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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G36/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de noviembre de 2005 de Mantenimiento y su Informe Técnico OSINERG- GART/DGN Nº 029-2005; Que, en dicho proyecto de Resolución, se establecieron los costos de instalación de las ERM´s y el costo de operación y mantenimiento para la ERM de Edegel S.A.A, basados en un análisis preliminar del consultor contratado, que no incluye el sustento en detalle de tales costos, debido a haber iniciado su asesoría recién en los días previos; Que, en tal sentido, el OSINERG no efectuó el suficiente sustento técnico de los costos de instalación de las ERM´s y de los costos de operación y mantenimiento de Edegel S.A.A, lo cual es cuestionado por el Concesionario en su documento OC-JEQ-05-1751 del 21 de octubre con el que presentó sus comentarios a la Resolución OSINERG Nº 337-2005-OS/C; documento en el que se señala que el OSINERG no incluyó el sustento de los costos de instalación de las ERM´s y el costo de operación y mantenimiento para la ERM de Edegel S.A.A, apreciación que debemos considerarla correcta, originada sin embargo por el corto tiempo disponible para finalizar el sustento de caso; Que, conforme lo establece el inciso 4 del Artículo 3º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, uno de los requisitos de validez de los actos administrativos lo constituye la debida motivación, en el sentido que el acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico. A este respecto, el punto 6.1 del Artículo 6º de dicha norma dispone que la motivación debe ser expresa, mediante una relación concreta y directa de los hechos probados relevantes del caso específico, y la exposición de las razones jurídicas y normativas que con referencia directa a los anteriores justifican el acto adoptado; Que, de otro lado, el Artículo 10º de la norma citada, establece como una de las causales de nulidad en su inciso 2, el defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez, salvo que se presente alguno de los supuestos de conservación del acto a que se refiere su Artículo 14º; Que, sobre el particular, el Artículo 202º de la Ley de Procedimiento Administrativo General dispone que, en cualquiera de los casos enumerados en el artículo 10º citado anteriormente, puede declararse de oficio la nulidad de los actos administrativos, aun cuando hayan quedado firmes, siempre que agravien el interés público; Que, asimismo, en aquellos casos en que se trate de un acto emitido por una autoridad que no está sometida a subordinación jerárquica, la nulidad de oficio será declarada también por resolución del mismo funcionario; Que, se han expedido el Informe Técnico OSINERG- GART/DGN 033-2005 de la División de Gas Natural y los Informes OSINERG-GART-AL-2005-168 y OSINERG-GART-AL-2005-169 de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG, que complementan la motivación que sustenta la decisión del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Artículo 3º, Numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, y a las facultades concedidas por el Reglamento General del OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar la nulidad de oficio de la Resolución OSINERG Nº 337-2005-OS/CD debiéndose retrotraer el Procedimiento Regulatorio para la Fijación de los Topes Máximos de Acometida y los Cargos para su Mantenimiento, aplicables al período 2005 - 2008 para la Concesión de Distribución de Gas Natural de Lima y Callao, a la etapa establecida en el ítem g) del Anexo I del procedimiento contenido en la Norma “Procedimiento para Fijación de Precios Regulados”. Artículo 2º.- Establecer como fecha máxima para la prepublicación del proyecto de resolución que fija los Topes Máximos de Acometida y los Cargos para su Mantenimiento aplicables al período 2005 - 2008 para la Concesión de Distribución de Gas Natural de Lima y Callao, el día 18 de noviembre del 2005.Artículo 3º.- Disponer que las etapas posteriores a la prepublicación del proyecto de resolución a que se refiere el artículo anterior, se reiniciarán considerando como fecha de referencia el día de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de dicho proyecto de resolución. Artículo 4º.- Dispóngase la publicación, en el Diario Oficial El Peruano y en la página WEB del OSINERG, de la presente resolución. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 18737 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERG Nº 394-2005-OS/CD Mediante Oficio Nº 12028-2005-OSINERG-GFH-UTT el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo OSINERG N 394-2005-OS/CD,publicada en la edición del 29 de octubre de 2005. En el Anexo AArtículo 4º.- DICE: ... se ejecutará de acuerdo al siguiente cronograma: Fecha de Zona Unidades Inicio Productores, Importadores, Transportistas Distribuidores a Granel de GLP, Plantas de Abastecimiento de GLP, Plantas Envasadoras, 02/11/2005 Nivel Nacional Establecimientos de Venta al Público de Combustibles, Distribuidores a Granel, Establecimientos de Venta al Público de GLPpara uso automotor (Gasocentros), Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular …… … DEBE DECIR: ... se ejecutará de acuerdo al siguiente cronograma: Fecha de Zona Unidades Inicio Productores, Importadores, Distribuidores Mayoristas, Transportistas Distribuidores a Granel de GLP, Plantas de de Abastecimiento 01/12/2005 Nivel Nacional de GLP, Plantas En vasadoras, Establecimien- tos de Venta al Público de Combustibles, Establecimientos de Venta al Público de GLPpara uso automotor (Gasocentros), Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular …… … En el Anexo B DICE: Fecha de Inicio Zonificación Tipo de Agentes …… … - EE.SS y Gasocentros 01/02/2006 Nivel Nacional - Gasocentros - Transportistas Distribuidores a Granel …… … Departamento de Lima y 01/09/2006 Provincia Constitucional - Locales de Venta del Callao 01/10/2006 Nivel Nacional - Locales de Venta