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PÆg. 304103 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de noviembre de 2005 a) CERTIFICADO DE OPERACIÓN VEHICULAR.- Documento intransferible emitido por la Municipalidad que determina la operatividad del vehículo para prestar el servicio de transporte público especial en vehículos menores. b) CERTIFICADO DE OPERACIÓN DEL TRANSPORTADOR.- Documento intransferible emitido por la Municipalidad que faculta al transportador a prestarel servicio de transporte público especial en vehículos menores en una zona y vías de trabajo dentro del distrito. c) COBERTOR.- Protector ubicado en la parte posterior del vehículo menor, en donde viajan sentados los pasajeros. Puede ser de tela plastificada, fibra de vidrio o de metal. d) CONDUCTOR AUTORIZADO.- Persona natural titular de la licencia de conducir y que además cuenta con la respectiva credencial de conductor, debidamenteexpedida por la Municipalidad. e) CONSTATACIÓN DE CARACTERÍSTICAS.- Es la verificación que realiza la Municipalidad respecto delas condiciones básicas de carácter técnico de las características del vehículo menor en concordancia con la tarjeta de propiedad y la presentación interior y exteriordel vehículo, que deben de cumplir para una realización óptima del servicio especial así como de las condiciones técnicas de seguridad que debe de reunir el mismo. f) CREDENCIAL DE CONDUCTOR.- Documento expedido por la Municipalidad que autoriza al conductor a prestar el servicio especial de transporte en vehículo menor. g) DISTINTIVO VEHICULAR.- Distintivo plastificado, codificado e impreso con la descripción de “VEHÍCULO AUTORIZADO”, otorgado por la Municipalidad y que serácolocado en la parte interna derecha superior del parabrisas del vehículo, luego de haber aprobado la constatación de características. h) DEPÓSITO MUNICIPAL.- Local municipal dentro del distrito o fuera de él, donde se internan los vehículos menores por haber incurrido en una infracción sus conductores opropietarios respecto de las disposiciones que regulan el servicio especial de transporte en vehículo menor. i) FLOTA.- Número de vehículos menores auto- rizados para prestar el servicio especial de transporte de pasajeros, luego de cumplir con los requisitos señalados en la presente Ordenanza. j) INSPECTOR.- Policía Municipal debidamente capacitado, designado por la Municipalidad encargada de verificar el cumplimiento de la presente Ordenanza ydemás disposiciones vigentes. k) LICENCIA DE CONDUCIR.- Documento otorgado por la autoridad competente que autoriza a la personanatural para conducir vehículos menores con la categoría correspondiente. l) MÁSCARA PROTECTORA.- Protección de metal para el conductor, incluye el parabrisas que puede ser de plástico (mica) o vidrio transparente no astillable. m) ORDEN PRIORITARIO.- Secuencia de requisitos de calificación que en el orden establecido, se tendrán en cuenta cuando dos o más personas jurídicas soliciten prestar el servicio especial en una misma zona y vías detrabajo. n) ORGANIZACIÓN DE TRANSPORTADORES EN VEHÍCULOS MENORES.- Asociación de personas jurídicas debidamente inscritas en el Registro de Personas Jurídicas que agrupe a no menos del 35% del total de los transportadores autorizados en el distrito deSantiago de Surco. o) PAPELETA DE INFRACCIÓN.- Constancia que acredita que el transportador, sus conductores y/opropietarios han cometido una o más infracciones previstas en la presente Ordenanza. p) PARADERO.- Área demarcada en la vía pública técnicamente evaluada y autorizada por la Municipalidad para el estacionamiento temporal de los vehículos menores a la espera de pasajeros. q) PASAJERO O USUARIO. - Persona que utiliza los servicios de transporte en vehículos menores de acuerdo a la necesidad de traslado a cambio de unacontraprestación económica acordada. r) PLACA DE RODAJE.- Distintivo expedido por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones por el cualse registra e individualiza un vehículo menor. s) PRECIO DEL SERVICIO.