo del interesado la misma que debe efectuarse dentro del plazo de 30 días, a partir de la fecha de la expedición y notificación del presente pronunciamiento. Artículo Cuarto.- Transcríbase esta Resolución al Servicio de Parques de la Municipalidad de Lima, para la revisión del aporte correspondiente, así como a la Oficina Registral de Lima y Callao para la inscripción inmobiliaria pertinente. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución y a la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas y a la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo, notificándose al recurrente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL GAILLOUR RONCAGLIOLO Gerente Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano 18627 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20 /G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73 /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G79/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G73/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G30/G33/G30/G2D/G32/G30/G30/G35 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000026 Callao, 28 de octubre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 000030-2005, se otorgaron diversos beneficios administrativos y tributarios dirigidos a facilitar el pago de las obligaciones pendientes de cancelación; Que, la Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza antes mencionada, faculta al Alcalde para establecer mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de los plazos previstos en la misma; Que, evidenciándose la voluntad de pago de los vecinos de la jurisdicción, se hace necesario prorrogar el plazo de vencimiento de los beneficios otorgados; Estando a lo dispuesto y en ejercicio de las facultades que confiere al Alcalde el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 28 de noviembre del 2005, la vigencia de la Ordenanza Nº 000030-2005. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 18629