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PÆg. 303700 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de noviembre de 2005 RELACIONES EXTERIORES Aprueban Inafectación del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo corres- pondientes a diversas donaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1203-2005-RE Lima, 31 de octubre de 2005 Visto los Expedientes Nºs. 3547 y 7635/2005, presentado por la Fundación Cuna Nazareth, mediantelos cuales solicita la Inafectación del Impuesto General alas Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)respecto a las donaciones recibidas de EmmausInternational. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivoal Consumo -ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, Fundación Cuna Nazareth, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce laAgencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI,de conformidad con la Directiva de procedimientos deaceptación y aprobación, internamiento de donacionesde carácter asistencial o educacional provenientes delexterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación sin fecha, legalizado por el Consulado General del Perú en París, Repúblicade Francia, se observa que Emmaus International haefectuado donaciones a favor de la Fundación CunaNazareth; Que, los bienes donados consisten en trescientos (300) bultos de ropa usada, veinte (20) cajas de zapatos,veinte (20) cajas de sábanas y tres (3) cajas deelectrodomésticos, con un peso manifestado de 16,000kilogramos y un valor FOB aproximado de US$ 1,250.00(un mil doscientos cincuenta y 00/100 dólaresamericanos), donación que será utilizada para uso delos niños de las cunas: Nazareth, Santa Teresa de Villa yNazareth Delicia de Villa, así como también a los padresde familia, organizaciones populares e instituciones debien social de la localidad de Chorrillos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere elprimer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar las donacionesefectuadas por Emmaus International, a favor de laFundación Cuna Nazareth; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a las donaciones efectuadas por Emmaus International, afavor de la Fundación Cuna Nazareth, consistente entrescientos (300) bultos de ropa usada, veinte (20)cajas de zapatos, veinte (20) cajas de sábanas y tres(3) cajas de electrodomésticos, con un pesomanifestado de 16,000 kilogramos y un valor FOBaproximado de US$ 1,250.00 (un mil doscientoscincuenta y 00/100 dólares americanos), donación queserá utilizada para uso de los niños de las cunas:Nazareth, Santa Teresa de Villa y Nazareth Delicia deVilla, así como también a los padres de familia,organizaciones populares e instituciones de bien socialde la localidad de Chorrillos; Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT y al interesado, para los efectos a que secontrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro delos plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 18808 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1204-2005-RE Lima, 31 de octubre de 2005 Visto el Expediente Nº 7900-2005, presentado por el Centro de Promoción Social de la Iglesia (PROSOI),mediante el cual solicita la Inafectación del ImpuestoGeneral a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo alConsumo (ISC) respecto a la donación recibida deEmmaus International. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivoal Consumo -ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución' Ministerialdel Sector correspondiente; Que, Centro de Promoción Social de la Iglesia (PROSOI), se encuentra inscrita en el Registro deIPREDA que conduce la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional -APCI, de conformidad con la Directiva deprocedimientos de aceptación y aprobación,internamiento de donaciones de carácter asistencial oeducacional provenientes del exterior, aprobada porDecreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 16 de marzo de 2004, legalizado por el Consulado Generaldel Perú en París, República de Francia, se observaque Emmaus International ha efectuado una donacióna favor del Centro de Promoción Social de la Iglesia(PROSOI); Que, los bienes donados consisten en doscientos noventa y un (291) bultos con ropa usada, cinco (5)bultos con juguetes y cinco (5) cajas con vajilla, con unpeso manifestado de 13,120 kilogramos y un valor FOBaproximado de EUR 5,750.00 (cinco mil setecientoscincuenta y 00/100 euros), donación que servirá paraapoyar gratuitamente a las familias de menos recursoseconómicos del departamento de Piura, especialmente