- Es el que se fija libremente entre el conductor del vehículo conductor y elpasajero de acuerdo con la libre oferta y demanda. t) REVISIÓN TÉCNICA.- Evaluación y verificación por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima respectode las características y requisitos técnicos relativos a la seguridad, emisiones de ruidos y contaminantes, que deben de cumplir los vehículos para ingresar al Sistema Nacional de Transporte, y aquellos que deben observarsedurante la operación de los mismos. Contiene también los pesos y medidas vehiculares máximos y mínimos necesarios para operar en la red vial. u) SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO (SOAT).- Requisito indispensable para todos y cada uno de los vehículos menores destinados a laprestación del servicio de transporte de pasajeros a fin de cubrir los riesgos previstos en el Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC y sus modificatorias. v) TRANSPORTADOR.- Persona jurídica autorizada por la Municipalidad, para realizar servicio público de transporte especial de pasajeros en vehículos menores. w) VEHÍCULO MENOR.- Vehículo de tres ruedas motorizado especialmente acondicionado para el transporte de personas cuya estructura y carroceríacuenta con elementos de protección al usuario. De acuerdo con lo establecido en la tarjeta de propiedad, está provisto de una cabina para uso de los pasajeros y de una monturaen la parte delantera para uso exclusivo del conductor. x) VÍAS DE TRABAJO.- Lugares debidamente determinados y autorizados por la Municipalidad,mediante Certificado de Operación del Transportador, por donde deben de circular los vehículos menores para realizar el servicio público de transporte especial depasajeros en vehículos menores. y) ZONA DE TRABAJO.- Determinada área territorial establecida por la Municipalidad en la cual se autoriza laprestación del servicio publico de transporte especial de pasajeros en vehículos menores. CAPÍTULO III DE LOS ÓRGANOS Y LAS COMPETENCIAS Artículo 7º.- COMPETENCIAS DE LA MUNICI- PALIDAD Compete a la Municipalidad de Santiago de Surco a través de la Subgerencia de Autorizaciones de la Gerencia de Inversión Privada y la Subgerencia deInspecciones de la Gerencia de Fiscalización: 1. Otorgar el Certificado de Operación del Transportador, Certificado de Operación Vehicular, Credencial de Conductor y Distintivo Vehicular al transportador autorizado dedicado al servicio publico detransporte especial de pasajeros. 2. Modificar, ampliar y cancelar las autorizaciones otorgadas a través del Certificado de Operación delTransportador, Certificado de Operación Vehicular y Credencial del Conductor a las personas naturales o transportadores autorizados, según corresponda. 3. Mantener actualizados los registros de personas jurídicas, propietarios, vehículos y conductores autorizados para prestar el servicio especial. 4. Realizar la constatación de características de los vehículos menores dedicados a prestar el servicio público de transporte especial de pasajeros, en tanto nose implemente las revisiones técnicas. 5. Autorizar el color, los distintivos de identificación para cada flota vehicular y los uniformes de losconductores del transportador autorizado. 6. Organizar programas de educación y seguridad vial dirigidos a los conductores dedicados a la prestacióndel servicio especial de transporte de pasajeros dos veces al año. 7. Autorizar la prestación del servicio especial, teniendo en cuenta las características y condiciones viales del distrito y de las rutas de transporte urbano masivo ya autorizados por la autoridad provincial. 8. Determinar e imponer las sanciones por la comisión de infracciones a la presente Ordenanza. Artículo 8º.- ÓRGANOS RESOLUTIVOS Los órganos competentes, para expedir los Certificados, Credenciales y las Resoluciones Subgerenciales oGerenciales, según corresponda, en los procedimientos a que se refiere la presente Ordenanza y resolver los recursos administrativos que se formulen son: 1. Procedimientos Administrativos: Las solicitudes de autorización en todos los casos serán tramitadas y expedidas