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PÆg. 304114 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de noviembre de 2005 emitidos por la Subgerencia de Abastecimiento y por la Asesora Legal asignada a esa dependencia y, deconformidad a lo dispuesto en el Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM; y en el Art. 144ºde su reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, solicita la exoneración del respectivo proceso de selección; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 20º del TUO de la Ley de la materia, en el caso de municipalidades, la exoneración del proceso de selección debe formalizarsepor acuerdo del respectivo Concejo Municipal; Que, en el caso submateria, el Concejo Municipal en sesión extraordinaria de fecha 20 de octubre de 2005,después de la lectura de los informes técnico legales y del debate a que fueron sometidos, el Pleno acordó que procede exonerar conforme a ley del proceso deselección la adquisición de 10,000 galones de asfalto líquido para los fines señalados en la parte expositiva del presente acuerdo; En ejercicio de las facultades que confiere la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; ACORDÓ: Artículo 1º.- Exonerar del respectivo Proceso de Selección la adquisición de 10,000 galones de asfaltolíquido RC-250, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acuerdo; devolviéndose todo lo actuado a la Gerencia de Administración yFinanzas para que proceda de acuerdo a ley y a sus atribuciones. Artículo 2º.- Póngase en conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el presente acuerdo y el informe técnico legalsustentatorio. Dado en Trujillo, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil cinco. Regístrese, comuníquese y publíquese de acuerdo a Ley. JOSÉ MURGIA ZANNIER Alcalde 19130CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del "Convenio de Cooperación en Propiedad Intelectual entre el Gobierno de la Repœblica del Perœ y el Gobierno de la RepœblicaPopular China" De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/307, comunica que el "Convenio de Cooperación en Propiedad Intelectualentre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China" , suscrito en la ciudad de Beijing, República Popular China, el 2 dejunio de 2005 y ratificado por Decreto Supremo Nº 077- 2005-RE, de 18 de octubre de 2005, publicado el 20 de octubre de 2005. Fe de Erratas publicada el 27 de octubredel mismo año. Entró en vigencia el 2 de junio de 2005. 19095 Entrada en vigencia del "Arreglo de Lisboa Relativo a la Protección de lasDenominaciones de Origen y su Registro Internacional" De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/306, comunica que el "Arreglo de Lisboa Relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional" , adoptado el 31 de octubre de 1958, en la ciudad de Lisboa, República de Portugal, revisado en Estocolmo el 14 de julio de 1967, modificado el 28 de setiembre de 1979 y ratificado por Decreto SupremoNº 037-2005-RE, de 14 de febrero de 2005, publicado el 15 de febrero del mismo año. Entró en vigencia para el Perú el 16 de mayo de 2005 . 19098 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar susdispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formatoEPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU