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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G37/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 8 de noviembre de 2005 SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del ingeniero MARCO ANTONIO OHAMA PAREDES, como Presidente del Directorio de la Sociedad deBeneficencia Pública de Chiclayo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 18869 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 733-2005-MIMDES Lima, 7 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97- PROMUDEH modificado por Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobó la conformación de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social, los cuales están integrados, entreotros, por dos representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, con Resolución Ministerial Nº 442-2004-MIMDES de fecha 22 de julio de 2004, se designó al abogado LUIS CARLOS CABRERA CABADA, como Presidente delDirectorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo; Que, es necesario dar por concluida la citada designación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793; en la Ley Nº 26918; en el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; y en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEHmodificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003- MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del abogado LUIS CARLOS CABRERA CABADA, como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo, dándosele las gracias por los serviciosprestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 18870 RELACIONES EXTERIORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G49/G6E/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G65 /G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20 /G53/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20 /G61/G6C/G20 /G43/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G6F /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1212-2005-RE Lima 31 de octubre de 2005 Visto el Expediente Nº 7366-2005, presentado por la Asociación de Prevención de Ceguera Iquitos 2000 - ASPRECE, mediante el cual solicita la Inafectación delImpuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) respecto a las donaciones recibidas de Christoffel Blindenmission e. V.; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por DecretoSupremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades eInstituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU)nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas enel Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sectorcorrespondiente; Que, Asociación de Prevención de Ceguera Iquitos 2000 - ASPRECE, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad conla Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior,aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificados de Donación de fecha 14 de abril de 2004, legalizados por el Consulado General del Perú en Hamburgo, República Federal de Alemania, se observa que ChristoffelBlindenmission e.V. ha efectuado donaciones a favor de la Asociación de Prevención de Ceguera Iquitos 2000 - ASPRECE; Que, los bienes donados consisten en un (1) bulto conteniendo instrumentos y material médicooftalmológico, con un peso manifestado de 2.90 kilogramos y un valor aproximado de EUR 999.34 (novecientos noventa y nueve y 34/100 euros),donaciones que serán destinadas a la población de escasos recursos económicos de la región; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial, laInafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar las donacionesefectuadas por Christoffel Blindenmission e.V., a favor de la Asociación de Prevención de Ceguera Iquitos 2000 - ASPRECE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a las donaciones efectuadas por Christoffel Blindenmissione. V. a favor de la Asociación de Prevención de Ceguera Iquitos 2000 - ASPRECE, consistente en un (1) bulto conteniendo instrumentos y material médicooftalmológico, con un peso manifestado de 2.90 kilogramos y un valor aproximado de EUR 999.34 (novecientos noventa y nueve y 34/100 euros),donaciones que serán destinadas a la población de escasos recursos económicos de la región. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración