Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2005 (14/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 14 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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CNM; y continuar con el tramite del MORDAZA disciplinario seguido contra el doctor MORDAZA MORDAZA, reponiendo el mismo al estado anterior al de la votacion; Que, de conformidad con el articulo 6º del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura, el investigado o procesado tiene todas las garantias en el ejercicio del derecho de defensa y gozan de todos los derechos y garantias inherentes al debido MORDAZA, que comprende el derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decision motivada y fundada en derecho; y teniendose en cuenta la nueva conformacion de la institucion, debe senalarse fecha y hora para que el magistrado MORDAZA citado y/o su abogado defensor efectuen el informe oral, a que hubiere lugar; Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesion de seis de octubre de dos mil cinco, con la abstencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acordo por unanimidad, reponer en el cargo de Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vallejo; continuar con el tramite del MORDAZA disciplinario seguido en su contra, reponiendo el mismo al estado anterior al de la votacion, debiendose senalar fecha y hora para que el magistrado MORDAZA citado o su abogado defensor efectuen un informe oral; y excluir una plaza vacante de Vocal de la Corte Suprema, de la Convocatoria Nº 001-2005-CNM; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Reponer en el cargo de Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vallejo. Segundo.- Continuar con el tramite del MORDAZA disciplinario seguido contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reponiendo el mismo al estado anterior al de la votacion. Tercero.- Senalar para el dia 20 de octubre del presente ano, a las 9.00 horas, a fin de que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o su abogado defensor, informen ante el Pleno del Consejo. Cuarto.- Excluir una plaza vacante de Vocal de la Corte Suprema, de la Convocatoria Nº 001-2005-CNM. Quinto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 17425

encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme lo dispuesto por el articulo 201º de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General, los errores de orden material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, de acuerdo al oficio del visto, la Resolucion Jefatural Nº 917-2005-JEF/RENIEC de fecha 7 de setiembre del 2005 adolece de un error material en su Articulo Primero item 11, en lo relativo al MORDAZA prenombre de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA al decir: "Magdalena", debiendo decir "Madalene", conforme consta en el Registro Nacional Unico de Identificacion, lo que no implica alteracion sustancial del acto, de su contenido ni del sentido de la decision, por lo que se hace necesaria su rectificacion en la forma prevista por la MORDAZA acotada; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil e inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 530-2003JEF/RENIEC, del 7 de noviembre del 2003; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la rectificacion de la Resolucion Jefatural Nº 917-2005-JEF/RENIEC de fecha 7 de setiembre del 2005, respecto al error material a que se contrae la parte considerativa, debiendo entenderse en adelante el item 11 del Articulo Primero como sigue:
Nº REGION 11 MORDAZA NOMBRE DNI CONDICION

MORDAZA MADALENE MORDAZA MORDAZA 10158035 SUPLENTE

Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 17491

Aprueban Formato de Certificado de Inscripcion de Menores de Edad del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1009-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 10 de octubre de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 127-04-GO/RENIEC de fecha 9 de enero del 2004 de la Gerencia de Operaciones, el Oficio Nº 1382004-GAJ/RENIEC de fecha 21 de enero del 2004 y el Informe Nº 1126-2005-GAJ/RENIEC de fecha 21 de setiembre del 2005 ambos de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil como un organismo MORDAZA de derecho publico interno, encargado por disposicion de la Constitucion Politica del Estado, de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos vitales y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, para efectos de las inscripciones a su cargo, el articulo 5º de la Ley Organica del Registro Nacional de

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Disponen rectificacion de la R.J. Nº 917-2005- JEF/RENIEC en lo referente al nombre de servidora
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1007-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 10 de octubre de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 3602-2005-GO/RENIEC del 29 de setiembre del 2005 y el Informe Nº 1211-2005-GAJ/ RENIEC de fecha 5 de octubre del 2005 de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente MORDAZA

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