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PÆg. 303695 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de noviembre de 2005 cuyo resultado se obtendrá la destinación final del producto. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General (e)Dirección General de Sanidad VegetalServicio Nacional de Sanidad Agraria 18798 Establecen requisitos fitosanitarios en la importación de flores frescas cortadas procedentes de Colombia RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 435-2005-AG-SENASA-DGSV Lima, 2 de noviembre de 2005 VISTO: El Informe Técnico Nº 78-2005-AG-SENASA-DGSV- DDF, el cual propone los requisitos fitosanitarios deimportación de flores frescas cortadas procedentes deColombia; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27322 "Ley Marco de Sanidad Agraria", se establece que la importación de plantas, productosvegetales y otros artículos reglamentados capaces deintroducir o propagar plagas, deberán sujetarse a lasdisposiciones que establezca el Servicio Nacional deSanidad Agraria - SENASA, como Autoridad Competente; Que, de conformidad con el Artículo 36º del Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, del 29 de julio del 2001,Reglamento General de la Ley Marco de Sanidad Agraria,los requisitos fitosanitarios aplicables a la importación deplantas, productos vegetales y otros artículosreglamentados, deberán ser aprobados medianteResolución del Órgano de Línea correspondiente; Que, a solicitud del Instituto Colombiano Agropecuario - ICA de Colombia y teniendo como base las normasSubregionales de la Comunidad Andina en la materia, seha realizado la evaluación de las potenciales plagascuarentenarias, con el fin de proponer requisitosfitosanitarios que aseguren un nivel adecuado deprotección fitosanitaria; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y conla visación del Director General de Asesoría Jurídica; RESUELVE:Artículo Único.- Establézcanse los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaciónde flores frescas cortadas procedentes de Colombia, dela siguiente manera: 1.Que el envío cuente con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por elimportador o interesado, previo a la certificación yembarque en el país de origen o procedencia. 2.Que el envío venga amparado por un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen, sin declaracionesadicionales. 3.Inspección Fitosanitaria en el punto de ingreso al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General (e)Dirección General de Sanidad VegetalServicio Nacional de Sanidad Agraria 18780MINCETUR Autorizan viaje de funcionario de PROMPEX a Repœblica Popular China para participar en las Ferias "China Fisheries Seafood Expo" y "AquacultureChina 2005" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 331-2005-MINCETUR/DM Lima, 28 de octubre de 2005 Visto el Oficio Nº 1306-2005-PROMPEX/DE del Director Ejecutivo de la Comisión para la Promoción deExportaciones - PROMPEX; CONSIDERANDO:Que, PROMPEX, de conformidad con el artículo 4º de su Reglamento de Organización y Funciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, tiene como finalidad promover lasexportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo asu posicionamiento en el mercado internacional, a travésde una acción concertada con el sector privado y lasdiferentes instituciones públicas relacionadas con elcomercio exterior del país, buscando el desarrollosostenible de las exportaciones en base al crecimiento ydiversificación de la oferta exportable peruana, lacapacidad de gestión de las empresas exportadoras yla apertura y consolidación de los mercados deexportación; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, para la promoción de las exportaciones de bienes yservicios peruanos y mejora de la oferta exportable, seencuentra su participación conjuntamente con empresasexportadoras peruanas, en Misiones Empresariales,Ruedas de Negocios y Ferias EspecializadasInternacionales, de conformidad con lo establecido en elnumeral 10) del artículo 5º de su Reglamento deOrganización y Funciones; Que, las Ferias “China Fisheries Seafood Expo” y “Aquaculture China 2005” se realizarán en la ciudad deGuangzhou - República Popular China, del 10 al 12 denoviembre del 2005, organizadas por el China Councilfor the Promotion of Internacional Trade y Sea FareExpositions, Inc USA; Que, PROMPEX ha programado su participación en tales eventos, con el objetivo de difundir información sobrela oferta pesquera peruana en el mercado asiático, asícomo atender consultas sobre diferentes productos dela pesca y la acuicultura, llevando a cabo acciones deinteligencia comercial y reuniones con diversasinstituciones intergubernamentales participantes endichas ferias; Que, por ser de interés institucional, el Director Ejecutivo de PROMPEX solicita que se autorice el viajede un profesional, para que en su representación,participe en dichos eventos; Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio deComercio Exterior y Turismo, establece que PROMPEX,es un Organismo Público Descentralizado del sectorComercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCMy el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero José Quiñones Baltodano, Gerente de Pesca y Acuicultura dePROMPEX, a la ciudad de Gunagzhou, República Popularde China, del 6 al 14 de noviembre del 2005, para losfines señalados en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al